Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1935/2013


Créase la Unidad de Reestructuración de Deuda. Designación.


Bs. As., 28/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0259840/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.827, 26.547, 26.886 sus modificatorias y complementarias, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, los Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y 563 de fecha 26 de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, en el marco de sus políticas financieras, está ejecutando un proceso de renegociación y reestructuración de la deuda externa.

Que dicha política se ha revelado eficaz para disminuir los costos de endeudamiento público, en el marco de la autonomía que caracteriza a la política económica nacional.

Que, en ese orden de ideas, y en virtud de las autorizaciones otorgadas oportunamente por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a través de las leyes citadas, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha llevado adelante las acciones necesarias para reestructurar la deuda del Estado Nacional, a través de los Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y 563 de fecha 26 de abril de 2010, con el objeto de consolidar su situación financiera y de normalizar las relaciones con los acreedores.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS es el responsable de establecer la planificación estratégica de las negociaciones vinculadas a la mencionada cancelación de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral.

Que a los fines de realizar un abordaje integral de tal negociación, en virtud de la proximidad y de las problemáticas internacionales vinculadas al servicio de deuda, resulta conveniente conformar, en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, que tendrá entre sus cometidos asistir y asesorar al citado Ministerio en la determinación de los objetivos y las políticas vinculadas con la reestructuración de la deuda pública y participar en las negociaciones inherentes a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo de la REPUBLICA ARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros, multilaterales, públicos o privados y en las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

Que en ese sentido, se persigue encarar integralmente las acciones necesarias para continuar con la renegociación y reestructuración vinculada a la cancelación de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral así como con los poseedores de bonos que no participaron de los canjes de deuda de los años 2005 y 2010.

Que a los efectos de prever la conducción de la mencionada Unidad, corresponde crear los cargos extraescalafonarios de Jefe de Unidad y Coordinador, asignándole a los mismos rango y jerarquía de Secretario y Subsecretario, respectivamente.

Que, asimismo, y al solo efecto de posibilitar la inmediata puesta en funcionamiento de la unidad en cuestión, corresponde facultar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a disponer su integración, así como también a dictar las normas complementarias, reglamentarias y de gestión que fueran necesarias para su funcionamiento.

Que con el objeto de asegurar niveles óptimos de asesoramiento a la conducción de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, resulta pertinente incorporar a sus titulares, con carácter de excepción, al régimen dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16 de septiembre de 1998.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, que será conducida por UN (1) Jefe de Unidad, asistido por UN (1) Coordinador.

Art. 2° — La Unidad que se crea por el artículo precedente tendrá a su cargo los siguientes cometidos:

1.- Asistir y asesorar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas en la determinación de los objetivos y políticas vinculadas con la reestructuración de la deuda pública.

2.- Participar en las negociaciones inherentes a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo de la REPUBLICA ARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros, multilaterales, públicos o privados.

3.- Participar en las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

Art. 3° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS - Recursos Humanos, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 4° — Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario.

Art. 5° — Créase el cargo extraescalafonario de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 6° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el cargo de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso b), de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y modificatorias.

Art. 7° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el cargo de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso c), de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.

Art. 8° — Desígnanse al Doctor D. Hernán Gaspar LORENZINO (M.I. Nº 22.598.613) en el cargo de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, quien desempeñará sus funciones con carácter “ad honorem”, y al Licenciado D. Adrián Esteban COSENTINO (M.I. Nº 18.460.901) en el cargo de Coordinador de dicha Unidad.

Art. 9° — Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para dictar las normas complementarias que sean necesarias a fin de concretar el funcionamiento de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, creada por el Artículo 1° de la presente medida.

Art. 10. — Establécese que la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA será asistida por la SECRETARIA DE FINANZAS del citado Ministerio para la consecución de sus fines.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

Planilla Anexa al Artículo 3°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 02 - COORDINACION

UNIDAD EJECUTORA - SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DE
CARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SI.N.E.P. DECRETO Nº 2.098/08

F

Subtotal Escalafón





-2

-2



Planilla Anexa al Artículo 3°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 01 - CONDUCCION Y DIRECCION SUPERIOR

UNIDAD EJECUTORA - GABINETE MINISTERIAL

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DE
CARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

JEFE DE UNIDAD

COORDINADOR

Subtotal Escalafón

TOTAL PROGRAMA





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