Presidencia de la Nación

Rubros y montos máximos a financiar para Crédito Fiscal


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Rubros a financiar

En el marco de una propuesta se podrán financiar los rubros principales que se detallan a continuación, con sus respectivos límites máximos:

Acción Componente Modalidad Rubros Monto máximo a financiar
Formación profesional Curso cerrado Presencial/Semipresencial Honorarios docentes $ 4.800 por hora reloj
Insumos $ 8.640 por persona
Elementos de protección personal (EPP) (solo para Trabajadoras/es desocupadas/os) $ 10.800 por persona
Ropa de trabajo (solo para trabajadoras/es desocupadas/os) $ 7.200 por persona
Virtual Honorarios docentes $ 4.800 por hora reloj
Curso abierto Presencial/Virtual Arancel por trabajador/a $2.400 por hora y trabajador/a si la carga horaria es menor a 50 horas; y $1.680 por hora y por trabajador/a si la carga horaria es mayor a 50 horas.
Equipamiento - - 50% de la acción de formación profesional
Certificación calidad Consultoría certificación $ 1.125.000
Auditoría certificación $ 877.500
Consultoría re-certificación $ 225.000
Auditoría re-certificación $ 630.000

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Descripción de los rubros

A fin de precisar con más detalle qué se financia, ejemplificamos los rubros:

  1. Insumos. Son aquellos elementos consumidos en la capacitación brindada (ej. electrodos en un curso de soldadura, harina en un curso de pastelería, etc.).
  2. Elementos de protección personal. Serán financiables solo para desocupados, reconociéndose únicamente cascos, guantes, mangas, protección ocular y calzado de seguridad.
  3. Ropa de trabajo. Será financiable solo para desocupados, entendiéndose como ropa de trabajo a elementos tales como overol, mameluco o similares. No se financiará uniforme de trabajo.
  4. Consultoría de Certificación. Proceso de preparación para la certificación de una norma por vez primera en la organización.
  5. Consultoría de Recertificación. Proceso análogo a la Consultoría de Certificación, pero de revalidación sobre una norma ya certificada previamente.
  6. Auditoría de Certificación. Proceso de auditoría por parte de un Organismo de Certificación respecto del cumplimiento de una norma a implementarse por vez primera en la organización.
  7. Auditoría de Recertificación. Proceso análogo a la Auditoría de Certificación, pero de revalidación sobre una norma ya certificada previamente.

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Rubros complementarios financiables

Como parte de la propuesta se reconocerán:

  1. Honorario contador. Se reconocerán hasta dos (2) certificaciones: una (1) para la presentación de la propuesta y una (1) para la rendición de cuentas. En ambos casos, hasta pesos diecinueve mil doscientos ($ 19.200).
  2. Honorario escribano. Se reconocerá sólo para cooperativas de trabajo que asocien desocupadas/os, y sólo una (1) certificación para la rendición de cuentas y por hasta la suma de pesos diecinueve mil doscientos ($ 19.200).
  3. Honorarios de desarrollo y acompañamiento de la propuesta: es el reconocimiento de honorarios profesionales para la formulación de la propuesta, la coordinación de su ejecución y posterior rendición de cuentas. Esta función podrá ser asumida por personas físicas y/o por instituciones intermedias encargadas de la promoción del desarrollo MiPyME en una región o localidad; entes de Agrupamientos industriales; Universidades Públicas Nacionales o Provinciales, sus cooperadoras o fundaciones; Instituciones de Formación Profesional.
    El monto a reconocer por este rubro para la acción de Formación Profesional será igual al diez por ciento (10%) del monto total integrado por los cursos. Mientras que en la acción de Certificación de Calidad en el monto máximo a reconocer por este rubro para será igual al cinco por ciento (5%) del monto total previsto para tal acción. En cualquier caso, el monto máximo a reconocer en este rubro es de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000).

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Estímulos económicos por incorporación de trabajadoras/es desocupadas/os

La empresa o cooperativa responsable podrá acceder a un incremento en el monto total aprobado para la ejecución de la propuesta cuando se comprometa a incorporar a su nómina de trabajadores a desocupados mayores de DIECIOCHO (18) años que hayan finalizado acciones de formación profesional en el marco de la propuesta o cuando tal compromiso lo asumieran los organismos adherentes que integran su propuesta.
Las condiciones para acceder al mencionado incremento son las siguientes:
1. La empresa o cooperativa deberá manifestar expresamente la intención de incorporar trabajadores desocupados en la presentación de la propuesta a través de la “Plataforma Crédito Fiscal”, expresando la cantidad de trabajadores a contratar o a asociar.
2. Para las empresas, el incremento en el monto total aprobado será conforme se describe en el siguiente cuadro:
Incremento del monto de la propuesta en función de incorporación de trabajadoras/es desocupadas/os

Cantidad de trabajadores en nómina Incorporación de 1 trabajador Incorporación de 2 a 5 trabajadores Incorporación de 6 a 10 trabajadores Incorporación de más de 10 trabajadores
4 a 5 30% 40% 45% 50%
6 a 15 20% 30% 40% 50%
16 a 80 10% 20% 30% 40%
Más de 80 0% 10% 20% 30%
  1. Para las cooperativas, el incremento en el monto total aprobado será conforme se describe en el siguiente cuadro:
    Incremento del monto de la propuesta en función de trabajadoras/es desocupadas/os a asociar

    Incorporación de 1 a 5 trabajadoras/es Incorporación de 6 a 10 trabajadoras/es Incorporación de más de 10 trabajadoras/es
    30% 40% 50%

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Estímulos económicos por incorporación de personas travestis-trans y/o participantes de programas

Se entiende por estímulos económicos por incorporación de personas con discapacidad y/o personas travestis, transexuales y transgénero, y/o participantes de programas o acciones de empleo y/o formación profesional administrados por la Secretaría de Empleo
La empresa o cooperativa accederá a un estímulo adicional e independiente del anterior, equivalente a un cinco por ciento (5%) por trabajador incorporado, con un máximo de estímulo del veinticinco por ciento (25%).

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Requisitos para acceder al incremento económico
  • Para establecer el incremento correspondiente, las empresas deberán indicar la cantidad de trabajadores en nómina al momento de la presentación.
  • Para acceder al incremento por incorporación de trabajadoras/es desocupadas/os, las contrataciones del nuevo personal deberán formalizarse exclusivamente por tiempo indeterminado.
  • La empresa acreditará la incorporación de las/os trabajadoras/es desocupadas/os que contrate a través de la presentación del alta temprana (Mi Simplificación) y de la constancia del cumplimiento de las obligaciones para con la Seguridad Social durante un mínimo de TRES (3) meses al momento de la rendición de cuentas.
  • La cooperativa de trabajo acreditará la asociación de las/os trabajadoras/es desocupadas/os que asocie, a través de la presentación de la copia certificada por escribano público de su libro de asociados donde consten las incorporaciones propuestas con una antigüedad no menor a TRES (3) meses al momento de la rendición de cuentas.

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