Presidencia de la Nación

Voluntarios


Las personas que deseen contratar voluntariamente un plan de salud pueden hacerlo ante las Entidades de Medicina Prepaga (inscriptas en la Superintendencia de Servicios de Salud) que comercialicen planes de adhesión voluntaria o planes complementarios por mayores servicios, sin que puedan ser rechazadas por criterios de edad o alguno de los supuestos comprendidos en el Artículo 1º de la Ley Nº 23.592 -Actos Discriminatorios-.

Al realizar la contratación, el usuario adherente deberá completar el contrato de adhesión voluntaria de la Entidad y la Declaración Jurada de antecedentes médicos, y abonar el valor del plan mensual.
La Entidad de Medicina Prepaga únicamente podrá rescindir el contrato si el usuario deja de abonar la cuota por tres (3) periodos consecutivos o si ha otorgado datos falsos en la Declaración Jurada.

Scroll hacia arriba