Documentación para ingresar al país como tránsito vecinal fronterizo (T.V.F.)
ARTICULO 24. — Los extranjeros que ingresen al país como "residentes transitorios" podrán ser admitidos en algunas de las siguientes subcategorías:
Tránsito Vecinal Fronterizo los requisitos quedaran establecidos dependiendo de las Localidades Fronterizas en las que este habilitado dicho régimen:
Documentación a presentar:
- Solicitud de TVF.
- Comprobante de domicilio en radio de 50 kms.
- Documento de su nacionalidad (vigente).
- En caso de menores, completar autorización correspondiente, con firma de ambos padres.
Acuerdos Vigentes
- Brasil: Ley 26.523 “Localidades Fronterizas Vinculadas”.
- Uruguay: Disposición DNM N° 12.167/02 - Disposición DNM N° 70.571/07.
- Paraguay: Disposición DNM N° 12.167/02 - Disposición DNM N° 70.571/07.
- Bolivia: Disposición DNM N° 12.167/02 - Disposición DNM N° 70.571/07.
- Chile: Acuerdo sobre Tránsito Vecinal Fronterizo entre la República Argentina y la República de Chile.