Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes


1. ¿Qué componentes integran las Condiciones de Trabajo y Medio Ambiente?

Para facilitar y complementar el abordaje de la problemática de las condiciones y medio ambiente de trabajo, resulta útil analizar los diversos factores de riesgo que pueden estar presentes en la situación laboral. Como toda clasificación sirve a los fines de su estudio, pero teniendo en cuenta que cuando consideremos un puesto de trabajo concreto nos encontraremos con uno o varios factores que no actuaran de idéntica manera en diferentes situaciones. Los estudiosos en la materia presentan diferentes clasificaciones. A continuación presentamos una de tales clasificaciones.

Riesgos de seguridad

  • Instalaciones.
  • Máquinas.
  • Herramientas.
  • Características constructivas de edificios y locales, ejemplo: riesgos de incendio, eléctrico, protección de máquinas y herramientas, pisos, escaleras, aberturas, iluminación, ventilación.

Carga de trabajo

  • Carga física: estática o dinámica.
  • Carga mental: definida como el conjunto de elementos perceptivos, cognitivos y afectivos involucrados en el desarrollo de una actividad.

Riesgos Psicosociales

  • Tiempo de trabajo (jornadas y horarios).
  • Ritmos de trabajo.
  • Nivel de automatización.
  • Comunicación.
  • Estilos de conducción.
  • Violencia.

Riesgos ambientales

  • Químicos: gases, vapores, polvos, nieblas, humos, fibras
  • Físicos: ruido, frío, calor, presión, radiaciones
  • Biológicos: Virus, bacterias, hongos, etc.

2. ¿Qué es la CyMAT?

Es la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y se encuentra regulada en el Artículo 117, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto 214/2006.

3. ¿Cuáles son los objetivos de la Comisión?

Velar por el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente en el trabajo, teniendo como marco las previsiones específicas de las leyes 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y 24557 de Riesgos del Trabajo, utilizando herramientas de prevención y la capacitación.

4. ¿Quienes integran la Comisión (CyMAT)?

  • Tres representantes titulares del Estado Empleador: uno por la Jefatura de Gabinete de Ministros, uno por el Ministerio de Economía y Producción y uno por la Subsecretaría de la Gestión Pública, y sus respectivos suplentes.
  • Tres representantes titulares de los Gremios Signatarios del CCTG: dos por la Unión del Personal Civil de la Nación y uno por la Asociación de Trabajadores del Estado y sus respectivos suplentes.
  • Una Comisión Técnica Asesora Permanente integrada por: un médico especialista en Medicina Laboral, un especialista en Higiene y Seguridad y un representante de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
  • Las Delegaciones conformadas en cada jurisdicción o entidad descentralizada.

5. ¿Cuál es la diferencia entre Comisión y Delegación?

La Comisión es la CyMAT central, las Delegaciones son las representaciones conformadas en cada Jurisdicción o Ente Descentralizado y dependen de la Comisión. Ambas, se identifican como CyMAT (Comisión) y Delegación CyMAT.

6. ¿Cuáles son las funciones de la Comisión?

  • Fiscalizar, a través de las delegaciones, el cumplimiento de las Leyes de Higiene y Seguridad (N° 19.587), Riesgos del Trabajo (N° 24.557), sus decretos reglamentarios y demás normativa aplicable, y formular recomendaciones para su mejor aplicación

  • Proponer y diseñar planes para la prevención de riesgos promoviendo foros, campañas de sensibilización, concientización, formación y difusión.

  • Analizar y evaluar las sugerencias y denuncias elevadas por las Delegaciones respectivas.

Se encuentran reguladas en el Artículo 119, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de mayo 2011 Trabajo General para la Administración Pública, homologado por el Decreto 214/2006.

7. ¿Cuáles son las funciones de las Delegaciones?

  • Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada.
  • Realizar capacitación continua.
  • Recibir las denuncias y procurar la solución en la jurisdicción o entidad descentralizada.
  • Informar a la Comisión, al menos anualmente, de sus actividades y resultados.

8. ¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?

Hacé la denuncia al empleador, a la ART correspondiente y, en caso de que el organismo lo posea, al Servicio de Salud Ocupacional.

El empleador debe entregarte una credencial de la ART, en la misma figura un número telefónico 0800 al que podés comunicarte ante un accidente o enfermedad profesional. En caso de tener inconvenientes para efectuar la denuncia, enviá una Carta Documento o presentá una nota ante la ART (con una copia para vos firmada y sellada por la ART).

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