Presidencia de la Nación

Solicitar la tenencia de recarga de munición para fines no comerciales

Recarga de munición para fines no comerciales

10 días Presencial

Este trámite te permitirá solicitar la tenencia de recarga de munición para fines no comerciales

¿A quién está dirigido?

A legítimos usuarios de armas de fuego individuales y/o colectivos con autorización de tenencia de las armas correspondientes a los calibres que desean recargar.

¿Qué necesito?

Ser Legítimo Usuario de armas de fuego individual y/o colectivo con autorización de la tenencia de las armas correspondientes a los calibres que deseas recargar.

Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes para la credencial de tenencia de equipo de recarga de munición para fines no comerciales, que te va a habilitar a recargar solamente los cartuchos del calibre de las armas que posees registradas ante ANMaC

Declará el equipo especificando su marca, modelo y número de serie. En caso que no posea número de serie, solicitalo en ANMaC mediante los formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes (una vez otorgado el número de serie un mecánico armero inscripto en ANMaC es quien debe hacer el marcaje). También debés declarar el domicilio de utilización del equipo.

Adecuación de registro

Solicitalo mediante los formularios Ley 23.283 y 23.412 correspondientes para que se te asigne el número de serie único y pueda ser grabado en el bastidor del equipo por un mecánico armero inscripto en ANMaC.

Importación

Si solicitas la importación de un equipo de recarga que no tiene número de serie, debes presentar los formularios Ley 23.283 y 23.412 correspondientes para que se te asigne el número de serie único para ser grabado en el bastidor. Una vez que tengas el número, tenés un plazo de diez días hábiles para presentar una certificación emitida por un mecánico armero registrado en ANMaC donde especifique tipo de equipo, marca, modelo y número de serie grabado

¿Cómo hago?

Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

Tené en cuenta

• Los titulares de un mismo equipo de recarga no pueden ser más de tres legítimos usuarios individuales por equipo o dos cuando se trate de un legítimo usuario individual que también se encuentre inscripto como usuario colectivo (de empresas unipersonales).
• Si sos tenedor de un equipo de recarga podés optar por no solicitar la Tarjeta de control de consumo de munición. Notificalo en ANMaC cuando solicites la autorización de una nueva tenencia de arma.
• En el Anexo I de la disposición 142/07 se encuentran las recomendaciones generales de seguridad y uso del equipo de recarga de municiones.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 10 días

días hábiles
En el caso de precisar el otorgamiento de número son aproximadamente 30 días hábiles.

¿Cuál es el costo del trámite?

$20000.00

En el caso de no poseer numeración, hay un costo adicional de $5000 por el otorgamiento de número.

Vigencia


No tiene vencimiento mientras mantengas al día tu condición de legítimo usuario



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