Presidencia de la Nación

Cuadro Tasas Migratorias - Decreto 584/2024


CRITERIOS MIGRATORIOS MERCOSUR y Estados Asociados EXTRA MERCOSUR Todas las Nacionalidades
Certificaciones de Residencias 16 UMSM
Certificaciones de Movimiento Migratorio por año calendario 10 UMSM
Oficios Judiciales excepto los originados en sede penal 20 UMSM
Reimpresión de constancia de ingreso, por causales no imputables a la Administración 16 UMSM
Servicio de consulta de organismos gubernamentales interjurisdiccionales. Consulta de movimientos migratorios de extranjeros 0,20 USD
Residencia Permanente o Temporaria 50 UMSM 100 UMSM
Prórroga Residencia Temporaria y/o cambio de categoría a Residente Permanente 50 UMSM 100 UMSM
Permiso de Ingreso de extranjeros y su renovación 50 UMSM 100 UMSM
Residencia Permanente o Temporaria iniciadas ante Representaciones Consulares Argentinas (monto en unidades consulares) 300 uc 600 uc
Residencia Transitoria, excepto subcategoría Turista 16 UMSM 32 UMSM
Tasa para la realización de tramitación de ingreso electrónica, en las subcategorías previstas en el artículo 24, inc. h) de la Ley N° 25.871, correspondientes a las Disposiciones DNM Nros. 1170/2010, 1171/2010 y 2692/2011 y las que en un futuro se dicten, destinadas a nacionales de países que no requieran visa en calidad de turista. Esta tramitación electrónica será complementada por una actuación consular arancelada a cargo de las Representaciones Consulares Argentinas. 120 uc
Ídem al anterior, para las restantes subcategorías previstas en el artículo 24, inc. h) de la Ley N° 25.871. Esta tramitación electrónica será complementada por una actuación consular arancelada a cargo de las Representaciones Consulares Argentinas. 80 uc
Prórroga o Renovación de Residencia Transitoria de extranjeros, con excepción de la residencia transitoria prevista en el artículo 24, inc. h) de la Ley N° 25.871 10 UMSM 20 UMSM
Prórroga o Renovación de Residencia Transitoria, prevista en el artículo 24, inc. h) de la Ley N° 25.871 20 UMSM 40 UMSM
Cambio de subcategoría transitoria "Turista" (artículo 24, inciso a) de la Ley N° 25.871) a subcategoría transitoria "Razones Especiales" (artículo 24, inciso h) de la Ley N° 25.871) 100 UMSM 100 UMSM
Cambio de subcategoría transitoria "Tripulante" (artículo 24, inciso d) de la Ley N° 25.871) a subcategoría transitoria "Turista" (artículo 24, inciso a) de la Ley N° 25.871) 50 USD
Rectificación de actos, asientos registrales o documentación por causales no imputables a la administración 25 UMSM
Renovación de Residencia Precaria (imputable al causante) 5 UMSM 10 UMSM
Recursos 50 UMSM
Habilitación de documentación al solo efecto de hacer abandono del país de extranjero residente irregular 20 UMSM 40 UMSM
Levantamientos de deuda alcanzadas por Disposición DNM N° 899/13 y sus modificaciones 40 UMSM 80 UMSM
Autorización salida de menores expedida por la DNM, trámite ordinario 10 UMSM
Autorización salida de menores expedida por la DNM, trámite express 20 UMSM
Autorización salida de menores expedida por la DNM, trámite al instante 30 UMSM
Transferencia de sello o constancia de ingreso o egreso 5 UMSM
Desembarco Provisorio 100 USD
Prosecución de viaje. Autorización Requerida por Empresas de Transporte Internacional para el momentáneo alejamiento del lugar de llegada por cada pasajero en prosecución de viaje 10 UMSM
Embarco, desembarco o trasbordo de tripulantes, por cada tripulante 20 USD
Cambio de calificación de turista y enrolamiento como tripulante marítimo/fluvial 50 USD
Cambio de calificación y enrolamiento como técnicos en embarcaciones marítimos/fluviales 100 USD
Servicios migratorios prestados a empresas que operan buques de transporte de cargas cuando ingresen o egresen del Territorio Nacional con origen o destino final a cualquier puerto extranjero situado a una distancia mayor a VEINTICINCO (25) kilómetros y menor a TRESCIENTOS (300) kilómetro 375 USD
Ídem al anterior, a una distancia mayor a TRESCIENTOS (300) kilómetros 1250 USD
Servicio migratorio prestado al pasajero que egrese del Territorio Nacional en buque de transporte de pasajeros con destino final a cualquier puerto extranjero situado a una distancia mayor a VEINTICINCO (25) kilómetros y menor a TRESCIENTOS (300) kilómetros 3 USD
Ídem al anterior, a una distancia mayor a TRESCIENTOS (300) kilómetros, en los términos previstos en la Disposición DNM N° 1995/16 o la que en el futuro la reemplace 14 USD
Servicios migratorios prestados a empresas que operen con transporte terrestre de pasajeros que ingresen o egresen al/del territorio nacional 6 UMSM
Ídem al anterior, por servicio diferencial de carga que ingresen o egresen al/del territorio nacional 1 UMSM
Servicios migratorios prestados a buques de transporte de pasajeros que egresen del Territorio Nacional con destino final a cualquier puerto extranjero situado a una distancia mayor a TRESCIENTOS (300) kilómetros 625 USD
Habilitación ocasional de paso fronterizo (por día solicitado) 200 USD
Inscripción renovación anual para la atención preferencial en el corredor turístico. Vehículos hasta cinco (5) plazas 10 UMSM
Vehículos de seis (6) y hasta diecinueve (19) plazas 20 UMSM
Vehículos de veinte (20) o más plazas 30 UMSM
Plus de servicios de Control Migratorio de vuelos internacionales que no correspondan a la categoría “Aviación Comercial Regular”, en operaciones realizadas en aeropuertos comprendidos en las Disposiciones DNM N° 1362/17 y DNM N° 5938/18 y sus modificatorias o la que en el futuro las reemplace, en los que el control se realice “a Requerimiento” y se encuentren ubicados a una distancia no mayor a CINCUENTA (50) kilómetros de la sede de la Delegación a cuya jurisdicción corresponda 100 USD
Ídem al anterior, por una distancia mayor a CINCUENTA (50) kilómetros de la sede de la Delegación a cuya jurisdicción corresponda 300 USD
Plus por servicio de Control Migratorio de vuelos internacionales que sean excepcionalmente autorizados por la DNM en aeropuertos no comprendidos en las Disposiciones DNM N° 1362/17 y DNM N° 5938/18 y sus modificatorias o las que en el futuro las reemplacen 1000 USD
Plus por servicio de hasta DOS (2) puestos de Control Migratorio con Atención Preferencial de VEINTICUATRO HORAS (24 hs.) de vuelos internacionales que correspondan a la categoría “Aviación Comercial Regular” en aeropuertos comprendidos en las Disposiciones DNM N° 1362/17 y DNM N° 5938/18 y sus modificatorias o las que en el futuro las reemplacen 12.000 USD
Tramitación urgente de residencia permanente o temporaria de extranjeros y/o la renovación de residencia temporaria y/o cambio de categoría a residente permanente de extranjeros, requerida por empresas y/u organizaciones debidamente inscriptas en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros 100 UMSM
Turno preferencial de Residencia Permanente o Temporaria de extranjeros y/o la renovación de Residencia Temporaria y/o cambio de categoría a Residente Permanente de extranjeros 50 UMSM

Nota: Valor actual 1 UMSM= $1000

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