Presidencia de la Nación

Caracterización sociodemográfica de las personas que realizaron el trámite de rectificación registral en el marco de la Ley de Identidad de Género. Abril 2023

Perfil sociodemográfico de personas que han modificado sus datos de identificación de acuerdo a su género autopercibido desde la implementación de la Ley de Identidad de Género en 2012 hasta abril de 2023.


El informe elaborado por la Dirección Nacional de Población del RENAPER resume el perfil sociodemográfico de las personas que han realizado la rectificación de sus datos de identificación en el DNI de acuerdo a su identidad de género autopercibida desde la implementación de la Ley de Identidad de Género en 2012 hasta abril de 2023. En total, se han realizado 16.090 rectificaciones conforme a dicha ley, en las cuales el 56,95% optó por la categoría “mujer” y el 36,56% eligió la opción “varón”. Además, desde la sanción del decreto N°476/21 en 2021, se han realizado 1.044 trámites de rectificación registral por fuera del binomio masculino/femenino (nomenclatura “X”), siendo el 6,49% del total de trámites.

En cuanto a la edad en que las personas realizaron el trámite de rectificación registral, se observa que casi el 55% de la población lo realizó entre los 18 y los 29 años, siendo la edad promedio en la que se realizó el cambio de género de 28 años y la moda de 18 años.

Desde de la sanción de la ley, luego de un primer momento de alta frecuencia de trámites, estos se estabilizan hasta 2016. A partir de ese año, se comienza a presentar una tendencia creciente, solo interrumpida en 2020 debido a la pandemia por COVID-19. Además, se destaca un cambio en la elección de género, con un aumento significativo en los trámites de cambio de género varón a partir de 2018. También se menciona que, a partir del decreto 476/2021, se comenzaron a realizar trámites de rectificación registral fuera del binomio masculino/femenino.

El informe destaca que el reconocimiento de la identidad jurídica de cada persona es un derecho fundamental que posibilita el ejercicio pleno de todos los derechos, y que, a partir de la sanción de la Ley de Identidad de Género en 2012, ese reconocimiento se amplía a aquellas personas que pretenden la modificación de su sexo de acuerdo a su identidad de género autopercibida.


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