Presidencia de la Nación

Solicitar la inspección de los dispositivos y medios de salvamento a tráves de una nota por escrito.
Cumplidos los requisitos, se otorgará el correspondiente Certificado de Aprobación del Dispositivo.

¿A quién está dirigido?

El Propietario, Agente Marítimo o apoderado con poder general o especial o autorización del propietario con firma debidamente certificada por escribano público.

¿Qué necesito?

¿Cómo hago?

  1. Presentá la solicitud por escrito en la Mesa de Entrada General del Edificio “Guardacostas” o en la Dependencia de la Prefectura más cercana al lugar de residencia del interesado. Allí se le asignará un número de expediente.

  2. En caso de haber cumplido los requisitos correspondientes:
    Solicitá la inspección del dispositivo a través de la División Inspecciones Técnicas (Oficina 1.58) quien confeccionará el formulario de Solicitud de Inspección (F-001-MW9).

  3. Presentar la documentación.
    Notificarse y solicitar la Inspección.
    Retirar el Certificado.

¿Cuánto tiempo lleva?

El trámite lleva: 45 días
  • Entre treinta y cuarenta y cinco días, si el trámite se inicia en el edificio GUARDACOSTAS.
  • En el caso que el trámite se realice en alguna Dependencia del Interior del país, deberán contemplarse los tiempos requeridos por el trámite postal.

¿Cuál es el costo?

Vigencia

180 días

Tiempo en el que se finalizará con el mismo, caso contrario se procederá a su archivo.

Silencio administrativo

Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 45 días habiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

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