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Sentencias de los TRIBUNALES ANTIDOPAJE mediante las cuales se ha impuesto una sanción a un Atleta por una Infracción a las Normas Antidopaje conforme lo establecido por la ley 26912 y sus modificatorias - RÉGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.

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Sanciones aplicadas

FERNANDEZ, Wilson Juan Jesus
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 02.10.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta FERNANDEZ, Wilson Juan Jesús (D.N.I. 32.807.422), debido a un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia Eritropoyetina (EPO), perteneciente al Grupo S2 (Hormonas peptídicas, factores de crecimiento, sustancias afines y miméticos) – SUSTANCIA No Específica y prohibida en todo momento. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 31.05.2028. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.

CASSARÁ, Agustín
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que, de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 29.10.2024 en la cual se dispone un período de suspensión de TRES (3) años al atleta CASSARÁ, Luciano Agustín, DNI 40.729.953, debido a un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia CLEMBUTEROL, perteneciente al Grupo S1-2 (Otros Agentes Anabolizantes) – SUSTANCIA No Específica. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 11.09.2027.

ROSAS, Laureano
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 30.10.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta ROSAS, Laureano (Pasaporte Nro. AAD893366), debido a un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia FENTERMINA, perteneciente al Grupo S6 (Estimulantes) – SUSTANCIA No Específica y prohibida en competencia. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 23.05.2028. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.

BETTIGA, Valentín
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 04.11.2024 el Tribunal Arbitral Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de TRES (3) meses al Atleta BETTIGA, Valentín (D.N.I. 41.922.866), debido a un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia THC (11-nor-9-carboxi-delta-9-tetrahidrocanabinol), perteneciente al Grupo S8 (Canabinoides) – SUSTANCIA Específica y Sustancia de abuso. En consecuencia, la sanción se computará desde la fecha del laudo emitido originalmente por el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.

DE CIURCIO, Franco
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 22.11.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de DOS (2) años al Atleta DE CIURCIO, Franco (D.N.I. 39.464.213), debido a un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia THC (11-nor-9-carboxi-delta-9-tetrahidrocanabinol), perteneciente al Grupo S8 (Canabinoides) – SUSTANCIA Específica y Sustancia de abuso. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 22.11.2026. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.

VILETTO, Luisina
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 25.04.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de DOS (2) años a la Atleta VILETTO, Luisina (D.N.I. 27.511.939 por un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia Dexametasona, perteneciente al Grupo S9 (Glucocorticoides) – SUSTANCIA Específica. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 24.04.2026. La mencionada Atleta compite en el ámbito de la Confederación Argentina de Atletismo (REPUBLICA ARGENTINA). Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 18.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

LOPEZ, Alejandro Damián
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 09.05.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de ciento cincuenta día al Atleta LÓPEZ, Alejandro Damián (D.N.I. 37.667.687 por un Resultado Atípico (RA), hallándose en su organismo la sustancia Clembuterol, CLENBUTEROL, Grupo S1-2 – Otros Agentes Anabolizantes (ATIPICA). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 11.12.2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la Federación Argentina de Musculación y Fitness (REPUBLICA ARGENTINA). Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 18.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

MITRIONE, Agustin Gerardo
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 09.05.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de ciento cincuenta y seis días al Atleta MITRIONE, Agustín Gerardo (D.N.I. 31.034.545 por un Resultado Atípico (RA), hallándose en su organismo la sustancia Clembuterol, Grupo S1-2 – Otros Agentes Anabolizantes (ATIPICA). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 11.12.2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la Unión Argentina de Rugby (REPUBLICA ARGENTINA). Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 18.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

TAVERNA, Nehuen Alejandro
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 14.05.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de ciento treinta y siete días al Atleta TAVERNA, Nehuen Alejandro (D.N.I. 36.159.429 por un Resultado Analítico Adverso (RAA), hallándose en su organismo la sustancia ESTANOZOLOL, Grupo S1, Sustancia No Especifica. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 29.12.2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la Federación Argentina de Levantamiento de Potencia (Powerlifting). Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 18.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

GABOTTI, Samuel David
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la LNA, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 10.02.2023 en la cual se dispone de un período de suspensión de 3 (tres) años al atleta GABOTTI, Samuel David DNI 36.123.395, computados desde la fecha en que fuera dispuesta la suspensión provisional (29.12.2022), por lo que el período de suspensión terminará el día 30.12.2025.- Buenos Aires, 05.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

GIGENA, Lucas Nicolás
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la LNA, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 04.04.2023 en la cual se dispone de un período de suspensión de 3 (tres) años al atleta GIGENA, Lucas Nicolás DNI 37.908.126, computados desde la fecha en que fuera dispuesta la suspensión provisional (22.12.2022), por lo que el período de suspensión terminará el día 21.12.2025.- Buenos Aires, 05.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

CIPPITELLI, Luciano
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la LNA, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 21.06.2023 en la cual se dispone de un período de suspensión de 3 (tres) años al atleta CIPPITELLI, LUCIANO DNI 40.533.621, computados desde la fecha en que fuera dispuesta la suspensión provisional (09.03.2023), por lo que el período de suspensión terminará el día 08.03.2026.- Buenos Aires, 05.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

COLLAO VILLEGAS, Martin Patricio
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la LNA, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 06.06.2023 en la cual se dispone de un período de suspensión de 3 (tres) años al atleta COLLAO VILLEGAS, Martin Patricio DNI 21.470.628 (Nacionalidad Chileno), computados desde la fecha en que fuera dispuesta la suspensión provisional (16.03.2023), por lo que el período de suspensión terminará el día 15.03.2026.- Buenos Aires, 05.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

FIGUEROA, Fabio Darío
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que de conformidad con el artículo 32 primer párrafo de la LNA, se ha emitido la Resolución CNAD de fecha 29.09.2023
en la cual se dispone de un período de suspensión de 3 (tres) años al atleta FIGUEROA, Fabio Darío DNI 35.318.617, computados desde la fecha en que fuera dispuesta la suspensión provisional (22.08.2023), por lo que el período de suspensión terminará el día 21.08.2026.- Buenos Aires, 05.09.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

BRUNO, Federico
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 21.03.2024 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta BRUNO, FEDERICO (D.N.I. 37.152.592), deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de 196 días. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 06.09.2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la Confederación Argentina de Atletismo (REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.04.2024. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

ACOSTA, Xoana Anahi
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 07.12.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años a la Atleta ACOSTA, XOANA ANAHI ORTIZ (D.N.I. 34.751.451). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 7 de diciembre de 2027. La mencionada Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.12.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

DUNDIC, Lukas Nicolás
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 30.11.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió Imponer al atleta LUKAS NICOLÁS DUNDIC, D.N.I. 44.047.573 la sanción de suspensión por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de siete meses y nueve días. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 21 de abril de 2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 12.12.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

TORRES, Flavia
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 23.11.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer a la atleta Flavia TORRES D.N.I. 34.200.176 la sanción de suspensión por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de cinco meses y dieciséis días. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 07 de junio de 2027. La mencionada Atleta compite en el ámbito de la FEDERACIÓN ARGENTINA de LEVANTAMIENTO de POTENCIA (POWERLIFTING). Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 12.12.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

AVACCA, LEONEL BRIAN
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 12.10.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió Imponer al atleta Leonel Brian AVACA D.N.I. 37.638.075 la sanción de suspensión por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de cuatro meses y cinco días (ciento veintisiete días). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 07 de junio de 2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.10.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

BADDE, FEDERICO RAUL
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 28.09.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta BADDE, FEDERICO RAUL (D.N.I. 24.034.013), Deduciendo el período de suspensión provisional efectivamente cumplido de ciento trece días. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 07 de JUNIO de 2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.10.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

GONZALEZ, CRISTIAN ANDRÉS
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 15.09.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió Imponer al atleta Cristian Andrés GONZALEZ D.N.I. 29.939.235 la sanción de suspensión por el periodo de CUATRO (4) años, deduciendo el plazo de suspensión provisional efectivamente cumplido de cuatro meses y cinco días o un total de ciento veintiocho días. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 10 de mayo de 2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.09.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

ORTIZ, HECTOR JAVIER
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 06.09.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta HECTOR JAVIER ORTIZ (D.N.I. 30.206.243). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 27 de diciembre de 2026. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.09.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

GROSSO, NICOLAS JUAN JOSE
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 03.04.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta GROSSO, NICOLAS JUAN JOSE (D.N.I. 37.677.664). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 03 de abril de 2027. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 30.04.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

MUÑOZ, JEREMIAS
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 03.04.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta JEREMÍAS JORGE MUÑOZ (D.N.I. 35.230.003). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 29 de diciembre de 2026. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

JOHNSON, ANTHONY
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 08.03.2023 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta ANTHONY JOHNSON (PASAPORTE JOANMA22659). En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 15 de febrero de 2027. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE- Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

CALIVAR, JUAN MANUEL
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 18.11.2022 el Tribunal de Nacional Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al atleta JUAN MANUEL CALIVAR, D.N.I. 29.351.689, la que de conformidad con el art. 55 de la ley 26.912 dicha sanción debe cumplirse hasta el 31 de diciembre de 2025. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-. Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

ROBLEDO, RUBÉN
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 18.11.2022 el Tribunal de Nacional Antidopaje resolvió imponer al atleta RUBÉN LUIS ROBLEDO, D.N.I. 17.474.716, la sanción de suspensión por el periodo de 4 (CUATRO) años, deduciendo 298 días de dicho periodo por cumplimiento de suspensión provisional a la fecha. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 06 de enero de 2026 (disponiendo la descalificación y anulación de los resultados obtenidos en dicha competición y en cualquier otra posterior con pérdida de todo premio, medalla o punto). El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA . Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-. Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

VITTOR, LEANDRO
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 01.11.2022 el Tribunal de Nacional Antidopaje resolvió Imponer al atleta LEANDRO VITTOR DNI 40.576.064, la sanción de suspensión por el periodo de 4 (CUATRO) años. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 01 de noviembre de 2026. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-. Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

RODRÍGUEZ, EMILIANO
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 01.11.2022 el Tribunal de Nacional Antidopaje resolvió Imponer al atleta Emilio Gabriel Rodríguez, D.N.I. 23.334.633, la sanción de suspensión por el periodo de CUATRO (4) años. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 01 de noviembre de 2026. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-. Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

SÁNCHEZ, FACUNDO
La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 01.11.2022 el Tribunal de Nacional Antidopaje resolvió Imponer al atleta Facundo Sánchez D.N.I. 30.772.341, la sanción de suspensión por el periodo de 4 (CUATRO) años. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 01 de noviembre de 2026. 2. Disponer la descalificación y anulación de los resultados obtenidos en dicha competición y en cualquier otra posterior con pérdida de todo premio, medalla o punto. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN ELDEPORTE-. Buenos Aires, 19.07.2023. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

PENAS, EMILIANO

La COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE comunica que con fecha 01.04.2022 el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje resolvió imponer una sanción de suspensión (inhabilitación) por el periodo de CUATRO (4) años al Atleta EMILIANO PENAS (D.N.I. 28.054.323), deduciendo de dicho período 281 días por cumplimiento de suspensión provisional. En consecuencia, la sanción se cumplirá hasta el 23 de junio de 2025. El mencionado Atleta compite en el ámbito de la UNION CICLISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Dicha sanción se encuentra fundada en la Ley N° 26.912 y sus modificatorias - REGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE-. Buenos Aires, 01.04.2022. DIEGO GRIPPO. Presidente de la Comisión Nacional Antidopaje.

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