Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decisión Administrativa 449/2021

DECAD-2021-449-APN-JGM - Incorporación y asignación de cargos vacantes.

Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-29891453-APN-SGYEP#JGM, las Leyes Nros. 25.164, 27.467 y 27.591, los Decretos N° 36 del 14 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y las Decisiones Administrativas Nros. 1875 del 16 de octubre de 2020 y 4 del 15 de enero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 36/19 se instruyó a los/las titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional a revisar los procesos concursales y de selección de personal con el fin de analizar su legalidad y en particular el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado, merituando los antecedentes presentados por los/las postulantes.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 1/20 se estableció el procedimiento para cumplimentar la revisión dispuesta por el Decreto N° 36/19.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1875/20 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, prorrogada por el Decreto N° 4/20, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de personal de los cargos pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha ley.

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el artículo 6° de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros mediante decisión fundada a incrementar la cantidad de cargos aprobados, previa intervención de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las necesidades de dotaciones que surjan de la aprobación de las estructuras organizativas de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, como también de aquellas necesarias para responder a los procesos de selección resultantes de los concursos regulados por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo con el objeto de permitir un cambio en la modalidad en la relación de empleo de contratos instrumentados en el marco del artículo 9º del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que, por su parte, por medio del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 4/21 se distribuyó el presupuesto aprobado por la Ley N° 27.591 para el Ejercicio 2021, en el que se encuentran contemplados los cargos de la planta de personal permanente de cada una de las Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2021-03672065-APN-SSP#MEC), que forman parte integrante del mencionado artículo.

Que con el fin de revalorizar el trabajo y saberes de los empleados públicos y las empleadas públicas para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y las ciudadanas, se aprobó la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 48 de fecha 16 de julio de 2020 con la finalidad de efectuar un análisis sobre el estado de situación de la planta no permanente de la Administración Pública Nacional y de la antigüedad del personal en las mismas, contribuyendo a la planificación estratégica en materia de regularización del empleo público.

Que del relevamiento mencionado se han detectado necesidades prioritarias de ordenamiento y regularización en la distribución de los cargos de planta del personal en diversas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional para la implementación de los procesos de selección, en el marco del plan de gestión integral de regularización del empleo público.

Que habiéndose sustanciado en los distintos organismos que conforman la citada Administración Pública Nacional procesos de selección de personal para la cobertura de cargos de planta permanente es que resulta necesario incorporar y asignar cargos.

Que, asimismo, resulta necesario instrumentar mecanismos con el fin de que no se contrate nuevo personal que sustituya al contrato que se rescinda, en virtud de la designación de personal en los cargos concursados, dado que dichas posiciones pasarían a estar cubiertas por cargos de planta permanente.

Que sobre la base de la información suministrada por las Jurisdicciones, el análisis efectuado respecto de las necesidades de cobertura de vacantes y lo establecido en la normativa correspondiente, resulta necesario asignar las vacantes para los cargos autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y CCT concordantes.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6° y 7° de la Ley N° 27.591.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpóranse y asígnanse los cargos vacantes detallados en el ANEXO I (IF-2021-32327012-APN-DNGIYPS#JGM) que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, con el fin de proceder a la designación de personal en la planta permanente en las distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, atento los procesos de selección de personal oportunamente sustanciados y a realizarse, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que en los casos en que la cobertura de los cargos objeto de los concursos de posición recaiga en personas vinculadas a la Administración Pública Nacional mediante cualquier modalidad de contratación, esta vacante no podrá ser utilizada para una nueva contratación de personal a partir de la toma de posesión del cargo de planta permanente por parte del o de la postulante designado o designada.

ARTÍCULO 3°.- Las distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán incorporar personal con el objeto de reemplazar al o a la agente seleccionado o seleccionada bajo ninguna modalidad contractual, a pesar de seguir contando con los créditos presupuestarios oportunamente aprobados.

ARTÍCULO 4°.- Los funcionarios y las funcionarias de quienes dependan las áreas de Recursos Humanos, con nivel no inferior a Subsecretario o Subsecretaria, serán los y las responsables de la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 5°.- La presente decisión administrativa entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

(Nota Infoleg: por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 1086/2022 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 02/11/2022, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto en la presente norma. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)

e. 10/05/2021 N° 31166/21 v. 10/05/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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