Presidencia de la Nación

Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante RENAR.

¿Qué necesito?

  • Nota de solicitud especificando la petición, indicando rubros y documentación que se agrega, firmada por representante legal, con firma debidamente certificada (Disp. 047/01).

  • Pago del arancel correspondiente a la solicitud de dictamen jurídico de baja registral (Res. 204/22)

  • Certificado de inscripción original otorgado por RENAR.

¿Cómo hago?

  1. Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de RENAR que prefieras.

¿Cuál es el costo?

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