Presidencia de la Nación

Comunicación A 3177 / 2000

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 13-Nov-2000
Resumen:

REF.: CIRCULAR LISOL 1-316. REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ. ACTUALIZACION DEL TEXTO ORDENADO.-

Normas complementarias

Esta norma no complementa ni es complementada por otras normas.

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