Presidencia de la Nación

Subsidios Proyectos Culturales

CONVOCATORIA CERRADA


El subsidio deberá ser aplicado a la concreción de un proyecto cultural específico. La solicitud puede ser destinada tanto a la financiación de proyectos artístico-culturales, como al pago de honorarios, adquisición o alquiler de equipamiento, materiales, insumos, y/o cualquier otro gasto estrechamente vinculado a un proyecto en cuestión.

Los subsidios no podrán aplicarse a gastos ya contraídos, sino a gastos que se realizarán.

Características:

  • Monto: hasta 800.000.
  • Destinatarios: asociaciones civiles sin fines de lucro de todo el territorio argentino.

Solicitalo Acá
Ver Reglamento
Documentación necesaria para Aplicar
Instructivo
Formulario Modelo

Rendición de Cuentas

La organización deberá rendir cuentas de los gastos realizados. Para ello remitirá originales de las facturas y recibos de pago, de curso legal, según la reglamentación estipulada por AFIP, así como fotografías de los bienes adquiridos, dentro de los plazos fijados por el FNA y comunicados a la organización beneficiaria en la notificación de otorgamiento del subsidio.
Asimismo, se deberá presentar la planilla de rendición de cuentas con los datos completos que se solicitan, fechada y firmada.

Planilla Rendición de Cuentas

Anexos y Notas Modelo:

Alta de Beneficiario
Nota de Solicitud

Si tenés consultas, escribí a [email protected]

Preguntas Frecuentes

¿A quién está dirigido?
Está dirigido a organizaciones sin fines de lucro con personería jurídica tales como asociaciones de amigos, fundaciones, bibliotecas populares, cooperativas de trabajo, centros culturales, cooperadoras, sindicatos, etc.

¿Cómo se realiza la inscripción?
La inscripción se realizará exclusivamente en forma virtual a través de la Plataforma del Fondo Nacional de las Artes - https://app.fnartes.gob.ar. La organización deberá completar todos los campos obligatorios y acompañar en la inscripción la documentación obligatoria allí requerida.

¿Qué gastos no se pueden incluir?
El subsidio no contempla gastos corrientes de la organización (pago de facturas de servicios públicos, alquiler de espacios por tiempo prolongado, sueldos, etc.). No se tendrán en cuenta facturas de gastos emitidas por miembros de la Comisión Directiva de la organización.

¿Una misma entidad puede presentarse a las dos líneas de subsidios en simultáneo (Mejora de espacios culturales y Proyectos culturales)?
No, cada organización podrá aplicar una sola vez por año por línea; es decir, que deberá elegir entre una de las dos líneas de subsidios.

¿En qué consiste la rendición de cuentas del subsidio?
- Las organizaciones están obligadas a rendir cuentas de los gastos realizados remitiendo los originales de las facturas y/o tickets de curso legal según AFIP.
- Estos comprobantes deberán ser emitidos a nombre de la organización, o bien, se podrán presentar tickets a consumidor final.
- No se tendrán en cuenta facturas de gastos emitidas por miembros de la Comisión Directiva de la organización.
- Se aceptarán los gastos efectuados a partir de la fecha en que fue otorgado el subsidio.
- Asimismo, se podrán pedir fotografías de los bienes adquiridos, y/o materiales que den cuenta de las actividades realizadas (notas periodísticas, fotografías, folletería de los eventos, etc.)
- Por último, los comprobantes deberán estar acompañados por la planilla de rendición de cuentas disponible en la página web del FNA en la que se detallarán los importes y conceptos de la documentación presentada como rendición de cuentas.

En estos casos, revisar Reglamento de Subsidios Proyectos Culturales.

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