Presidencia de la Nación

Licencias APN

Accedé a información útil para gestionar tus licencias y otros trámites de tu vida laboral.
La misma corresponde al personal comprendido por SINEP: Planta permanente, designaciones transitorias y contratos Art.9.”


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Licencia médica

¿Cómo hago uso de la licencia médica?

  1. Comunícate con la Dirección General de Recursos Humanos de tu Ministerio o repartición a través del mail o telefónicamente.
  2. También comunícate con tu superior inmediato y con tu equipo de trabajo.
  3. Al reincorporarte, presentá ante el Departamento de Sanidad o a través de Medicina Laboral, el certificado médico correspondiente con los siguientes datos:
  • Membrete del centro médico, hospital, clínica o centro de atención
  • Cantidad de días de reposo indicado
  • Diagnóstico; firma y sello médico.

Accidente Laboral

Si tenés un accidente laboral y/o en el trayecto al trabajo:

-Si sufrís un accidente in itinere, es decir, en el trayecto comprendido entre el trabajo y tu casa o viceversa, comunícate primero con la ART. Si no sabes cuál es tu ART, infórmate al respecto en la oficina de RRHH de tu repartición. Ellos van a darte un carnet con el teléfono al que deberás llamar.
-Cuando llames a la ART tendrás que informar el tipo de afección sufrida, el lugar y las circunstancias en que ocurrió el accidente. Ellos determinaran el centro de atención al que tenés que concurrir.
-Luego, comunícate con la Dirección General de Recursos Humanos de tu Ministerio o Repartición y con tu superior inmediato o equipo de trabajo, para informar lo ocurrido. RRHH se comunicará con la ART para completar el trámite de accidente laboral.

Licencia Anual ordinaria

NOMBRE
DE LA LICENCIA
ARTÍCULO MODALIDAD
DE CONTRATACION
TIEMPO CON GOCE DE
HABERES?
ES
OBLIGATORIA?
PARTICULARIDADES
Lic. Anual
ordinaria
Art.9 Permanente/
No permanente
20 DIAS SI SI HASTA 5 AÑOS
25 DIAS SI SI Hasta 10 Años
30 Días SI SI Hasta 15 Años
35 Días SI SI Más de 15 años

Licencias Especiales

NOMBRE
DE LICENCIA
ARTÍCULO MOD. DE CONTRATACION TIEMPO ¿CON GOCE DE HABERES? ¿OBLIGATORIA? PARTICULARIDADES
Afecciones de corto tratamiento Art. 10 a) Perm/No Perm 45 Días SI SI Con goce de haberes.
Enfermedad en horas
de labor
Art. 10 b) Perm/No Perm SI SI Menos de 1/2 Jornada
trabajada, computa como Art. 10 a), + de\1/2 Jornada salida sin reposición.
Afecciones
largo tratamiento
Art. 10 c) Perm/No Perm 1 - 4 Años SI SI Disminuye el monto
del haber conforme se extiende en el tiempo.
Accidente de
trabajo
Art. 10 d) Perm/No Perm 1 - 4 Años SI SI Disminuye el monto
del haber conforme se extiende en el tiempo.
Incapacidad Art. 10 e) Permanente 1 Año SI SI Estado irreversible,
para capacidad laborativa. Minimo 4 horas diarias.
Anticipo de haber por pasividad Art. 10 f) Permanente 12 Meses SI SI Incapacidad,
jubilación por invalidez, (95%) del haber jubilatorio.
Maternidad Art. 10 g) Perm/No Perm 100 Días SI SI 30 Días anteriores al
parto Y 70 después del parto, se adicionan 10 días por parto múltiple.
Maternidad
(Nac. sin vida)
Art. 135 CCTG Perm/No Perm 101 Días SI SI 31 Días anteriores al
parto Y 70 después del parto, se suman 10 días por parto múltiple.
Maternidad
Excedencia
Art. 138 CCTG Perm/No Perm 3 - 6 Meses NO SI/NO Opciones: a) No hacer uso - b) Rescindir el 25% de haber por cada año - c) Sin percibir haber por un período de 3 a 6 meses.
Tenencia para
adopción
Art. 10 h) Perm/No Perm 60 Días SI SI Tenencia de niños
hasta (7) años de edad.
Atención hijos
menores
Art. 10 i) Perm/No Perm 30 Días SI SI En caso de fallecer
la madre o madrastra.
Atención Grupo
Familiar
Art. 10 j) Perm/No Perm 20 0 90 Días SI SI 20 días con goce de
haberes, y se podrá extender hasta 90 días más sin goce.
Declaración
jurada Grupo Filiar
Art. 10 k) Permanente - NO SI Deber de presentar
DDJJ sobre su grupo filiar a cargo.
Incompatibilidad Art. 10 l) Permanente - NO SI No se podrá desempeñar en funciones públicas o privadas mientras goce de las licencias.

Licencias Extraordinarias con goce de haberes

NOMBRE
DE LICENCIA
ARTÍCULO MOD. DE CONTRATACIÓN TIEMPO ¿CON GOCE DE HABERES? ¿ES OBLIGATORIA? PARTICULARIDADES
Para Rendir Examenes Art. 13 a) Perm/No Perm 28 o 12 Días SI SI Dias laborales, por plazos de 6 días
corridos para Terciario o Posgrado, 3 días corridos Secundario.
Para Realizar
estudios o Investigaciones
Art. 13 b) Permanente 2 Años SI SI Antiguedad de 1 año,
debe permanecer en el cargo por el doble del plazo acordado para la
investigación.
Estudios en
Escuela Def. Nac.
Art. 13 c) Permanente Indeterm. SI SI Se computa de acuerdo
al curso superior que dicte la Escuela de Defensa Nacional. Debe permanecer el doble de tiempo.
Matrimonio del
agente o hijos
Art. 13 d) Perm/No Perm 10 - 2 Días
Labor.
SI SI A partir del Civil o Religioso a opción del interesado.
Act.
Deportivas no rentadas
Art. 13 e) Perm/No Perm - SI NO Cuando se trate de
intervenir en juntas, integrar delegaciones o participar en selecciones previas.

Licencias Extraordinarias sin goce de haberes

NOMBRE
DE LICENCIA
ARTÍCULO MOD. DE CONTRATACION TIEMPO ¿CON GOCE DE HABERES? ¿ES OBLIGATORIA? PARTICULARIDADES
Ejer. Trans. de otros cargos Art. 13 a) Permanente - NO SI Lo que dure el cargo de funciones
superiores, niv. Nac.; Pcial.; Municipal.
Razones
Particulares
Art. 13 b) Permanente 6 Meses NO NO Máximo de 6 meses
cada 10 años.
Razones de
Estudio
Art. 13 c) Permanente 1-2 Años NO NO Por un período máximo
de 1 año, prorrogable otro igual, cada 10 años.
Acompañar
Cónyuge
Art. 13 d) Permanente + 60 Días NO SI Cuando, el cóyuge
fuere designado en misión oficial a más de 100 kms.
Cargos, horas
Cátedra
Art. 13 e) Permanente - NO SI Cargos de mayor
jerárquía, en el orden nacional, por el término que dure el puesto de mayor
remuneración.

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