Publicidad en Servicios de Comunicación Audiovisual
¿Qué es la distribución de publicidad electoral para agrupaciones políticas en Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA)?
A través de la Ley 26.571, se fijó la prohibición por parte de las agrupaciones políticas de adquirir espacios en medios de comunicación audiovisual para transmitir publicidad electoral. A raíz de ello, estas deberán disponer de los espacios asignado mediante sorteo público durante el período de campaña en medios audiovisuales.
El listado de los Servicios de Comunicación Audiovisual habilitados para transmitir publicidad electoral es confeccionado por ENACOM y las agrupaciones políticas lo gestionarán mediante la plataforma Sistema de Administración de Campañas Electorales - SACE.
Los Servicios de Comunicación Audiovisual destinados a emitir publicidad electoral durante una campaña electoral son aquellas emisoras de TV abierta, TV por cable, señales nacionales, radios AM y FM, habilitadas por ENACOM. Estos deben ceder de manera gratuita el cinco por ciento (5%) de 12 horas de transmisión (2.160 segundos por día).
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¿Cómo se distribuye el tiempo que cada Servicio de Comunicación Audiovisual cede por día?
Los porcentajes destinados para cada categoría son:
Para elecciones presidenciales
50 % presidente/a y vicepresidente/a.
25 % senadoras y senadores nacionales.
25 % diputadas y diputados nacionales.
Para elecciones legislativas
50 % senadoras y senadores nacionales.
50 % diputadas y diputados nacionales.
En caso de que una provincia celebre simultáneamente sus comicios y adhiera expresamente al régimen, la distribución se realizará del siguiente modo:
Para elecciones presidenciales
40 % presidente/a y vicepresidente/a.
15 % senadoras y senadores nacionales.
15 % diputadas y diputados nacionales.
20 % gobernador/a y vicegobernador/a.
10 % legisladores y legisladoras provinciales.
Para elecciones legislativas
40 % senadoras y senadores nacionales.
40 % diputadas y diputados nacionales.
20 % legisladores y legisladoras provinciales.
Asimismo, los 2.160 segundos por día por SCA se reparten entre todas aquellas agrupaciones políticas que oficialicen listas de candidatos de la siguiente manera:
50 % de manera igualitaria entre todas las agrupaciones políticas.
50 % de manera proporcional a los votos obtenidos por la agrupación política en la última elección para la categoría diputados.
El tiempo que ceden los SCA se divide en cuatro (4) franjas horarias:
- F1: 07:00 a 11:00 hs.
- F2: 11:00 a 16:00 hs.
- F3: 16:00 a 20:00 hs.
- F4: 20:00 a 01:00 hs.
El tiempo cedido se expresa en módulos, lo que implican:
- Un módulo en TV = 12 segundos.
- Un módulo en radio = 9 segundos.