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Requisitos para el cobro de facturas

A efectos de proceder al cobro de las facturas por bienes y/o servicios entregados o realizados, los proveedores de la ANMAT deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

  • Con motivo de la condición de exenta de la ANMAT ante el impuesto al valor agregado, las facturas deberán ser de tipo “B” o “C”.
  • Asimismo, contendrán todos los requisitos de facturación previstos en la RG Nº 1415/2003 de la AFIP y normativa concordante.
  • Se confeccionarán en pesos, y por ninguna circunstancia pueden ser enmendadas.
  • Las facturas incluirán:
    • Destinatario: ANMAT; Av. de Mayo 869; código postal 1084.
    • Número de CUIT: 30-66314099-6.
    • Detalle de los artículos vendidos y/o servicios prestados, discriminando si correspondiere el importe relativo a los bienes.
    • Desglose por renglón del artículo, precio unitario y total.
    • Contendrán el total de la factura en números y letras.
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