Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes del Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos - Novena edición


Si tenés dudas sobre el Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos, te recomendamos la lectura de nuestras respuestas orientadoras.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden postularse al Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos?

Pueden aplicar personas humanas y jurídicas que desarrollen alguna de las actividades vinculadas con el sector turístico (alojamiento, gastronomía, agencias de viajes, transporte turístico, guías y otros prestadores de servicios turísticos) en la ciudad de Posadas, afectadas por el cierre del Aeropuerto Libertador General José de San Martín. Se contempla también a empleados en relación de dependencia.

Volver al índice

¿Cuáles son los requisitos para postularse?

Los prestadores turísticos afectados por el cierre del Aeropuerto Libertador General José de San Martín deberán acreditar que su labor principal se encuentra vinculada con la actividad turística que se desarrolla en la provincia de la ciudad de Posadas a través de una nota emitida por el Ministerio de Turismo de Misiones.

Además deberás presentar:

  • De ser Monotributista, tres (3) períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en los últimos doce (12) meses previos a la solicitud del presente beneficio.

  • En el caso de personas jurídicas, acreditar seis (6) meses consecutivos de ejercicio en los últimos doce (12) meses previos a la solicitud del presente beneficio.

  • En caso de ser empleado debe adjuntar una nota del empleador que certifique que la persona presta tareas a su cargo y que incluya los datos del empleado (nombre, apellido, DNI y N° de CUIL).

Volver al índice

Si ya resulté beneficiario de una edición anterior de APTur, ¿puedo volver a postularme en esta novena instancia?

Sí, quienes ya hayan resultado beneficiarios de otras ediciones de APTur podrán volver a postularse en esta novena instancia.

Volver al índice

¿Qué documentación tengo que presentar para inscribirme?

Para inscribirte, tendrás que presentar:

  • Copia del Documento Nacional de Identidad del postulante.

  • En el caso de ser monotributista o autónomo, constancia de inscripción en AFIP, que acredite como mínimo tres (3) períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en los últimos doce (12) meses previos a la solicitud del presente beneficio.

  • En caso de haberte dado de baja al régimen simplificado para pequeños contribuyentes, deberás adjuntar el formulario de reporte histórico de categorías incluido en el servicio de cuenta corriente de monotributistas y autónomos (CCMA), en la página web de AFIP. Podés seguir estos pasos para descargar ese reporte histórico correctamente.

  • En el caso de personas jurídicas, deberán acreditar seis (6) meses consecutivos de ejercicio en los últimos doce (12) meses previos a la solicitud del presente beneficio. Asimismo, deberán acompañar documentación que acredite la existencia de la sociedad (a modo de ejemplo: copia simple del estatuto con la correspondiente inscripción a la IGJ o Registro Público, copia simple del contrato social con la correspondiente inscripción, etc.) y la representación invocada (sea con acta de designación inscripta en la IGJ o Registro Público o en copia fiel certificada por escribano público). Si es un apoderado, debe adjuntar copia del poder.

  • En caso de ser empleado debe adjuntar una nota del empleador que certifique que la persona presta tareas a su cargo y que incluya los datos del empleado (nombre, apellido, DNI y N° de CUIL).

  • Nota expedida por el Ministerio de Turismo de la provincia de Misiones que acredite fehacientemente que su actividad se relaciona con el sector turístico y que se desarrolla en la ciudad de Posadas.

  • Constancia de CBU de una cuenta en pesos, cuya titular sea la persona humana o jurídica, en la cual se efectuará la transferencia. No son aptas para recibir el beneficio las cuentas virtuales.

Volver al índice

¿Tengo que realizar una rendición de gastos?

No se solicitará una rendición de gastos. Para recibir el beneficio se requerirá la realización de las capacitaciones notificadas mensualmente vía correo electrónico.

Volver al índice

Una vez finalizado el curso seleccionado, ¿es necesario enviar el certificado?

No es necesario enviar el certificado del Programa de Formación Virtual. El Ministerio de Turismo y Deportes verificará su cumplimiento. Para ello es necesario que los datos ingresados en el campus (nombre, apellido y DNI) coincidan con los cargados en el formulario de postulación.

Volver al índice

¿Puedo modificar los datos cargados en el formulario de postulación?

El formulario de postulación tiene carácter de declaración jurada, una vez ingresado no se pueden modificar los datos.

Volver al índice

¿Qué tipo de cuenta necesito para recibir los fondos?

La cuenta en la que recibirás los fondos debe ser en pesos argentinos y el/la titular debe ser la persona que se postula. En caso de que se postule una persona jurídica, la cuenta debe estar a nombre de la empresa. No son aptas para recibir el beneficio las cuentas virtuales. Revisá con tu banco que la misma esté habilitada para recibir transferencias.

Volver al índice

Activar: 
0
Scroll hacia arriba