Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decisión Administrativa 917/2010

Apruébase la estructura organizativa.

Bs. As., 28/12/2010

Ver Antecedentes Normativos.

VISTO el Expediente Nº 1.351.077/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios y el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.

Que por el Decreto Nº 628/05 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL correspondiente a las Secretarías, Subsecretarías y aperturas de primer nivel operativo.

Que resulta necesario efectuar una readecuación de la estructura de primer nivel operativo con el fin de mejorar la calidad de la gestión para alcanzar más eficientemente los objetivos propuestos.

Que las nuevas operatorias o programas impulsados por el Gobierno Nacional en materia de trabajo, empleo y seguridad social, han generado un incremento de las cargas operativas sobre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tornando imprescindible la adaptación de la organización a los nuevos requerimientos.

Que la nueva propuesta posibilita aumentar la capacidad de respuesta a las demandas que la sociedad produce.

Que la SECRETARIA DE TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL precisa contar con un área de coordinación estratégica que articule y vincule las políticas y acciones relativas al desarrollo y promoción de las relaciones laborales y la fiscalización del trabajo en el territorio nacional, así como jerarquizar algunas unidades internas que hacen a la regulación del trabajo.

Que a la SECRETARIA DE EMPLEO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL le resulta imprescindible generar los mecanismos de información, monitoreo y retroalimentación que coadyuven a un proceso de mejora continua de la calidad de la gestión de las políticas de empleo, en particular para los sectores de mayores necesidades.

Que dado el incremento en las cargas de trabajo que han impactado en el funcionamiento de la Jurisdicción resulta necesario adecuar la organización de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL jerarquizando las áreas de Recursos Humanos y de Sistemas de Información.

Que las reformas propuestas se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 16, inciso 12 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y el artículo 7º del Decreto Nº 21/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de acuerdo a los Organigramas, Responsabilidades Primarias y Acciones, los que corno Anexos la, lb, lc, Id, le, If y II, forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

Art. 2º — Facúltase al Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a incorporar QUINCE (15) cargos de conducción, correspondientes a los niveles inferiores a los que se aprueban por la presente medida, en el ámbito de dicha cartera de Estado.

Art. 3º — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente, conservarán su vigencia las unidades existentes a la fecha, las que mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista, funciones ejecutivas y suplementos que les correspondiere, previstas en el Decreto Nº 2098/08.

Art. 4º — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 5º — Facúltase al Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a aprobar el Anexo de dotaciones de cargos de la estructura que se aprueba por este acto, de conformidad con los créditos y cargos establecidos para dicha Jurisdicción por la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional y por la Decisión Administrativa que distribuye el presupuesto. Dicha facultad deberá ser ejercida previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.

ANEXO Ia

(Anexo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 821/2015 B.O. 9/9/2015)

ANEXO Ib

ANEXO Ic

(Anexo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 328/2015 B.O. 18/06/2015)

ANEXO Id

(Anexo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 666/2015 B.O. 20/8/2015)

ANEXO Ie

(Anexo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 1375/2015 B.O. 11/10/2015)

ANEXO If

ANEXO II

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia con el alcance previsto en el Título VI de la Ley Nº 24.156 y sus normas complementarias y modificatorias.

ACCIONES

1. Elaborar el Planeamiento General de la Auditoría y obtener su aprobación.

2. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer normas y sistemas de control interno y efectuar su seguimiento.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos dados para el Ministerio.

4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

5. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de información.

6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que correspondan.

7. Efectuar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones efectuadas.

8. Actuar coordinadamente con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE PRENSA Y COMUNICACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la totalidad de las relaciones con la prensa y medios masivos de comunicación.

ACCIONES

1. Realizar la coordinación de las acciones que desarrollan las distintas unidades orgánicas de la jurisdicción y los organismos descentralizados en lo concerniente a todas las actividades relacionadas con los medios masivos de comunicación, publicaciones, material de difusión y promoción, estableciendo prioridades para la edición del material.

2. Supervisar el diseño, la producción, la composición y el armado de las piezas editoriales.

3. Planificar y coordinar las campañas publicitarias y las actividades de promoción y difusión de la jurisdicción y los organismos descentralizados.

4. Programar, diseñar y ejecutar el armado de la página web del Ministerio.

5. Administrar el desarrollo de la página web del Ministerio, manteniéndola permanentemente actualizada y lograr que sea un eficiente canal de comunicación, formación e información en materia de competencia del mismo.

6. Ejecutar y administrar el servicio en materia de comunicación, difusión e información interna.

7. Realizar investigaciones de mercado tendientes a conocer la imagen institucional, las necesidades, los hábitos y comportamientos de los usuarios actuales y potenciales de los servicios que brinda el Ministerio.

8. Procesar la información elaborada por los medios de comunicación social del país y del exterior.

9. Examinar el material procesado y producir información amplia o reservada, según su importancia o trascendencia.

10. Asistir en forma permanente, en aspectos no técnicos a los usuarios conectados a la Red Informática de Prensa.

11. Proceder a la actualización permanente de la base de datos, bibliotecas y tesauros.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE CEREMONIAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la ejecución de acciones relativas a las relaciones institucionales, internas y externas, fortalecer la presencia institucional del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y participar en la coordinación de la agenda de actividades del señor Ministro.

Organizar y atender el desarrollo de actos, seminarios y ceremonias a las que asistan el señor Ministro y demás funcionarios, tanto en sede de la Jurisdicción cuanto en el ámbito de otros organismos nacionales o internacionales.

ACCIONES

1. Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan el establecimiento de vínculos institucionales entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y todos los actores sociales relacionados con la temática sociolaboral.

2. Realizar las acciones que resulten necesarias para mantener y fortalecer los contactos con entidades de los sectores público y privado, y del tercer sector, con relación a las temáticas inherentes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

3. Coordinar la organización de los eventos políticos, académicos y formativos, nacionales e internacionales que se realicen dentro del ámbito del Ministerio y el uso de las instalaciones destinadas a ello, estableciendo las prioridades pertinentes para que los mismos reflejen la ejecución de las políticas que el Gobierno Nacional impulsa desde esta jurisdicción.

4. Mantener un contacto fluido con la Secretaría Privada del señor Ministro para la organización de la agenda, atendiendo las solicitudes de audiencia e invitaciones que se formulen.

5. Participar en la coordinación y organización de todos los aspectos vinculados con los viajes oficiales que efectúe el señor Ministro dentro del país y coordinar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO aquellos vinculados con los viajes que realice al exterior, y las visitas de personalidades extranjeras al país.

6. Mantener una relación directa con las áreas de ceremonial de la Administración Pública Nacional, provinciales o municipales y las correspondientes a otros países, para coordinar las visitas que deba efectuar el señor Ministro y/o funcionarios de primer nivel.

7. Dirigir la Unidad de Acceso a la Información Pública. Mantener contacto permanente con la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

8. Evaluar y orientar sobre la posibilidad de realizar auspicios y establecer la necesidad de la presencia institucional del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en exposiciones, ferias y congresos vinculados al trabajo, el empleo y la seguridad social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE ASUNTOS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Articular las acciones en materia de trabajo, empleo y seguridad social con los organismos internacionales y las actividades de cooperación técnica del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, contribuyendo a la elaboración de políticas y líneas de acción del Ministerio en materia de relaciones regionales y asuntos internacionales.

ACCIONES

1. Asistir al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en todas las actividades internacionales de la Cartera.

2. Implementar las acciones que resulten necesarias para mantener y fortalecer la relación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y las organizaciones internacionales y regionales de interés para la temática sociolaboral.

3. Intervenir y representar por delegación del Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en las acciones conjuntas que deban adoptarse en los diversos foros internacionales del trabajo y el empleo, con los organismos internacionales de la seguridad social y en todas las cuestiones vinculadas a los procesos regionales.

4. Fijar la posición institucional, de acuerdo a las instrucciones impartidas por la autoridad política, en las reuniones con representantes de organismos internacionales, e informar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO sobre las propuestas que dentro de dicho marco se realicen.

5. Promover la realización de diagnósticos y la ejecución de programas vinculados a las relaciones laborales internacionales.

6. Propiciar la elaboración, celebración, ejecución, aplicación y/o denuncia de los convenios y acuerdos internacionales referidos a las cuestiones sociolaborales, e intervenir en la revisión periódica y sistemática de los convenios ratificados por la REPUBLICA ARGENTINA.

7. Evaluar y realizar el seguimiento de los procesos de integración y de la normativa emanada de éstos.

8. Generar y mantener un nexo permanente con las Agregadurías Laborales o sus equivalentes del cuerpo diplomático acreditado por los diferentes países ante el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

9. Intervenir en la gestión de la cooperación internacional y en el seguimiento de todos los acuerdos y convenios que dentro de ese marco celebren las diferentes áreas de la Jurisdicción.

10. Coordinar con las áreas competentes de los diferentes Ministerios la política referida a las migraciones laborales y fronterizas.

11. Constituir y mantener la Agenda Temática Anual, a fin de planificar las intervenciones temáticas de las distintas jurisdicciones del Ministerio.

12. Constituir y mantener la Agenda de Compromisos Internacionales, a los fines de planificación y disponibilidad presupuestaria.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE POLITICAS DE ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL Y PROTECCION DE TRABAJO ADOLESCENTE

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 8/2015 B.O. 12/02/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Diseñar, proponer y coordinar las políticas en materia de prevención y erradicación efectiva del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.

Coordinar la representación intersectorial sobre la materia en los sectores públicos, privado, religioso, y organizaciones de la sociedad civil, como así también en ámbitos regionales e internacionales.

ACCIONES:

1. Diseñar, evaluar y ejecutar el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente.

2. Proponer y coordinar la política nacional en materia de prevención y erradicación efectiva del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.

3. Articular de conformidad a las políticas que impulse la cartera laboral, las acciones que desarrollen las distintas áreas del Ministerio en materia de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.

4. Asistir en el diseño y formulación de proyectos y acciones, en el marco del Proyecto local de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente y promoción del diálogo social.

5. Promover la realización de estudios e investigaciones sobre la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.

6. Realizar acciones de difusión, formación e información en relación a la temática de la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente en todo el territorio nacional.

7. Presidir la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo infantil y coordinar las acciones atinentes a su funcionamiento.

8. Presidir el Comité Directivo de la Red de Empresas contra el Trabajo Infantil y coordinar las acciones atenientes a su funcionamiento.

9. Representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en los organismos internacionales atinentes a su competencia.

10. Coordinar y ejecutar en coordinación con las áreas con competencia en la materia, las acciones que resulten pertinentes en el Marco del Plan Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en el MERCOSUR.

11. Cumplir las funciones atinentes a la Secretaría Técnica Administrativa del Plan Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en el MERCOSUR.

12. Ejecutar programas de prevención y erradicación del trabajo infantil y de protección del trabajo adolescente, cuyo desarrollo sea resultado de compromisos asumidos internacionalmente.

13. Diseñar proyectos de normas legales que coadyuven a la prevención y erradicación del Trabajo infantil y protección del trabajo adolescente

14. Prestar asistencia técnica en materia prevención y erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente a las Comisiones Provinciales para la Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETIs) y a los distintos actores sociales.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE VARONES Y MUJERES EN EL MUNDO LABORAL

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 8/2015 B.O. 12/02/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Diseñar, proponer y coordinar el diseño de políticas que promuevan la igualdad de oportunidades de varones y mujeres en el mundo laboral.

Coordinar Comisiones integradas por representantes de los Gobiernos Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de lograr consensos y difundir e impulsar planes y programas en todo el territorio nacional.

ACCIONES:

1. Diseñar y proponer políticas para promover la equidad de género, a partir del diálogo social con organizaciones gubernamentales, sindicales, de la sociedad civil y empresariales, articulando a su vez con organismos nacionales, provinciales y municipales, en la materia.

2. Desarrollar y participar de planes y programas que impulsen acciones tendientes a elaborar proyectos que tengan como finalidad hacer efectiva la no discriminación y la igualdad de oportunidades en el trabajo.

3. Realizar estudios específicos en materia de igualdad de oportunidades y de trato de trabajadores con responsabilidades familiares.

4. Promover e implementar la conformación de Comisiones tripartitas entre la Nación, las Provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, a través de la suscripción de convenios, a efectos de constituir una Red Federal en defensa de la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral.

5. Recopilar y analizar información sobre el cumplimiento de las normas que establecen la no discriminación y la igualdad de oportunidades en el trabajo.

6. Promover la fiscalización del cumplimiento de las normas que establecen la no discriminación y la igualdad de oportunidades en el trabajo.

7. Elaborar y proponer proyectos normativos dirigidos a garantizar la no discriminación en el empleo por razón de género o discapacidad.

8. Constituir y coordinar un grupo de trabajo con organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL a fin de abordar y concientizar a los distintos sectores, acerca de la problemática de esta política transversal y analizar que sea tomada en consideración en el diseño de las políticas públicas sectoriales.

9. Desarrollar tareas de difusión, prensa y comunicación, en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE PREVENCION DEL IMPACTO DE DROGAS EN EL AMBITO LABORAL

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 821/2015 B.O. 9/9/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Conformar un espacio interdisciplinario a fin de elaborar políticas públicas, desarrollar programas, aplicar, asesorar e investigar en materia de consumo problemático de drogas que impactan en el ámbito laboral, en coordinación con las áreas competentes de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ACCIONES

1. Planificar e implementar en el ámbito del Trabajo Decente las actividades necesarias para consolidar un espacio interdisciplinario de articulación público y privado, para la promoción de medidas en materia de prevención de adicciones y del consumo de sustancias psicotrópicas y drogas con impacto en el mundo de trabajo.

2. Incentivar la constitución de ámbitos técnicos multisectoriales que posibiliten la formulación, implementación y seguimiento de acciones, proyectos y programas con organismos nacionales, provinciales y municipales, organismos internacionales, instituciones académicas, empresas, cámaras empresarias, organizaciones sindicales y organizaciones no gubernamentales, orientados a la promoción de planes y programas de prevención de consumos problemáticos de drogas y sustancias psicoactivas con impacto en el ámbito laboral.

3. Realizar, impulsar y participar en actividades de investigación, seminarios, congresos, eventos, cursos de capacitación y publicaciones relacionados con la prevención de adicciones y del consumo de sustancias psicotrópicas y drogas con impacto en el mundo del trabajo.

4. Brindar asesoramiento a las organizaciones sindicales, empresarias y organismos públicos sobre la problemática.

5. Articular espacios de diálogo y suscribir convenios y protocolos de colaboración en la materia con los actores sociales tales como sindicatos, organizaciones empresariales, organizaciones no gubernamentales, académicas y culturales, entre otros.

6. Desarrollar planes de trabajo y programas específicos sobre la prevención de adicciones y el consumo de sustancias psicotrópicas y drogas con impacto en el mundo del trabajo, conforme resulte de las medidas que se articulen desde el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con otras carteras de Estado y con la COMISIÓN NACIONAL COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL TRAFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCIÓN, dependiente de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

7. Articular con las distintas áreas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la asistencia técnica en relación con las acciones, proyectos y programas que se desarrollen.

8. Diseñar e implementar actividades de formación, capacitando a formadores de diversas actividades, en todo el país, a fin de replicar los programas en los distintos ámbitos laborales.

9. Desarrollar actividades de sensibilización en organizaciones sindicales, empresarias y organismos públicos, para la toma de conciencia de esta problemática con impacto en el ámbito laboral.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES

DIRECCION GENERAL DE ESTUDIOS Y ESTADISTICAS LABORALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar estudios, investigaciones, diagnósticos y estadísticas sobre el funcionamiento del mercado de trabajo, orientados a la formulación de políticas, planes y programas de empleo.

ACCIONES

1. Desarrollar las acciones tendientes a identificar las temáticas sociolaborales relevantes para la formulación de políticas laborales.

2. Realizar los estudios comparativos que surgen de la experiencia nacional, regional e internacional como insumo para la formulación de políticas laborales.

3. Realizar diagnósticos sobre aspectos socioeconómicos para la elaboración de recomendaciones tendientes a la formulación de políticas, planes y programas de empleo.

4. Evaluar los impactos de las políticas de empleo sobre las poblaciones objetivo de las mismas.

5. Formular recomendaciones para la readecuación y ajuste de los programas ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

6. Diseñar metodologías y ejecutar evaluaciones cuali-cuantitativas de las políticas, programas y planes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

7. Participar en convenios de asistencia técnica con organismos nacionales e internacionales.

8. Relevar la problemática sociolaboral en el nivel provincial y local.

9. Asistir a organismos públicos y privados para el establecimiento de Observatorios de Empleo en el país a nivel local.

10. Elaborar estadísticas e indicadores sobre la evolución del empleo, ingresos y empresas sobre la base de fuentes de información primarias y secundarias, tales como encuestas, censos y registros administrativos.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES

DIRECCION DE ESTUDIOS Y COORDINACION MACROECONOMICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar evaluaciones, simulaciones y diagnósticos de los impactos de las diferentes medidas de política económica sobre el mercado de trabajo, asesorando y asistiendo en la materia a las áreas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ACCIONES

1. Realizar evaluaciones y simulaciones del impacto de las diferentes medidas de política económica sobre el mercado de trabajo.

2. Definir un sistema de indicadores macroeconómicos y sectoriales que impactan sobre el mercado de trabajo.

3. Elaborar recomendaciones para el diseño de las políticas, planes y programas económicos y de empleo.

4. Asesorar y asistir a las áreas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a partir de diagnósticos, proyecciones y simulaciones de impactos sobre el mercado de trabajo, así como sobre la interacción del mismo con la economía en general.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES

DIRECCION DE ESTUDIOS DE RELACIONES DEL TRABAJO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar estudios, análisis e informes sobre materias de relaciones del trabajo, inspección del trabajo y la seguridad social y del cumplimiento de la normativa laboral, elaborando indicadores acerca del grado de cumplimiento de las políticas nacionales en materia de trabajo y seguridad social.

ACCIONES

1. Brindar asistencia técnica permanente en materia de relaciones del trabajo y desarrollar estudios sobre el cumplimiento de la normativa laboral.

2. Sistematizar y evaluar la información sobre las relaciones laborales en todo el país, a fin de elaborar análisis y producir los informes necesarios para la toma de decisiones.

3. Elaborar indicadores que permitan evaluar el grado de cumplimiento de las políticas nacionales en materia de trabajo y seguridad social.

4. Recopilar, sistematizar y analizar políticas, acciones e instrumentos, nacionales e internacionales referidos al ejercicio de las funciones de autoridad central de la inspección del trabajo y la seguridad social.

5. Analizar, clasificar e interpretar la información estadística sobre los mercados de trabajo nacional, regionales o provinciales.

6. Analizar e interpretar la información acerca de los conflictos laborales.

7. Promover y brindar asistencia técnica a la negociación colectiva, elaborar informes y estudios sobre su evolución, producir los dictámenes que le sean requeridos a los fines de la homologación de los convenios colectivos de trabajo y efectuar el cálculo de los topes indemnizatorios.

8. Elaborar estudios sobre remuneraciones y otros beneficios sociales de las diversas ramas de actividad.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de proyectos de normas jurídicas y asesorar a las dependencias del Ministerio. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en juicio. Entender en el diligenciamiento de la documentación referida a oficios judiciales y notificaciones. Todo en las materias de su competencia.

ACCIONES

1. Supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas jurídicas referidas al derecho del trabajo y de la seguridad social.

2. Asumir la representación y defensa en juicio de la Nación en la medida que sea de la competencia del Ministerio, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes.

3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en las cuestiones jurídicolegales relacionadas con el cumplimiento de las funciones del Ministerio y de los organismos integrantes del mismo y asegurar la unidad de la doctrina legal vigente.

4. Dictaminar en las actuaciones en la que se substancien recursos administrativos contra actos emanados del Ministerio, de sus organismos dependientes o de los que actúen dentro de su jurisdicción.

5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios y acuerdos internacionales que afecten o se refieran al trabajo y a la seguridad social.

6. Intervenir en los convenios con los organismos de seguridad social de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las gestiones de eventual incorporación de los mismos al Sistema integrado de Jubilaciones y Pensiones.

7. Intervenir en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y demás instrumentos de carácter jurídico originados en otros organismos del Ministerio.

8. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

9. Supervisar la gestión de las notificaciones y tramitar los oficios correspondientes a la jurisdicción librados por los distintos fueros.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 328/2015 B.O. 18/06/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todos los actos vinculados con la gestión presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial de la jurisdicción.

ACCIONES

1. Programar, ejecutar y controlar los actos vinculados con la gestión contable, económica, económico-financiera y patrimonial de la Jurisdicción.

2. Elaborar el proyecto de presupuesto anual del Ministerio y controlar su ejecución.

3. Gestionar todo lo relacionado con los ingresos y egresos de fondos y valores, recepción, custodia y provisión de especies valorizadas y realización de compras y contrataciones.

4. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

5. Centralizar los requerimientos de la Jurisdicción y formular el plan anual de contrataciones, tanto de elementos como de contratos de servicios destinados a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se prestan servicios.

6. Llevar un registro actualizado de proveedores y contratistas, que incluya las probables observaciones como así también antecedentes destacables de los mismos.

7. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

8. Proyectar los distintos actos administrativos, verificando el cumplimiento de la normativa vigente.

9. Entender en la implementación y seguimiento de los procesos de gestión de obra pública de la Jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 328/2015 B.O. 18/06/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y aplicar estrategias y políticas de gestión de recursos humanos que promuevan la eficiente articulación entre la satisfacción laboral, la motivación y el desempeño, con los objetivos de la organización, implementando los procesos de administración de personal, selección, carrera administrativa, capacitación, gestión del desempeño y relaciones laborales.

Analizar y proponer el diseño organizacional de la Jurisdicción y analizar y describir los puestos de trabajo.

ACCIONES

1. Planificar la gestión de los recursos humanos, de acuerdo a la visión, misión y objetivos definidos por la Jurisdicción.

2. Administrar los recursos humanos de acuerdo a la normativa vigente en la materia, dictando los actos administrativos que correspondan, en el marco de sus competencias.

3. Entender en la sistematización, gestión y ejecución de la liquidación y pago de haberes del personal, de los suplementos, bonificaciones, adicionales, incentivos, deducciones etc.

4. Planificar, promover, coordinar y supervisar la capacitación del personal necesaria para optimizar a la eficacia, eficiencia y economía en la implementación de las políticas de la Jurisdicción.

5. Organizar un Centro de Formación y Capacitación del Trabajo, el Empleo y la Seguridad Social con el objeto de fortalecer las competencias técnicas requeridas en la materia.

6. Ejecutar las capacitaciones del personal y el fortalecimiento de las competencias generales técnicas y de gestión.

7. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal de la Jurisdicción.

8. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de gestión del desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y los Comités de Evaluación.

9. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que garanticen la correcta liquidación de haberes al personal.

10. Generar canales de comunicación interna y acciones que impacten favorablemente en el clima laboral y la motivación del personal.

11. Impulsar programas sociales, culturales y deportivos tendientes a la integración de los trabajadores de la jurisdicción.

12. Proporcionar orientación y asistencia en materia de Seguridad Social a los trabajadores del Ministerio, generando programas de apoyo en la etapa de transición hasta el otorgamiento de la jubilación.

13. Generar acciones para que las personas con capacidades diferentes puedan insertarse en el Ministerio en forma digna y equitativa.

14. Proponer alterativas y adecuaciones al modelo organizacional vigente y analizar nuevos modelos de gestión posibles de ser aplicados.

15. Proponer nuevas formas de prestación de servicios del personal vinculadas con la utilización de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

16. Coordinar el proceso de análisis, descripción y evaluación de puestos de trabajo de la Jurisdicción.

17. Evaluar el grado de desarrollo de la carrera del personal y el sistema de incentivos dentro del régimen vigente.

18. Coordinar y supervisar el registro y actualización de la documentación de las personas que integran la organización, asegurando un sistema de información permanente.

19. Atender las relaciones con los representantes gremiales en la administración y en la negociación de acuerdos o convenios e integrar las comisiones paritarias de la jurisdicción.

20. Generar políticas de prevención de la salud para los trabajadores del Ministerio.

21. Establecer canales de participación de los empleados para recibir aportes sobre los procesos de mejora continua y calidad de vida laboral, en coordinación con las demás áreas competentes.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE INFORMATICA E INNOVACION TECNOLOGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, proponer y controlar el Plan Estratégico de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) para el Ministerio.

Ejecutar y controlar las políticas relativas a las Tecnologías de la información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, fijadas por el Poder Ejecutivo Nacional y la jurisdicción en la materia.

ACCIONES:

1. Elaborar las bases para el diseño del plan estratégico de TIC para la jurisdicción.

2. Proponer el Plan Estratégico de mediano y largo plazo y los planes operativos anuales.

3. Ejecutar los planes operativos cumpliendo con los objetivos y planes de gestión de servicios asignados, en el marco de un proceso permanente de mejora continua.

4. Determinar y proporcionar los recursos para planificar, implementar, realizar el seguimiento, controlar, revisar y mejorar la prestación y gestión de los servicios.

5. Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

6. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas informáticos y de comunicaciones del organismo, incluyendo el establecimiento de planes de contingencias para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

7. Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información y las Comunicaciones en el organismo.

8. Administrar los riesgos que afecten a los servicios y a su gestión.

9. Revisar la gestión de los servicios que se prestan a intervalos planificados.

10. Asegurar, en el ámbito del Ministerio, el cumplimiento de las normas legales en materia de utilización de software.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover y dirigir la sustanciación de sumarios disciplinarios en jurisdicción del Ministerio.

ACCIONES

1. Realizar el análisis de aquellas cuestiones que pudieran dar lugar a la promoción de informaciones sumarias o sumarios administrativos disciplinarios y patrimoniales y asesorar sobre su viabilidad.

2. Efectuar la instrucción de sumarios administrativos por razones disciplinarias, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales vigentes.

3. Realizar la instrucción de los sumarios o informaciones sumarias, a los efectos de determinar la responsabilidad patrimonial prevista en los artículos 130 y 131 de la Ley Nº 24.156, comprendiendo todas las diligencias y actos regulados en la Ley precitada, Decretos Reglamentarios y normas complementarias.

4. Elaborar proyectos de denuncias a instaurar por el funcionario autorizado ante la Justicia Penal competente, cuando del sumario administrativo surgieran indicios de haberse cometido delito que dé nacimiento a la acción pública, de acuerdo con lo previsto por el Código de Procedimientos en Materia Penal.

5. Asistir en la elaboración de todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la Unidad de Auditoría Interna y a la Coordinación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

(Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, derogadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 581/2012 B.O. 7/8/2012)

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE REGISTRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL

(Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 581/2012 B.O. 7/8/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asegurar el despacho de la documentación administrativa de la Jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos. Asegurar la recepción, salida y publicación de las normas y efectuar su seguimiento.

Custodiar el Archivo Central del Organismo y resguardar el acervo histórico, bibliográfico y el fondo editorial, prestando el servicio de Biblioteca, atención al público y fotocopiado.

ACCIONES

1. Coordinar la recepción y salida de expedientes y toda la documentación administrativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

2. Efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la Jurisdicción de acuerdo con las normas de procedimientos vigentes y a los procesos que se determinen.

3. Registrar, protocolizar, digitalizar y efectuar la guarda de los actos administrativos emanados de la Jurisdicción.

4. Efectuar las tramitaciones para la publicación de las normas emanadas por la Jurisdicción en el Boletín Oficial.

5. Derivar la documentación ingresada a las áreas pertinentes, de acuerdo con la materia que se trate y la competencia de cada dependencia.

6. Organizar y custodiar el Archivo Central del Organismo y los Archivos Sectoriales.

7. Coordinar la digitalización de los expedientes que se encuentren en archivo, asegurando su recuperación.

8. Entender en la prestación del servicio de Biblioteca, brindando información al público consultante, resguardando el acervo documental y bibliográfico histórico y el fondo editorial.

9. Efectuar el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos de actos administrativos generados por el Ministerio y por otras jurisdicciones ministeriales cuando existiere participación del primero.

10. Colaborar con las áreas competentes en el análisis de los procesos de incorporación y/o implementación de las Tecnologías de la Información (TIC’s) en los procedimientos relacionados con la gestión documental.

11. Proponer acciones relacionadas con el cumplimiento de los lineamientos de gobierno electrónico y agenda digital en materia de competencia del área.

12. Ejecutar las acciones necesarias para la implementación del Programa Guía de Trámites y actualizar su contenido.

13. Otorgar Vistas.

14. Dirigir y coordinar el Centro de Atención Telefónica al Público.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE TECNICA OPERATIVA

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 328/2015 B.O. 18/06/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todos los actos vinculados con la gestión de servicios generales de conservación y mantenimiento edilicio, instalaciones de la jurisdicción, servicios internos del edificio, guarda de automotores y la seguridad de las mismas.

Efectuar el control de accesos a edificios y el concerniente a los sistemas de seguridad de personas, bienes e instalaciones.

ACCIONES

1. Planificar, programar y controlar el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la Jurisdicción y la prestación de los servicios generales de mayordomía y transporte de personas y bienes.

2. Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos de la flota del Ministerio.

3. Entender en la implementación, ejecución, mantenimiento y control de las medidas y sistemas de seguridad relacionados con las personas, instalaciones, documentación y patrimonio.

4. Controlar y monitorear los accesos a los edificios, gestionando los ingresos de personas tanto del personal, como de visitas en todas las dependencias.

5. Efectuar las adecuaciones de la infraestructura edilicia no sólo a las necesidades existentes, sino también a la legislación en materia arquitectónica, impulsando la correspondiente modernización de la misma.

6. Organizar la flota automotor del Ministerio, a los efectos de garantizar la utilización de los mismos por parte de los funcionarios autorizados a tal fin, con la correspondiente asignación de los choferes.

7. Implementar medidas relacionadas con la promoción de las Condiciones de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente de Trabajo, en el marco de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT).

8. Asistir y asesorar en la coordinación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad en relación con los apoyos necesarios para el normal desarrollo de las actividades del Ministerio y de sus autoridades.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la existencia y funcionamiento de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores y del Registro de las Asociaciones Profesionales de Empleadores.

ACCIONES

1. Mantener actualizado el Registro de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, debiendo constar la nómina de las autoridades respectivas, como así también llevar el registro de las Asociaciones Profesionales de Empleadores.

2. Fiscalizar la aprobación y modificación de estatutos, movimientos económico-financieros, realización de asambleas, congresos, actos eleccionarios y toda otra cuestión relativa al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores y expedir, cuando sea necesario, las certificaciones pertinentes.

3. Dictar los actos relativos a los encuadramientos sindicales.

4. Asesorar en el otorgamiento, denegación y/o cancelación de las personerías e inscripciones gremiales de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores así como aconsejar a la superioridad sobre la suspensión o cancelación de las citadas personerías o inscripciones en sede judicial.

5. Dictar los actos relativos a la retención de cuotas y contribuciones establecidas en favor de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, debiéndose llevar el registro de las que fueran homologadas.

6. Implementar las acciones para la sistematización informática de la información de la Dirección, necesarias para mejorar cuantitativa y cualitativamente los circuitos, procedimientos y registros de las actuaciones de su competencia.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asegurar el ejercicio de las competencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en todo el país y articular con los Estados Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el cumplimiento de la política laboral nacional, en el marco de los convenios suscriptos con éstos.

ACCIONES

1. Gestionar y controlar la realización de todas las acciones que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL decida ejecutar en los Estados Provinciales, brindándoles el apoyo administrativo y de servicios necesarios a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país.

2. Coordinar la intervención del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en las jurisdicciones provinciales para el tratamiento de conflictos, negociaciones colectivas o procedimientos preventivos de crisis a los que éste se hubiera avocado o hubiera decidido prestar su asistencia de asesoramiento, mediación o conciliación.

3. Gestionar los trámites que las asociaciones sindicales deban realizar desde las provincias ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

4. Coordinar la presencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el Consejo Federal del Trabajo.

5. Ejecutar los planes, programas y acciones que en materia de fiscalización del trabajo y de la seguridad social se instrumenten a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país.

6. Gestionar los recursos asignados para el cumplimiento de las acciones que se ejecuten a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país.

7. Coordinar, a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país, las acciones de supervisión y fiscalización de los programas de empleo y capacitación laboral.

8. Ejecutar y coordinar con las respectivas jurisdicciones las acciones vinculadas a la fiscalización y erradicación del trabajo infantil y a la promoción de la igualdad de trato y oportunidades entre géneros en el ámbito laboral.

9. Recepcionar y ejecutar, a través de las Agencias Territoriales, las denuncias que se presenten por incumplimientos laborales o de la seguridad social en las respectivas jurisdicciones.

10. Entender en la gestión de los planes y programas destinados al sostenimiento de los puestos de trabajo y al fortalecimiento de empresas y sectores privados en situación de crisis.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en cuestiones técnicas y legales vinculadas con la regulación del trabajo en general, la normativa laboral de aplicación nacional y las convenciones colectivas de trabajo, para la instrumentación de políticas nacionales en materia de relaciones laborales.

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración de proyectos normativos destinados a optimizar la regulación del trabajo, promoviendo su calidad y la distribución del ingreso.

2. Entender en el desarrollo y la realización de análisis técnicos y legales sobre las regulaciones del trabajo y la normativa laboral para la instrumentación de políticas nacionales en materia de relaciones laborales.

3. Producir informes técnicos y legales en relación a los convenios y acuerdos colectivos de trabajo sometidos a la homologación o registración por parte del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.

4. Evaluar la procedencia y en su caso determinar, fijar y ordenar la publicación referida en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), o la que en el futuro así lo establezca, respecto de los convenios y acuerdos colectivos de trabajo homologados por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social; sin perjuicio de las facultades conferidas en el mismo sentido a órganos de mayor jerarquía.

5. Proponer y realizar acciones destinadas al fomento de la negociación colectiva, análisis de su desarrollo, evolución y tendencia, y al seguimiento de conflictividad laboral y de las políticas de ingresos.

6. Intervenir, evaluar y monitorear el cumplimiento del Programa de Simplificación y Unificación Registral creado por Resolución Conjunta MTEySS Nº 440/05 y AFIP Nº 1887/05 y sus modificatorias y complementarias y en tal carácter ejerciendo la representación de la SECRETARIA DE TRABAJO.

7. Entender en el análisis y la realización de informes técnicos sobre las regulaciones nacionales, regionales e internacionales existentes con relación al trabajo y a la promoción del trabajo decente.

8. Analizar y desarrollar propuestas de regulaciones para las formas laborales atípicas y de relaciones laborales emergentes, cuando resulte pertinente.

9. Intervenir en el diseño, desarrollo y evaluación de los planes y programas nacionales destinados a fomentar el trabajo decente.

10. Articular con la Dirección de Asuntos Internacionales el análisis, evaluación y seguimiento del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo aprobadas por los organismos multilaterales, ratificadas o sujetas a la ratificación por nuestro país, como así también de los acuerdos bilaterales o regionales de los que la REPUBLICA ARGENTINA forma parte.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION ESTRATEGICA DE POLITICAS DEL TRABAJO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Articular y vincular las políticas y acciones relativas al desarrollo y promoción de las relaciones laborales y la fiscalización del trabajo en el territorio nacional.

ACCIONES:

1. Informar y asesorar al Secretario sobre la problemática relacionada con el trabajo decente en las distintas regiones del país.

2. Articular las acciones llevadas a cabo por la Secretaría, relativas al fomento y promoción de las relaciones de intercambio internacional en el ámbito de competencia.

3. Articular el accionar en el territorio de las Delegaciones Regionales de la Secretaría de Trabajo y de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral de la Secretaría de Empleo.

4. Coordinar operativamente los proyectos estratégicos que se le encomienden.

5. Elaborar información sobre los escenarios posibles en los temas de relaciones y fiscalización del trabajo en las mencionadas jurisdicciones y sus consecuencias.

6. Elaborar propuestas de instrumentos de políticas públicas referidas al diálogo y concertación con los distintos sectores vinculados a la temática del Trabajo.

7. Articular la vinculación de la experiencia recogida en la aplicación de las políticas de fiscalización y relaciones laborales, con la elaboración de propuestas de perfeccionamiento de las normas que regulan el trabajo.

8. Articular con las áreas competentes del MTEYSS el diseño, desarrollo y puesta en operación de los diferentes sistemas de gestión, consulta e información que implemente la SECRETARIA DE TRABAJO y sus áreas dependientes, observando su homogeneización e interrelación.

9. Coordinar, en cooperación con las áreas sustantivas competentes, la asignación de los recursos materiales, técnicos, humanos y financieros de las áreas dependientes de la SECRETARIA DE TRABAJO.

10. Intervenir en los proyectos de acuerdos y convenios de cooperación y/o asistencia técnica que se suscriban con otros países, promoviendo la inclusión de contenidos de competencia de la SECRETARIA DE TRABAJO y realizar el seguimiento y evaluación de las cláusulas que correspondan, en coordinación con la Dirección de Asuntos Internacionales.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION DE ANALISIS LABORAL DEL SECTOR PUBLICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Analizar e investigar las relaciones del trabajo en el ámbito del Sector Público efectuando recomendaciones y propuestas. Asistir en el desarrollo de las negociaciones colectivas del sector.

ACCIONES

1. Efectuar estudios e investigaciones referidas a las relaciones laborales del sector público y su comparación con las del sector privado.

2. Analizar los distintos convenios colectivos del sector público nacional.

3. Analizar el nivel del cumplimiento de la normativa en la materia, sus desvíos y causas.

4. Analizar los conflictos posibles en el marco de los convenios colectivos del Sector Público y proponer soluciones.

5. Asistir a los representantes de la SECRETARIA DE TRABAJO en las negociaciones colectivas del sector público.

6. Brindar asesoramiento y/o participar en acciones de capacitación y difusión sobre mediación, conciliación y negociación colectiva en el sector público a las provincias o países que así lo soliciten, según las pautas que fije la SECRETARIA DE TRABAJO al respecto.

SECRETARIA DE TRABAJO

DIRECCION DE REGULACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE VENTA Y DISTRIBUCION DE DIARIOS, REVISTAS Y AFINES

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 390/2012 B.O. 25/06/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el Registro de Vendedores de Diarios y Revistas.

Intervenir en cuestiones técnicas y legales vinculadas con la regulación del trabajo en venta y distribución de diarios, revistas y afines y en la normativa laboral de aplicación nacional sobre la materia de su competencia.

ACCIONES

1. Entender en el Registro de Vendedores de Diarios y Revistas.

2. Regular el régimen de libre competencia en materia de diarios, revistas y afines sin otras restricciones que aquellas destinadas a garantizar la efectiva tutela de los derechos laborales, sociales y sindicales involucrados, especialmente en aquellos aspectos vinculados al régimen laboral de los trabajadores vendedores de diarios, revistas y afines.

3. Crear instancias paritarias permanentes entre los sectores y negociar todas las cuestiones que hagan a su vinculación colectivas e individuales, tanto económicas, laborales, como de condiciones de labor y formación.

4. Intervenir en los conflictos individuales y colectivos de naturaleza laboral social y económica en que sean parte vendedores, distribuidores, editores y demás agentes del sistema y sus organizaciones sindicales y empresariales representativas.

5. Asumir en forma directa roles de mediación entre las partes, dadas las características atípicas de la actividad de venta y distribución.

6. Analizar las propuestas de los sectores en lo que respecta a la legitimación de los que revistan la calidad de ayudantes en el sistema.

7. Coordinar, a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país, las acciones de supervisión y fiscalización del Régimen de Distribución y Venta de Diarios, Revistas y Afines.

8. Recibir, gestionar e intervenir en aquellas denuncias ante incumplimientos de la normativa vigente en la materia, y específicamente ante hechos de distribución, venta y/o entrega de material de procedencia ilegal.

9. Homogeneizar y sistematizar los procedimientos en cuanto a la aplicación de la normativa específica, para los distintos actores involucrados en la actividad (agentes de las Delegaciones Regionales dependientes de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y actores de las entidades sindicales, empresariales y sociales).

10. Brindar el apoyo técnico-legal a la COMISION NACIONAL DE TRABAJO Y FISCALIZACION DEL REGIMEN DE DISTRIBUCION Y VENTA DE DIARIOS, REVISTAS Y AFINES y registrar las normas que emita.

11. Contestar los pedidos de informes y proponer la respuesta a oficios judiciales sobre la materia de su competencia.

12. Analizar y sistematizar las actuaciones elevadas desde la COMISION NACIONAL DE TRABAJO Y FISCALIZACION DEL REGIMEN DE DISTRIBUCION Y VENTA DE DIARIOS, REVISTAS Y AFINES.

13. Participar en el diseño de contenidos de materiales de difusión respecto de la legislación laboral del régimen de distribución y venta de diarios, revistas y afines.

14. Planificar, organizar y dictar cursos de capacitación sobre las temáticas de su competencia para las Delegaciones Regionales dependientes de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para entidades gremiales y autoridades nacionales, provinciales y municipales, en coordinación con la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

SECRETARIA DE TRABAJO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 666/2015 B.O. 20/8/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Gestionar las negociaciones colectivas de trabajo e intervenir en los conflictos colectivos de trabajo en el marco de la normativa vigente. Atender y gestionar la solución de los conflictos individuales de trabajo, homologar acuerdos individuales y plurindividuales de trabajo.

ACCIONES

1. Convocar y constituir a requerimiento de parte interesada las Comisiones Negociadoras de los convenios colectivos de trabajo.

2. Intervenir en la resolución de los conflictos de representación que se susciten con motivo de la constitución de tales Comisiones Negociadoras.

3. Convocar y constituir las Comisiones Paritarias de Interpretación del Convenio Colectivo de Trabajo a requerimiento de cualquiera de sus partes para el caso en que el acuerdo no hubiese previsto esa circunstancia.

4. Homologar, registrar y disponer la publicación de los convenios colectivos de trabajo celebrados en el marco de las situaciones referidas en el punto 1, sin perjuicio de las facultades conferidas en el mismo sentido a órganos de mayor jerarquía, como asimismo efectuar su guarda permanente.

5. Determinar el salario promedio de cada convención colectiva de trabajo.

6. Prestar asesoramiento y asistencia técnico-legal a las organizaciones sindicales de trabajadores y empleadores, o empleadores individuales, legitimados para negociar colectivamente, a efectos de promover negociaciones colectivas ágiles y eficaces en el marco de la normativa vigente.

7. Gestionar los procedimientos de reestructuración productiva y preventiva de crisis de empresa.

8. Entender en el funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), creado por la Ley N° 24.635.

9. Coordinar y asegurar el adecuado funcionamiento del servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico de los trabajadores.

10. Otorgar la Matrícula de Periodista de conformidad con lo normado por la Ley N° 12.908.

SECRETARIA DE TRABAJO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

TRIBUNAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 666/2015 B.O. 20/8/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los conflictos que se deriven de las relaciones de trabajo regladas por el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley N° 26.844) que se hayan desenvuelto en el ámbito de la Capital Federal.

ACCIONES

1. Recibir y tramitar todos los reclamos en el ámbito del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares hasta llegar a la resolución final, canalizando los mismos a través de las Secretarías, conforme al reglamento de funcionamiento que oportunamente se dicte.

2. Proceder a la homologación de los acuerdos que celebren empleadores y trabajadores del sector, en el ámbito del Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares (SECOPECP).

3. Recibir las causas iniciadas en el SECOPECP y en las que no se hubiese arribado a un acuerdo de partes, y proceder al sorteo de la Secretaría a los fines de instar el procedimiento.

4. Instar a la conciliación entre las partes con el objetivo de arribar a una justa composición de los derechos e intereses en conflicto.

5. Disponer las medidas de prueba que estime convenientes en cualquier estado del proceso.

6. Elaborar indicadores de calidad sobre los servicios brindados.

7. Colaborar con los organismos provinciales con similares competencias en los casos de adhesión al régimen procesal previsto por el artículo 68 de la Ley N° 26.844.

8. Tramitar toda otra actuación inherente al desenvolvimiento y a las competencias del Tribunal.

SECRETARIA DE TRABAJO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE CONCILIACIÓN OBLIGATORIA PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES (SECOPECP)

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 666/2015 B.O. 20/8/2015)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el proceso de conciliación laboral obligatoria en forma previa a la interposición de demandas ante el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

ACCIONES

1. Dirimir con carácter obligatorio y previo al inicio de la demanda todos los reclamos individuales correspondientes al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

2. Analizar los acuerdos celebrados por las partes a fin de dictaminar sobre la procedencia de su homologación.

3. Supervisar el adecuado desarrollo del procedimiento de conciliación.

4. Sustanciar el procedimiento de intimación administrativa, para el pago de las multas impuestas por los Conciliadores a las partes que no comparezcan a las audiencias de conciliación, fehacientemente notificadas.

5. Recibir los acuerdos espontáneos individuales y designar al funcionario que intervendrá en la ratificación de los mismos a efectos de constatar la libre emisión del consentimiento del trabajador y su discernimiento sobre los alcances del acto que otorga.

6. Elaborar estadísticas mensuales y consolidadas anuales de los procedimientos tramitados en la Dirección.

7. Elaborar indicadores de calidad sobre los servicios brindados.

SECRETARIA DE TRABAJO

SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar y fiscalizar las normas del trabajo y de la seguridad social en todo el territorio nacional y aplicar las penalidades correspondientes en caso de detectar incumplimientos, conforme lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.

ACCIONES

1. Diseñar los planes y programas necesarios para asegurar el debido cumplimiento de las competencias nacionales y provinciales en materia de inspección del trabajo.

2. Coordinar, planificar y supervisar los programas nacionales de fiscalización.

3. Sustanciar y resolver los sumarios por infracciones a la legislación laboral y de la seguridad social, aplicando las sanciones pertinentes.

4. Requerir del servicio jurídico del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la ejecución de las multas impuestas.

5. Analizar y sistematizar la información relacionada con los planes y programas de fiscalización ejecutados y la suministrada por las Administraciones Provinciales del Trabajo, referidas a sus respectivos servicios de inspección, a fin de determinar su adecuación a los estándares recomendados por la Organización Internacional del Trabajo.

6. Supervisar la habilitación, fiscalización, suspensión y cancelación de las empresas de servicios eventuales y de las proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral.

7. Supervisar el funcionamiento del Registro Nacional de Inspecciones, Infracciones y Sanciones a la normativa laboral en todo ámbito geográfico del país.

SECRETARIA DE EMPLEO

DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO FEDERAL DE EMPLEO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la implementación de planes, programas y acciones de empleo y capacitación en todo el territorio nacional y coordinar la Red Federal de Servicios de Empleo, integrada por las áreas de los gobiernos provinciales y municipales vinculadas al fomento del empleo y la capacitación laboral.

ACCIONES

1. Coordinar con las provincias, municipios e instituciones productivas y sociales la ejecución en el territorio de las políticas nacionales de empleo y capacitación.

2. Asistir técnicamente a las instituciones en el territorio, que realizan acciones de fomento al Desarrollo Local y de apoyo a las microempresas.

3. Desarrollar acciones tendientes al fortalecimiento de las capacidades de gestión provincial, municipal y local de los programas de empleo y de capacitación laboral.

4. Coordinar, asistir y monitorear el desarrollo de los servicios de empleo que prestan las oficinas públicas y privadas en todo el territorio nacional en el marco de la Red Federal de Servicios de Empleo.

SECRETARIA DE EMPLEO

DIRECCION DE PROGRAMACION FINANCIERA DE PROGRAMAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de proyecciones presupuestarias y de metas físicas de los programas de empleo. Asegurar la programación, administración y control de los recursos presupuestarios asignados a los programas de empleo efectuando la respectiva coordinación con el Sistema Administrativo Financiero del Ministerio y con los Organismos Internacionales de Crédito.

ACCIONES

1. Elaborar proyecciones presupuestarias y de metas físicas de los programas bajo responsabilidad de la SECRETARIA DE EMPLEO y asegurar la programación, administración y control de la ejecución de los recursos presupuestarios asignados a los planes, programas y acciones de empleo y formación profesional.

2. Coordinar con el Sistema Administrativo Financiero del Ministerio la programación, administración y el seguimiento de los actos vinculados con la gestión contable, financiera y patrimonial de los recursos provenientes del Tesoro Nacional y de los provenientes de los Organismos Internacionales de Crédito.

3. Proponer normas, reglamentos, acciones e instrumentos para la programación, administración y control de la ejecución de los recursos financieros aplicados a los programas y acciones de empleo y formación profesional.

4. Entender en la gestión con Organismos internacionales de Crédito para el financiamiento de programas de empleo y formación profesional.

SECRETARIA DE EMPLEO

DIRECCION DE INFORMACION ESTRATEGICA PARA EL EMPLEO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar información de carácter estratégico que sirva de soporte para la toma de decisiones políticas de empleo informando a los diversos interesados tanto de la Jurisdicción como de otras jurisdicciones que así lo requieran

ACCIONES

1. Establecer acuerdos con los productores de diversas bases que contengan datos que puedan resultar de utilidad para el diseño de programas y para la toma de decisiones de políticas de empleo y capacitación laboral para su utilización.

2. Proteger y usar la información de la que disponga en un todo de acuerdo con las normas nacionales e internacionales en la materia.

3. Vincular las distintas bases de datos de los órdenes nacional, provincial y municipal con el fin de detectar datos que aporten información para la implementación y desarrollo de programas de empleo y capacitación laboral.

4. Diseñar e implementar un sistema de indicadores georreferenciados que permitan monitorear la factibilidad, viabilidad y pertinencia de las acciones de empleo y capacitación laboral, y el impacto social y económico de las mismas.

5. Elaborar informes periódicos consolidando información específica para la retroalimentación de los programas de empleo y capacitación laboral en un proceso de mejora continua.

6. Brindar asistencia técnica a las diversas áreas de la SECRETARIA DE EMPLEO para la realización de estudios y evaluaciones de las acciones emprendidas.

SECRETARIA DE EMPLEO

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL

DIRECCION DE SEGUIMIENTO TECNICO, SUPERVISION Y FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer criterios, planificar, coordinar y realizar el seguimiento técnico, la supervisión y la fiscalización de los planes, programas y acciones de empleo y formación profesional que se ejecuten en la órbita de la SECRETARIA DE EMPLEO

ACCIONES:

1. Diseñar los instrumentos para el desarrollo de las acciones de seguimiento técnico, supervisión y fiscalización.

2. Proponer las metas a alcanzar en el ámbito del seguimiento técnico, la supervisión y la fiscalización.

3. Verificar en terreno las condiciones de desarrollo de los proyectos, los beneficiarios y los servicios que se financien desde la SECRETARIA DE EMPLEO.

4. Fiscalizar la correcta utilización de las transferencias para la realización de programas de generación de empleo, efectuadas a emprendedores y municipios a través de convenios.

5. Detectar desvíos en la ejecución de los programas, informar sobre los mismos y proponer las medidas correctivas que correspondan.

6. Recomendar la aplicación de sanciones cuando se estimen necesarias.

7. Brindar asistencia técnica y capacitación a los actores que efectúan el seguimiento técnico de políticas y programas de empleo y formación profesional en los diferentes centros del país.

8. Realizar aportes a la formulación del marco normativo de los planes, programas y acciones de empleo y formación profesional sobre la base de la experiencia obtenida a partir de la fiscalización.

9. Elaborar informes de seguimiento técnico, supervisión y fiscalización para que sirvan de insumo para la toma de decisiones.

SECRETARIA DE EMPLEO

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL

DIRECCION DE PROMOCION DE LA EMPLEABILIDAD DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar y ejecutar planes y programas de empleo y formación profesional que permitan incrementar el empleo de personas con discapacidad.

ACCIONES

1. Articular con el COMITE TECNICO DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y con el COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD dependientes del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES, las acciones de empleo y formación profesional dirigidas a trabajadores con discapacidad.

2. Diseñar e implementar planes, programas y acciones de empleo y formación profesional, en coordinación con las áreas de la SECRETARIA DE EMPLEO con competencia específica, dirigidos a trabajadores con discapacidad.

3. Instrumentar acciones de difusión y asistencia técnica a instituciones públicas y privadas que intervengan en temas de empleo y formación profesional de personas con discapacidad.

4. Producir, interpretar y aplicar normas que regulen cuestiones de empleo y formación profesional de personas con discapacidad.

5. Asesorar y asistir a todas las áreas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL respecto de la problemática del empleo y la formación profesional de personas con discapacidad.

6. Promover la creación y fortalecimiento del trabajo protegido para personas con discapacidad a través de los Talleres Protegidos de Producción, de la conformación de Grupos Laborales Protegidos y de la inserción asistida de personas con discapacidad en el empleo público y privado.

7. Intervenir y llevar un registro de concesionarios, aspirantes y lugares disponibles para la aplicación de la Ley Nº 24.308.

SECRETARIA DE EMPLEO

SUBSECRETARIA POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL

DIRECCION NACIONAL DE ORIENTACION Y FORMACION PROFESIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover y ejecutar políticas de orientación y formación profesional y desarrollar y coordinar el Sistema Nacional de Formación Profesional.

ACCIONES

1. Proponer normas, reglamentaciones y procedimientos para desarrollar y optimizar el funcionamiento del Sistema Nacional de Formación Profesional.

2. Diseñar, ejecutar, supervisar y evaluar planes y programas de orientación y formación profesional para distintos sectores de actividad, regiones y grupos de población atendiendo a la formación en competencias básicas, genéricas y específicas en distintos niveles de complejidad.

3. Promover, apoyar, coordinar y fortalecer instancias y mecanismos institucionales de promoción de la orientación y formación profesional de carácter sectorial y territorial.

4. Desarrollar programas y acciones de fortalecimiento de las capacidades institucionales del sistema de orientación y formación profesional.

5. Diseñar y administrar el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo en el marco de políticas y programas de promoción de la calidad de dichas instituciones.

6. Diseñar, implementar y administrar el Registro de Normas de Competencia de evaluadores y de Certificación de Competencias de trabajadores evaluados en base a dichas normas.

7. Promover estudios, investigaciones y sistemas de información que contribuyan al desarrollo de los planes, programas y acciones de orientación y formación profesional.

8. Promover acuerdos para la ejecución de planes y programas de formación profesional con provincias, municipios y sectores de actividad.

9. Asistir técnicamente a los equipos técnicos provinciales y municipales y sectoriales para la elaboración y ejecución de los planes y programas.

10. Promover acuerdos con instituciones del sistema científico tecnológico para fortalecer y apoyar el desarrollo de los planes provinciales, locales y sectoriales de formación profesional.

11. Fortalecer y apoyar a las provincias, municipios y organismos sectoriales en el gerenciamiento de los planes y programas de capacitación y formación profesional.

12. Monitorear y evaluar el desarrollo de planes y programas de formación profesional.

SECRETARIA DE EMPLEO

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DEL EMPLEO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, desarrollar e implementar propuestas, programas y acciones que faciliten la inserción laboral y mejoren las condiciones de empleabilidad. Organizar y administrar el Sistema Unico del Registro Laboral creado por la Ley Nº 24.013 y rediseñar el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo.

ACCIONES

1. Diseñar, dirigir, ejecutar y evaluar programas, proyectos, medidas e incentivos concernientes a la generación y conservación del empleo.

2. Diseñar, dirigir, ejecutar y evaluar programas, proyectos, medidas e incentivos tendientes a mejorar la empleabilidad de los trabajadores desocupados.

3. Dirigir el Sistema Unico del Registro Laboral creado por la Ley Nº 24.013

4. Evaluar la ejecución de los programas de empleo centralizados o descentralizados a las provincias y municipios.

5. Diseñar, desarrollar e implementar propuestas, programas y acciones que mejoren la empleabilidad y favorezcan la reinserción laboral de los beneficiarios del Sistema Integral de Prestación por Desempleo.

6. Proponer incentivos que favorezcan el ingreso y/o reinserción laboral de los trabajadores desocupados en la actividad privada.

SECRETARIA DE EMPLEO

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 1375/2015 B.O. 11/10/2015)

DIRECCION DE TRABAJO VIRTUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño, propuesta e implementación de políticas, planes y programas vinculados con la generación de condiciones de trabajo decente para los teletrabajadores, promoviendo las buenas prácticas y la adopción del Teletrabajo y Trabajo Conectado entre los ciudadanos, las empresas y las organizaciones gubernamentales.

ACCIONES:

1. Definir, formular, adoptar y promover políticas, planes, programas y proyectos de Teletrabajo y Trabajo Conectado que faciliten el acceso de esta modalidad laboral a todos los habitantes del territorio nacional de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

2. Proponer, a los organismos con competencia en la materia, lineamientos para el acceso e implementación del Trabajo Virtual para facilitar y optimizar la gestión de los organismos gubernamentales.

3. Diseñar y desarrollar estrategias masivas, a nivel nacional, que asesoren y faciliten a los ciudadanos, empresas, organismos públicos y privados sobre la implementación del Teletrabajo y el Trabajo Conectado, brindando asistencia técnica con el objeto de elaborar un plan estratégico en la materia.

4. Asistir al Secretario de Empleo en la representación ante foros y organismos internacionales referentes a la materia.

5. Elaborar un sistema de información que contenga las iniciativas referidas a Teletrabajo y Trabajo Conectado a nivel nacional y trabajadores virtuales evaluando las características de los puestos de trabajo, modalidades de implementación y penetración en el ámbito laboral.

6. Elaborar un Observatorio de Buenas prácticas en materia de trabajo virtual y relevar a los organismos de evaluación que puedan certificar el cumplimiento de las buenas prácticas en la temática sirviendo como instancia de validación.

7. Implementar el programa de Certificación de Competencias en Teletrabajo, conjuntamente con la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional, dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, respetando los estándares de competencia construidos, validados y ratificados por los actores del mundo del trabajo y de los diversos sectores, para ser convertidos en norma de competencia.

8. Asistir a la SECRETARIA DE EMPLEO a través del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en la promoción de las políticas activas destinadas a la mejora de la formación profesional e inserción laboral de los grupos vulnerables, entre ellos personas con discapacidad, jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años en situación de desempleo, mayores de CUARENTA Y CINCO (45) años, presidiarios y ex presidiarios.

9. Colaborar en el diseño de perfiles adecuados a las nuevas posiciones laborales de los teletrabajadores y trabajadores conectados, tanto en el sector público como privado del país.

10. Constituirse como centro temático de referencia para el seguimiento, análisis y difusión de las transformaciones del escenario laboral vinculadas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) elaborando datos y estadísticas, documentos y publicaciones, como así también, realizando encuentros y conferencias, con el propósito de difundir estos temas en la comunidad.

11. Asistir al Secretario de Empleo en su participación en el Grupo de Teletrabajo del Programa “eLAC 2015” de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

12. Emitir conjuntamente con organismos internacionales, recomendaciones en base a los programas desarrollados o implementados en materia de teletrabajo y trabajo conectado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

13. Articular con las gerencias y oficinas de empleo de todo el país las acciones y programas impulsados de teletrabajo y trabajo conectado y su difusión.

14. Coordinar acciones conjuntas en el marco de Argentina Conectada como estrategia integral de trabajo y conectividad para optimizar las condiciones en la comunicación diaria de todos los habitantes promoviendo el acceso a la información y las comunicaciones como clave del desarrollo nacional.

15. Proponer y diseñar conjuntamente con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN herramientas de capacitación y formación en teletrabajo y trabajo conectado para docentes, profesores y alumnos de nivel Medio, Terciario y Universitario de manera que puedan ser aplicadas a la generación de nuevos puestos de trabajo y/o a la incorporación al mercado formal de los estudiantes y egresados.

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION Y CONTROL DE LOS REGIMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar el control y la fiscalización de las actividades relativas a las prestaciones de la Seguridad Social. Establecer las vinculaciones institucionales con los organismos del sector público nacional, sector productivo, sector sindical y organizaciones no gubernamentales vinculadas a la actividad de la Seguridad Social.

ACCIONES

1. Ejercer el control de las actividades atinentes a las prestaciones de la Seguridad Social, evaluar su desarrollo y resultados, y promover las correcciones pertinentes.

2. Determinar el grado de cumplimiento de los objetivos sociales e institucionales de conformidad con la misión y las metas planteadas por los organismos descentralizados que dependen de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

3. Evaluar la eficacia y eficiencia de las prestaciones y servicios que brindan los organismos descentralizados a fin de efectuar los ajustes que se requieran en el diseño de las políticas de seguridad social para que se adecuen al cumplimiento de la necesidad social que se aspira a cubrir.

4. Promover la integración y articulación de las instituciones de la Seguridad como la vinculación con los sectores sociales.

5. Fomentar las relaciones con Federaciones y Organizaciones de Jubilados y Pensionados, así como con los actores sociales que se manifiestan en el campo de la Seguridad Social.

6. Coordinar el funcionamiento y representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el seno del Consejo Nacional de Previsión Social y otras comisiones que se formen en las que sea necesario la opinión en ternos vinculados a la Seguridad Social.

7. Coordinar las acciones con los organismos que conforman el Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDITYSS) en el marco del Artículo 28 y subsiguientes de la Ley Nº 25.877.

8. Entender en la definición, control y gestión de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial, para los trabajadores rurales y similares.

9. Participar en la definición de la política de recaudación previsional, en la medida que así lo contemplen las normas legales y reglamentarias.

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA Y NORMATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el diseño, planificación, coordinación, evaluación de las políticas de Seguridad Social y en su normatización. Elaborar la programación económica y normativa de la Seguridad Social.

Optimizar la obtención y asignación de los recursos y aportar la información prospectiva y reflexión estratégica necesaria para la toma de decisiones por parte de las instancias superiores del sistema.

ACCIONES

1. Participar en la elaboración y monitoreo del presupuesto de la Seguridad Social.

2. Elaborar las proyecciones del sistema previsional que permitan diseñar las políticas previsionales de mediano y largo plazo.

3. Desarrollar la coordinación de mecanismos y procesos que permitan acceder a la información de diferentes bases, para la obtención de información para el diseño en materia de Seguridad Social.

4. Realizar estudios comparativos de sistemas de Seguridad Social de otros países.

5. Desarrollar estudios estratégicos, cálculos actuariales; investigaciones y evaluaciones prospectivas del Sistema de Seguridad Social.

6. Analizar la eficiencia e impacto de las Políticas de Seguridad Social y formular propuestas de acción correctivas en las políticas públicas.

7. Desarrollar e implementar indicadores relevantes para el seguimiento y monitoreo de las Políticas de Seguridad Social.

8. Participar en la elaboración y ejecución de programas integrados de la Seguridad Social, que tengan por objeto la protección de la población de toda contingencia de carácter social, cualquiera sea su forma de organización y gestión.

9. Realizar estudios sobre la legislación en Seguridad Social con alcance nacional, regional e institucional.

Antecedentes Normativos:

- Anexo Ia sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 8/2015 B.O. 12/02/2015;

- Anexo Ic sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 581/2012 B.O. 7/8/2012;

- Anexo Id sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 390/2012 B.O. 25/06/2012;

- Anexo II, SECRETARIA DE TRABAJO, SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 390/2012 B.O. 25/06/2012.


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