Presidencia de la Nación

Financiamiento público de campaña


El Estado contribuye al financiamiento de las campañas electorales correspondientes a las elecciones primarias y generales. Dicha contribución está destinada a través del aporte extraordinario de campaña y a través de la contribución para la impresión de boletas.

Distribución de aporte de campaña

Elecciones Generales

Los fondos correspondientes al aporte para la campaña electoral, tanto para las elecciones primarias como para las generales, se distribuirán entre las agrupaciones políticas que hayan oficializado listas de candidatos de la siguiente manera:

Elecciones presidenciales:

Cincuenta por ciento (50 %) del monto asignado por el presupuesto en forma igualitaria entre las listas presentadas;
Cincuenta por ciento (50 %) del monto asignado por el presupuesto se distribuirá entre los veinticuatro (24) distritos, en proporción al total de electores correspondiente a cada uno. Efectuada tal operación, se distribuirá a cada agrupación política en forma proporcional a la cantidad de votos que hubiera obtenido en la elección general anterior para la misma categoría.

Las agrupaciones políticas que participen en la segunda vuelta recibirán como aportes para la campaña una suma equivalente al treinta por ciento (30 %) del mayor aporte de campaña general de la misma categoría.

Elecciones de diputados:

El total de los aportes se distribuirá entre los veinticuatro (24) distritos en proporción al total de electores correspondiente a cada uno. Efectuada dicha operación, el cincuenta por ciento (50 %) del monto resultante para cada distrito se distribuirá en forma igualitaria entre las listas presentadas y el restante cincuenta por ciento (50 %) se distribuirá en forma proporcional a la cantidad de votos que los mismos hubieran obtenido en la elección general anterior para la misma categoría.

Elecciones de senadores:

El total de los aportes se distribuirá entre los ocho (8) distritos en proporción al total de electores correspondiente a cada uno. Efectuada dicha operación, el cincuenta por ciento (50 %) del monto resultante para cada distrito, se distribuirá en forma igualitaria entre las listas presentadas y el restante cincuenta por ciento (50 %) se distribuirá en forma proporcional a la cantidad de votos que los mismos hubieran obtenido en la elección general anterior para la misma categoría.

Elecciones de parlamentarios del Mercosur:

Distrito Nacional: la distribución se realizará de acuerdo a lo establecido para el caso de la elección de presidente y vicepresidente.
Distrito Regional: la distribución se realizará de acuerdo a lo establecido para el caso de la elección de diputados nacionales.

Elecciones Primarias

Los recursos destinados a campaña electoral equivaldrán al 50% de lo correspondiente a las elecciones generales.

Elecciones Legislativas 2025

Monto global para el aporte de campaña

Asignación de aportes de campaña

Senadores Nacionales
Diputados Nacionales

Seguimiento de pagos

15/09/25
16/09/25
17/09/25
18/09/25
19/09/25
22/09/25
23/09/25
24/09/25
25/09/25
26/09/25
29/09/25
30/09/25
01/10/25
02/10/25
03/10/25
06/10/25
07/10/25
08/10/25
09/10/25
13/10/25
15/10/25
16/10/25
17/10/25
21/10/25
22/10/25
23/10/25

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