Presidencia de la Nación

Misiones y funciones


Compete al Ministerio de Defensa asistir al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la defensa nacional y las relaciones con las Fuerzas Armadas dentro del marco institucional vigente, y en particular:

  • Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

  • Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

  • Entender en la determinación de los requerimientos de la defensa nacional.

  • Entender en la elaboración del presupuesto de las Fuerzas Armadas y en la coordinación y distribución de los créditos correspondientes.

  • Entender en la coordinación de las actividades logísticas de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo al abastecimiento, normalización, catalogación y clasificación de efectos y las emergentes del planeamiento militar conjunto.

  • Intervenir en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de investigación y desarrollo de interés para la defensa nacional.

  • Entender en la formulación de la política de movilización y Plan de Movilización Nacional, para el caso de guerra y su ejecución.

  • Entender en el registro, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas y en el fomento de las actividades y aptitudes de interés para la defensa.

  • Entender en las actividades concernientes a la Inteligencia de Estratégica Militar, conforme lo establecido en la Ley N° 25.520.

  • Entender en la coordinación de los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas, especialmente en los ámbitos administrativo, legal y logístico.

  • Coordinar juntamente con el MINISTERIO DE SEGURIDAD los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

  • Entender en la determinación de la integración de los contingentes que se envíen al exterior para componer fuerzas de mantenimiento de la paz.

  • Entender en la dirección de los organismos conjuntos de las Fuerzas Armadas puestos bajo su dependencia.

  • Intervenir en la proposición de los nombramientos para los cargos superiores de los organismos conjuntos que le están subordinados.

  • Entender en la administración de justicia y disciplina militar, a través de tribunales que de él dependen.

  • Entender en la propuesta de efectivos de las Fuerzas Armadas y su distribución.

  • Participar en la planificación, dirección y ejecución de las actividades productivas en las cuales resulte conveniente la participación del Estado por ser de interés para la defensa nacional.

  • Entender en los estudios y trabajos técnicos y en la formulación y ejecución de las políticas nacionales en lo que hace específicamente a la defensa nacional.

  • Intervenir en la definición de políticas relativas a las actividades productivas que integran el sistema de producción para la defensa.

  • Entender en la elaboración y propuesta de los planes tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional en las áreas de frontera, así como su dirección y ejecución.

  • Entender conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la planificación, dirección y ejecución de la actividad antártica.

  • Entender en el planeamiento militar conjunto, la determinación de los requerimientos provenientes del mismo y la fiscalización de su cumplimiento.

  • Entender en la formulación y aplicación de los principios y normas para el funcionamiento y empleo de las Fuerzas Armadas.

  • Entender en el registro, habilitación, fiscalización y dirección técnica de los actos y actividades vinculadas a la navegación por agua y aire en cuanto sean de su jurisdicción.

  • Entender en la coordinación y despliegue de las fuerzas armadas en situaciones de emergencias o desastres que se produzcan en el territorio de la Nación.

  • Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de los planes y coordinación logística tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional para garantizar de modo permanente la integridad territorial de la Nación.

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