CONVOCATORIA EN EVALUACIÓN
Se están procesando las propuestas recibidas.
Esta convocatoria tiene la misión de impulsar, a través de la adjudicación de Aportes No Reembolsables, proyectos focalizados en atender demandas enmarcadas en las siguientes líneas de acción estratégica:
LÍNEA 1: ECONOMÍA CIRCULAR.
1.1. Valorización de plásticos de polietileno tereftalato (PET)
1.2. Valorización de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)
1.3 Valorización, recuperación y reciclado de polímeros
LÍNEA 2: PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA.
2.1. Emisiones fugitivas:
2.2. Tratamiento y recuperación de aguas residuales contaminantes
2.3. Herramientas para la gestión de residuos industriales
2.4 Tecnologías para la sustitución de materiales derivados del petróleo
2.5. Ganadería y agricultura regenerativas
LÍNEA 3: SUSTENTABILIDAD DE LOS ECOSISTEMAS NATURALES Y MANEJO DE DESASTRES AMBIENTALES.
3.1. Ciencia y tecnología aplicada a la sustentabilidad de los ecosistemas
3.2 Ciencia y tecnología aplicada a la prevención, monitoreo y manejo de desastres ambientales
LÍNEA 4: CIUDADES Y SOLUCIONES URBANAS PARA LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO
4.1 Infraestructura azul-verde urbana y edificios sostenibles
4.2 Gestión de residuos y energía en establecimientos corporativos, de turismo, educación y salud.
Financiación y Plazo de Ejecución:
El plazo de ejecución técnico y financiero de los proyectos será de hasta tres (3) años, contados a partir de la fecha de la firma del contrato.
La AGENCIA I+D+i financiará hasta el 80% del costo total del proyecto en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR), debiendo las instituciones beneficiarias aportar como contraparte el 20% de los fondos necesarios para implementar el mismo.
El plazo máximo de aplicación de los recursos será de 3 años.
Se podrá asignar más de un beneficio por solicitante o consorcio para las distintas líneas de acción establecidas.
La AGENCIA I+D+i asignará recursos provenientes del BIRF.
¿A quién está dirigido?
A asociaciones de carácter público-privadas. Dichas asociaciones podrán estar integradas por:
- Tipo 1: Instituciones públicas o privadas sin fines de lucro de ciencia y tecnología
- Tipo 2: Instituciones privadas sin fines de lucro, organizaciones de la sociedad civil y/o de la economía popular, y/o entidades representantes pueblos originarios
- Tipo 3: Empresas nacionales PyMEs y cooperativas (con certificado INAES)
Las asociaciones público-privadas deberán estar integradas por al menos dos beneficiarios y contar con la participación de, al menos, una institución pública o privada sin fines de lucro de ciencia y tecnología en el proyecto (Tipo 1) y al menos una entidad del Tipo 2 o 3. Las asociaciones podrán tener más de una entidad de cualquiera de los 3 tipos.
Se ponderará positivamente la participación de cooperativas, organizaciones de la sociedad civil y/o de la economía popular y/o pueblos originarios en las asociaciones.
Las grandes empresas no podrán ser beneficiarias (recibir subsidio) pero podrán participar de los consorcios y aportar contraparte. La participación de las mismas no suplirá la participación privada mínima requerida en el proyecto de al menos una entidad del Tipo 2 o 3.
Un mismo beneficiario o uno o más beneficiarios de un consorcio asociativo podrán presentar más de un proyecto en una misma línea de acción y/o presentar proyectos a más de una línea de acción, siempre y cuando se guarden la coherencia, razonabilidad, dedicación de los recursos humanos involucrados y, se garantice el cumplimiento de los objetivos planteados para cada uno de esos proyectos.
¿Qué necesito?
-
Todos los beneficiarios deberán contar con domicilio fiscal y legal en la República Argentina así como demostrar capacidades productivas y/o de investigación y desarrollo localizadas dentro del país.
-
Las asociaciones público-privadas deberán estar integradas por al menos dos beneficiarios y contar con la participación de, al menos, una institución pública o privada sin fines de lucro de ciencia y tecnología en el proyecto (Tipo 1) y al menos una entidad del Tipo 2 o 3. Las asociaciones podrán tener más de una entidad de cualquiera de los 3 tipos.
-
Se ponderará positivamente la participación de cooperativas, organizaciones de la sociedad civil y/o de la economía popular y/o pueblos originarios en las asociaciones.
-
Las grandes empresas no podrán ser beneficiarias (recibir subsidio) pero podrán participar de los consorcios y aportar contraparte. La participación de las mismas no suplirá la participación privada mínima requerida en el proyecto de al menos una entidad del Tipo 2 o 3.
-
Un mismo beneficiario o uno o más beneficiarios de un consorcio asociativo podrán presentar más de un proyecto en una misma línea de acción y/o presentar proyectos a más de una línea de acción, siempre y cuando se guarden la coherencia, razonabilidad, dedicación de los recursos humanos involucrados y, se garantice el cumplimiento de los objetivos planteados para cada uno de esos proyectos.
¿Cómo hago?
-
Leer las bases de la presente convocatoria y descargar todos los formularios.
-
Completar todos los formularios requeridos en el punto 6 y reunir toda la documentación de los beneficiarios según corresponda.
-
Cargar el proyecto y adjuntar toda la documentación a presentar (formularios, documentación respaldatoria, documentación anexa, etc) en el Sistema de Gestión de Proyectos y descargar el reporte que se genera al finalizar la carga.
Descargas
- Bases (pdf,443.9 Kb) Descargar archivo
- Resolución 233/2023 (pdf,537.8 Kb) Descargar archivo
- Formularios Desarrollo sostenible - Agosto 2023 (zip,4.8 Mb) Descargar archivo
- Prórroga Desarrollo Sostenible (pdf,162.2 Kb) Descargar archivo
- Resolución N°398/2023: Evaluadores P. E. Desarrollo Sostenible (pdf,279.9 Kb) Descargar archivo
- Evaluadores P. E. Desarrollo Sostenible (pdf,197.3 Kb) Descargar archivo
- Anexo Resolución N°398/2023: Evaluadores P. E. Desarrollo Sostenible (pdf,91.7 Kb) Descargar archivo
- Evaluadores Desarrollo sostenible para la web - 2da tanda (pdf,31.1 Kb) Descargar archivo
- Resolución 486/2023 - Anexo (pdf,151.7 Kb) Descargar archivo
- Resolución 486/2023 (pdf,270.2 Kb) Descargar archivo