El Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos VIII - APTur VIII, Resoluciones 490/2023 y 501/2023, busca brindar apoyo económico a aquellas personas cuya actividad turística se ve afectada por problemáticas ambientales imprevistas, originadas en causas naturales o antrópicas, que por su magnitud dificulten el desarrollo de la actividad turística con normalidad.
Esta segunda convocatoria está dirigida a prestadores y prestadoras cuya labor principal se encuentre vinculada con la actividad turística y se haya visto afectada por la emergencia hídrica por el desborde de los ríos Paraná, Uruguay, Iguazú y Paraguay.
El beneficio
El beneficio constará de un aporte no reembolsable por el monto de $2 millones. Para recibirlo, las y los prestadores deberán inscribirse, realizar y aprobar una capacitación del Programa de Formación Virtual del Ministerio de Turismo y Deportes.
Los beneficiarios
Personas humanas y jurídicas cuya labor principal se encuentra vinculada con la actividad turística y se haya visto afectada por la emergencia hídrica por el desborde de los ríos Paraná, Uruguay, Iguazú y Paraguay.
Importante
La inscripción se encuentra finalizada.