Presidencia de la Nación

Código de Ética de Profesional

Actualizado y reconocido por Gestión Documental Electrónica Número: NO-2023-133448160-APN-DGC#MD


REBIFA - Red de Bibliotecas de las Fuerzas Armadas

(Resolución N° 1395/93 y N° 483/13 del Ministerio de Defensa)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, noviembre 2023

Como miembros de las bibliotecas que operan dentro del área de la defensa, reconocemos la importancia de legislar y dejar saber a la profesión y al público general los principios éticos que guían el trabajo de bibliotecarios y otros profesionales que proveen servicios informativos y del personal que trabajan en dichas bibliotecas.

El presente código suscribe al Código de la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas e Instituciones (IFLA - International Federation of Library Associations and Institutions) y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Organización de las Naciones Unidas (ONU - UN United Nations). En particular, el artículo 19 que establece: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Asimismo, las obligaciones éticas de los profesionales son extensivas a los usuarios por lo que el presente código de ética debe estar al alcance de todos los destinatarios para su conocimiento y uso.

Capítulo I
Definición

El Código de Ética Profesional de las Bibliotecas que integran la Red de Bibliotecas de las Fuerzas Armadas (REBIFA) establece las responsabilidades, regula los derechos, los deberes y la conducta de los bibliotecarios entre sí, consigo mismos y con otros profesionales, en su relación con la sociedad y las instituciones a las que prestan servicio dentro del marco de las Fuerzas Armadas Argentinas.

Capítulo II
Objetivos

Ser un instrumento de clarificación y ayuda a las decisiones éticas del personal que integran las bibliotecas de REBIFA.

Dar a los usuarios de las distintas bibliotecas que integran la red y a la sociedad en general, la confianza de que el personal bibliotecario respeta sus derechos, asumiendo el compromiso ante los valores éticos que deben regular su actividad profesional.

Capítulo III
Ámbito de Aplicación

Este código ha de guiar la práctica de todo el personal, profesional o no, que trabajan dentro del ámbito de las instituciones que integran REBIFA y aspiran a servir de orientación para otros profesionales que realicen su actividad en organizaciones que gestionan información y documentación.

Capítulo IV
Principios y valores del profesional de la información y de la documentación

Los principios generales de este código deontológico son:

  1. Libertad intelectual
    Defendemos los principios de la libertad intelectual y nos resistimos a todos los esfuerzos dirigidos a censurar los recursos de las bibliotecas:

    1. Las bibliotecas contribuyen al desarrollo y el mantenimiento de la libertad intelectual ayudan a preservar los valores democráticos básicos y los derechos civiles universales.
    2. Las bibliotecas tienen la responsabilidad de garantizar y de facilitar el acceso a las expresiones del conocimiento y de la actividad intelectual. Con este fin, las bibliotecas deben adquirir, preservar y hacer accesible la más amplia variedad de materiales, que reflejen la pluralidad y la diversidad de la sociedad.
    3. Las bibliotecas como organizaciones en cambio permanentes que tienden a un modelo que gestiona el conocimiento deben asumir el liderazgo efectivo para que se cumpla la Ley 26899: Creación de repositorios digitales institucionales de acceso abierto, propio o compartido.
  2. Privacidad y seguridad de los datos personales

    1. Garantizar mediante el secreto profesional, la confidencialidad de los datos personales de los usuarios, respetando su privacidad como un derecho.
    2. Utilizar los datos de carácter personal sólo para el fin para el que fueron obtenidos.
    3. Considerar datos de carácter privado todos aquellos que puedan identificar a los usuarios de los servicios y sus actividades.
    4. Sumarse al esfuerzo nacional, regional e internacional por proteger la privacidad y los derechos digitales de cada individuo
    5. Seguir las directrices del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sobre la libertad de opinión y de expresión.
  3. Profesionalidad

    1. Considerar el deber para con los usuarios como el deber primordial.
    2. Facilitar la mejor información posible, de acuerdo con las necesidades de los usuarios, o indicar el mejor servicio donde la podrán encontrar.
    3. Asegurarse de que la información facilitada a los usuarios es adecuada, completa y claramente presentada.
    4. Promover, por su manera de trabajar, la confianza de los usuarios en la honestidad de los procesos, en la eficacia y en la eficiencia profesional.
    5. Poseer un serio compromiso con la neutralidad y tener una postura imparcial en relación a la colección, el acceso y los servicios, para lograr un mayor equilibrio entre la colección y en el acceso a la información.
    6. Los bibliotecarios y otros trabajadores de la información se oponen a la discriminación en cualquier aspecto de empleo por la edad, nacionalidad, ideología política, capacidad física o mental, género, estado civil, origen, raza, religión u orientación sexual.
  4. Acceso abierto y propiedad intelectual
    El interés de los bibliotecarios y otros trabajadores de la información es proporcionar a los usuarios el mejor acceso posible a la información e ideas en cualquier medio o formato. Esto incluye el apoyo a los principios del acceso abierto, código abierto, y licencias abiertas.

    1. Los bibliotecarios y otros trabajadores de la información tienen el objetivo de proporcionar a los usuarios un acceso a la información justo, rápido, económico y efectivo.
    2. Los bibliotecarios y otros trabajadores de la información también defienden que las condiciones de derecho de autor deben estar limitadas y que la información que haya pasado a ser del dominio público permanezca pública y gratuita.
    3. Protegerán los derechos de autor y de la propiedad intelectual conforme a la legislación vigente.
    4. Identificarán y harán constar de forma expresa la autoría y la fuente original de la información.
    5. Difundirán en sus organizaciones el conocimiento del derecho de autor, e instruirán a la ciudadanía y a las secuencias legales e intelectuales del plagio.
  5. Formación y actualización profesional
    Los profesionales de las bibliotecas de la Red, consideran que, para desempeñar sus funciones de forma coherente y eficaz, la formación profesional y su actualización continua son plenamente necesarias. En este ámbito, consideran como propias las siguientes responsabilidades:

    1. Adquirir una formación que se corresponda con las necesidades concretas de un buen trabajo profesional.
    2. Mantener un conocimiento actualizado de las prácticas profesionales que desempeñan.
    3. Apoyar la participación de compañeros en cursos, seminarios, conferencias o cualquier otro tipo de acciones que amplíen el espectro de conocimientos profesionales.
    4. Compartir conocimientos entre los compañeros profesionales y los usuarios, de modo que aumente la eficacia de la profesión.
  6. Fidelidad a la organización

    1. Contribuir a la misión, visión y objetivos estratégicos de la organización y participar en el logro de los mismos.
    2. Demostrar lealtad a la institución mediante el respeto a la información confidencial y la dedicación a actividades que sean competencia de la organización.
    3. Coadyuvar a las actividades de la red, participando en investigaciones y publicaciones sobre distintas cuestiones profesionales, independientemente de donde se inicie la actividad, sumando un esfuerzo conjunto por ganar reputación y estatus basado en el profesionalismo y conducta ética.
  7. Calidad del servicio
    El objetivo prioritario será el logro de un servicio de calidad en todo el desarrollo de su actividad profesional, asegurando la mejora continua.

    1. Elevar las consecuencias sobre la variación de la calidad del servicio a sus superiores en el caso de mermas en los recursos humanos, económicos y/o técnicos.
    2. Elevar para conocimiento de los superiores toda ley, norma o regla que por ser nueva o por no estar implementada en la biblioteca atañe al servicio que se debe prestar a la comunidad y su actualización.
  8. La conservación y preservación
    El personal que se desempeña en la biblioteca asumirá la responsabilidad de la protección y la conservación de los libros, documentos y otros bienes patrimoniales contra el daño físico, el deterioro o la sustracción:

    1. Llevarán a cabo políticas de preservación de los mismos en cualquier soporte, siguiendo las normas internacionales establecidas para cada soporte documental.
    2. Velarán por garantizar la preservación de la información y la documentación de manera que permita su utilización presente y futura.
  9. Cláusula específica del ámbito de la defensa de aplicación

    1. Las Bibliotecas del ámbito del REBIFA se abstendrán de recibir colecciones y documentos procedentes de países ocupados y respetarán estrictamente las leyes y convenciones que rigen la importación, exportación y transferencias de fuentes bibliográficas.
    2. Es deber moral y profesional de cada institución y cada bibliotecario en el ámbito de REBIFA, la adhesión al Código Deontológico anteriormente descripto.
  10. Revisión del código de ética
    Se recomienda la revisión del presente código de ética cada cinco (5) años procurando la continuidad de su vigencia.

Bibliografía
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