Presidencia de la Nación

Lineamientos preventivos y de actuación para la elaboración de protocolos específicos de los establecimientos penitenciarios del Servicio Penitenciario Federal sobre la habilitación gradual de visitas sociales


Este Boletín Público Normativo sustituye el Punto II.2, denominado “Ingreso permitido”, del documento “Lineamientos preventivos y de actuación para la elaboración de protocolos específicos de los establecimientos penitenciarios del SPF sobre la habilitación gradual de visitas sociales en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) durante la pandemia de Coronavirus (COVID-19)”, inserto en Boletín Público Normativo N°722.
El artículo modificado quedará redactado de la siguiente forma: “Se permitirá el ingreso de 02 (DOS) visitantes por interno/a a su elección, por cada visita, permitiendo el acceso de los niños, niñas y adolescentes”.


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