Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 107/2006

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, en relación con los créditos vigentes de las Jurisdicciones 56-Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y 91-Obligaciones a Cargo del Tesoro, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto Nº 304/2006, respecto de la constitución de la sociedad Agua y Saneamientos Argentinos S.A., bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984), que tendrá por objeto la prestación del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales del área atendida hasta el 21 de marzo de 2006 por la empresa Aguas Argentinas S.A.

Bs. As., 5/4/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0101011/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, los Decretos Nros. 303 y 304, ambos de fecha 21 de marzo de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 303 de fecha 21 de marzo de 2006 se rescindió, por culpa del Concesionario, el Contrato de Concesión suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA por el cual se concedió el servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales por las causales previstas en las cláusulas 14.3.1 y 14.3.2 de dicho Contrato.

Que mediante el Decreto Nº 304 de fecha 21 de marzo de 2006 se dispuso la constitución de la sociedad AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificatorias, la que tendrá por objeto la prestación del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales del área atendida hasta el 21 de marzo de 2006 por la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que mediante el Artículo 2º del Decreto Nº 304/06 se estableció que el NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital de la Sociedad que se crea pertenecerá al ESTADO NACIONAL, ejerciendo dicha titularidad el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el restante DIEZ POR CIENTO (10%) del Capital Social corresponderá a los ex trabajadores de OBRAS SANITARIAS DE LA NACION adheridos al PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA en virtud del cual se incorporaron oportunamente como accionistas de la ex concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA conforme al Anexo I del Decreto Nº 1944/94.

Que por el Artículo 38 del Estatuto aprobado mediante el Artículo 3º del Decreto Nº 304/06 se estableció la Suscripción e Integración del Capital de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA de acuerdo al siguiente detalle: el Capital Social de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000), representado por CIENTO CINCUENTA MIL (150.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de PESOS MIL ($ 1.000) valor nominal cada una y con derecho a UN (1) voto por acción, el cual se suscribió e integró en su totalidad en ese acto en la siguiente proporción: El ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS suscribió e integró en su totalidad en ese acto y en las siguientes proporciones, CIENTO TREINTA MIL (130.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del Capital Social, denominadas acciones Clase A; e integró VEINTE MIL (20.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, representativas del DIEZ POR CIENTO (10%) del Capital Social correspondiente a las Acciones Clase B suscriptas por el representante de los ex trabajadores de la ex OBRAS SANITARIAS DE LA NACION adheridos al PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA en virtud del cual se incorporaron como accionistas de AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de las Jurisdicciones 56 —MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y 91— OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Nº 304/06.

Que la presente medida está amparada en las disposiciones establecidas en el Artículo 10 de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Felisa Miceli.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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