Presidencia de la Nación

Protección ambiental: Prefectura dictó un taller sobre control y gestión de agua de lastre

La Prefectura Naval Argentina, a través de su Dirección de Protección Ambiental, dictó un taller sobre inspecciones extraordinarias y auditorías en normas para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, artefactos navales u otras construcciones flotantes.


La actividad, que inició hoy bajo la modalidad virtual, cumplió con el propósito que establece el Código para la implantación de los Instrumentos de la Organización Marítima Internacional (OMI) que establece que: “Los Estados deberían fomentar una cultura que proporcione oportunidades para mejorar los resultados de las actividades relacionadas con la seguridad marítima y la protección del medio ambiente”.

Los temas abordados versaron sobre el resultado de las inspecciones extraordinarias, auditorías y supervisiones que se realizan a los buques de bandera nacional y/o extranjeros, conforme a lo previsto en la norma nacional e internacional en la materia.

El citado taller contó con la participación de una veintena de oficiales de la Prefectura Naval Argentina, quienes se desempeñan en distintos puertos del país cumpliendo funciones como inspectores, auditores y oficiales por la especialidad.

El “Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, BWM, 2004”, en vigor internacional a partir del 8 de septiembre de 2017 y para la República Argentina a partir del 2 de noviembre de 2017, fue aprobado mediante Ley N° 27.011.

La Prefectura Naval Argentina es su autoridad de aplicación, acorde Decreto N° 1814/15, y su objeto es evitar la propagación de organismos acuáticos perjudiciales de una región a otra mediante el establecimiento de normas y procedimientos para la gestión y el control del agua de lastre y los sedimentos de los buques.

La descarga del agua de lastre y los sedimentos de los buques sólo se permitirá si se demuestra haber cumplido satisfactoriamente las normas de control y gestión del agua de lastre y los sedimentos, dispuestas en la presente Ordenanza y en el “Convenio BWM, 2004”.

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