Título principal: Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil Ilustración de tapa: Imagen de brazos y manos de personas con distinto color de piel que sostienen el mundo y están rodeados por laureles Logo Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Datos editoriales: Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil. 1ra. edición: diciembre de 2020 Editado por Ediciones SAIJ de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Sarmiento 329, C.P. 1041AFF, C.A.B.A. Correo electrónico: ediciones@saij.gob.ar Esta publicación se encuentra disponible en forma libre y gratuita en: www.bibliotecadigital.gob.ar Este texto adaptado a la técnica de lectura fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo, y no reemplaza la versión original de la ley. La adaptación del texto y diseño de esta obra siguen las recomendaciones de IFLA (Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas) e Inclusión Europa para su elaboración. Su grado de legibilidad es Bastante fácil, según la escala de dificultad lectora del programa Inflesz. Algunos gráficos de esta publicación están inspirados en los símbolos pictográficos de la ARASAAC. Los símbolos pictográficos utilizados son propiedad del Gobierno de Aragón y han sido creados por Sergio Palao para ARASAAC (http://arasaac.org), que los distribuye bajo licencia Creative Commons (BY-NC-SA). Nuestro proceso de adaptación, redacción y edición de textos de información jurídica en Lectura Fácil está certificado bajo la norma IRAM - ISO 9001:2015. Distribución gratuita. Prohibida su venta. Título: ¿Qué es lectura fácil? Lectura fácil es una técnica de redacción, adaptación y publicación de textos. La técnica de lectura fácil se aplica al contenido, las ilustraciones y el diseño. La técnica de lectura fácil promueve el acceso a la información. La técnica de lectura fácil facilita la comprensión de textos escritos. La técnica de lectura fácil es un apoyo para las personas con dificultades para leer y comprender textos. Los textos en lectura fácil están destinados a: -personas con discapacidad intelectual, -personas extranjeras que viven hace poco en nuestro país y tienen escaso manejo del idioma español, -niños y niñas que empiezan a leer, -personas mayores que lo requieran, -personas con dificultades para comprender mensajes escritos. Todas las personas pueden leer y disfrutar un texto en lectura fácil. Título: Introducción Las personas representantes de muchos países crearon Naciones Unidas en el año 1945. Las personas representantes de los países de Naciones Unidas hicieron una asamblea. La Asamblea de Naciones Unidas discute problemas de todo el mundo. La Asamblea de Naciones Unidas creó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es una ley escrita. La Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil no es una ley. La Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil es un texto escrito adaptado. Título ilustración: La Asamblea de Naciones Unidas creó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Ilustración: Imagen del escudo de las Naciones Unidas La Declaración Universal de los Derechos Humanos tiene un preámbulo y 30 artículos. El preámbulo resume los objetivos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Los artículos hablan de: -nuestros derechos civiles, -nuestros derechos políticos, -nuestros derechos económicos, -nuestros derechos sociales, -nuestros derechos culturales. Los derechos humanos son derechos que tienen todas las personas por ser personas. Nadie puede quitarnos nuestros derechos humanos. No podemos renunciar a nuestros derechos humanos. Nuestros derechos humanos valen para siempre. Nuestros derechos humanos valen en todo el mundo. Título ilustración: Reconocer los derechos de todas las personas asegura paz en el mundo. Ilustración: Imagen de una paloma volando con una rama de olivo en su pico. Título: Declaración Universal de los Derechos Humanos Subtítulo: Preámbulo Reconocer los derechos de todas las personas asegura paz, justicia y libertad en el mundo. Todas las personas tienen derecho a: -vivir en un mundo donde todas las personas se ayuden, -vivir en un mundo sin miserias, -tener libertad de pensamiento y creencias, -tener lo necesario para vivir, -progresar y desarrollarse, -tener leyes que protejan sus derechos. La Asamblea de Naciones Unidas creó la Declaración Universal de Derechos Humanos para promover: -el respeto de los derechos de esta declaración, -el respeto de las libertades de esta declaración, -el cumplimiento de esta declaración. La Asamblea de Naciones Unidas se compromete a garantizar los derechos y libertades de todas las personas. Título ilustración: Todas las personas tenemos los mismos derechos y libertades. Ilustración: Imagen de dos varones y una mujer con el símbolo de la balanza de la justicia entre sus manos. Artículo 1 Todas las personas nacemos libres. Todas las personas nacemos iguales. Todas las personas tenemos los mismos derechos. Todas las personas debemos respetarnos. Artículo 2 Todas las personas tenemos los mismos derechos y libertades, aunque tengamos diferente: -lugar de nacimiento, -sexo, -idioma, -color de piel, -religión, -opinión, -situación económica, -situación política del país o región donde vivimos. Título ilustración: Todas las personas tenemos derecho a la libertad. Ilustración: Imagen de un joven que rompe las cadenas que sujetaban sus manos. Artículo 3 Tenemos derecho a la vida. Tenemos derecho a la libertad. Tenemos derecho a vivir protegidas y protegidos. Artículo 4 La esclavitud está prohibida. La compra y venta de personas está prohibida. Texto destacado: La esclavitud es el sometimiento de una persona a otra para obligarla a trabajar o a hacer cosas que no quiere. Fin de la aclaración. Artículo 5 Nadie puede torturarnos. Nadie puede maltratarnos. Texto destacado: Torturar es lastimar a propósito a una persona para conseguir algo. Por ejemplo, para obligarla a hablar o confesar algo. Fin de texto destacado. Artículo 6 Nuestros derechos deben respetarse. Nuestros derechos valen en todo el mundo. Artículo 7 Las leyes son las mismas para todas las personas. Las leyes deben proteger de la misma forma a todas las personas. Las leyes deben protegernos contra la discriminación. Texto destacado: Discriminar es apartar a una persona o grupo de personas por motivos como: -religión, -color de piel, -sexo, -situación económica. Fin de texto destacado. Artículo 8 Todas las personas deben respetar nuestros derechos fundamentales. Tenemos derecho a pedirle a la justicia que proteja nuestros derechos fundamentales. Texto destacado: Los derechos fundamentales son derechos que tenemos las personas por el solo hecho de ser personas. El derecho a la vida es un derecho fundamental. El derecho a la libertad es un derecho fundamental. El derecho a trabajar es un derecho fundamental. Fin de texto destacado. Artículo 9 Nadie puede apresarnos sin causa. Nadie puede encarcelarnos sin causa. Nadie puede expulsarnos del país donde vivimos sin causa. Título ilustración: Tenemos derecho a defendernos en un juicio. Ilustración: Imagen de un varón privado de libertad declarando frente a una jueza. Artículo 10 Tenemos derecho a defendernos en un juicio igual que las demás personas. Las juezas y jueces deben oírnos y después tomar decisiones. Las decisiones de las juezas y jueces deben ser independientes. Artículo 11 En un juicio, todas las personas somos inocentes hasta que las juezas y jueces decidan si hicimos algo en contra de la ley. Las juezas y jueces no pueden: -condenarnos por algo que no hicimos, -aplicarnos una condena mayor a la que dice la ley, -condenarnos por algo que no es delito para la ley. Artículo 12 Nadie puede entrar sin permiso a nuestra casa. Nadie puede leer sin permiso nuestras cartas. Nadie puede revisar sin permiso nuestras cosas. Tenemos derecho a que la ley proteja nuestra vida privada. Título ilustración: Tenemos derecho a tener una nacionalidad. Ilustración: Imagen de una bandera que tiene el dibujo de un varón en su interior. Artículo 13 Tenemos derecho a recorrer nuestro país. Tenemos derecho a decidir en qué lugar queremos vivir. Tenemos derecho a entrar y salir de nuestro país. Artículo 14 Si nos persiguen injustamente en nuestro país, tenemos derecho a pedir asilo en otro país. Texto destacado: El asilo es el derecho que permite a las personas perseguidas políticas recibir protección en un país extranjero. Fin de texto destacado. Artículo 15 Tenemos derecho a tener una nacionalidad. Nadie puede quitarnos nuestra nacionalidad sin motivo. Tenemos derecho a pedir a las autoridades cambiar de nacionalidad. Título ilustración: Cada persona es dueña de sus cosas. Ilustración: Imagen de una mujer en la puerta de una casa y una bicicleta. Artículo 16 Tenemos derecho a formar una familia desde que tenemos edad suficiente. Tenemos derecho a casarnos desde que tenemos edad suficiente. Los varones y las mujeres tienen los mismos derechos en el matrimonio. Nadie puede obligarnos a casarnos. Tenemos derecho a elegir con quién casarnos. Todas las familias del mundo merecen protección. Artículo 17 Cada persona es dueña de sus cosas. Las personas pueden ser dueñas de cosas junto con otras personas. Nadie puede quitarnos nuestras cosas sin razón o por la fuerza. Texto ilustración: Tenemos derecho a expresar nuestra religión Ilustración: Imagen de un hombre rezando. Artículo 18 Podemos pensar con libertad. Podemos elegir nuestra religión o creencia. Tenemos derecho a: -expresar nuestra religión o creencia, -rezar en soledad y con otras personas, -estudiar y aprender acerca de nuestra religión o creencia, -cambiar de religión. Texto ilustración: Tenemos derecho a opinar con libertad. Ilustración: Imagen de un varón que tiene un globo de diálogo que dice Yo pienso. Artículo 19 Tenemos derecho a opinar y expresarnos con libertad. Tenemos derecho a investigar e informarnos. Tenemos derecho a publicar y difundir nuestras opiniones. Artículo 20 Tenemos derecho a juntarnos con otras personas. Tenemos derecho a participar de una asociación. Nadie puede obligarnos a participar de una asociación. Texto destacado: Una asociación es un grupo de personas que se junta para hacer cosas buenas y útiles. Fin de texto destacado. Artículo 21 Tenemos derecho a participar del gobierno de nuestro país. Tenemos derecho a formar parte del gobierno de nuestro país. Tenemos derecho a elegir a las personas que nos gobiernan. Elegimos a las personas que nos van a gobernar cuando votamos. Ningún voto vale más que otro. Ninguna persona está obligada a decir por quién vota. Tenemos derecho a votar en libertad. Artículo 22 Tenemos derecho a tener lo necesario para vivir. Tenemos derecho a la seguridad social. Tenemos derecho a practicar nuestros derechos económicos, sociales y culturales. Los derechos económicos, sociales y culturales nos permiten nuestro desarrollo como personas. Texto destacado: La seguridad social es la protección que los países dan a las personas en situaciones especiales. Los derechos económicos, sociales y culturales son los derechos que tienen que ver con las cosas mínimas que necesitamos para vivir. Fin de texto destacado. Artículo 23 Tenemos derecho al trabajo. Tenemos derecho a elegir nuestro trabajo. Tenemos derecho a que nos paguen un sueldo por hacer nuestro trabajo. El sueldo de una persona trabajadora debe ser igual al sueldo de otra persona trabajadora que hace el mismo trabajo. El sueldo de la persona trabajadora debe asegurarle lo necesario para vivir. La persona trabajadora tiene derecho a recibir protección de su país cuando: -el sueldo no le asegura lo necesario para vivir, -se queda sin trabajo. Las personas trabajadoras tienen derecho a organizarse para proteger sus derechos. Texto ilustración: Tenemos derecho a disfrutar del tiempo libre. Ilustración: Imagen de una mujer tomando sol en una reposera con una bebida en la mano. Artículo 24 Tenemos derecho al descanso. Tenemos derecho a disfrutar del tiempo libre. Las personas trabajadoras no pueden trabajar más de lo que dice la ley. Las personas trabajadoras tienen derecho a vacaciones pagas. Texto ilustración: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a cuidados y asistencia especial. Ilustración: Imagen de una médica que revisa el pecho de un niño con un aparato médico para escuchar los sonidos del cuerpo llamado estetoscopio. Artículo 25 Tenemos derecho a tener lo necesario para vivir. Tenemos derecho a que nuestros países nos aseguren: -asistencia médica, -buena alimentación, -vestimenta, -casa donde vivir. Tenemos derecho a recibir protección de nuestro país cuando: -no tenemos trabajo, -una invalidez nos impide trabajar, -nos enfermamos, -se muere nuestra pareja, -envejecemos. Los niños, niñas y adolescentes y personas embarazadas tienen derecho a cuidados y asistencia especial. Texto ilustración: La educación es un elemento central para el desarrollo de las personas. Ilustración: Imagen de una adolescente que tiene a sus dos lados letras y números. Artículo 26 Tenemos derecho a estudiar y a aprender. La educación básica debe ser obligatoria y gratuita. Las madres y los padres tienen derecho a elegir la educación de sus hijos y sus hijas. La educación es un elemento central para el desarrollo de las personas. La educación favorece: -la comprensión entre los países y las personas, -la amistad entre los países y las personas. Artículo 27 Tenemos derecho a: -participar de la vida cultural de nuestra comunidad, -disfrutar del arte, -participar de los avances científicos y sus beneficios. Tenemos derecho a que nuestros países protejan las cosas que creamos o inventamos. Texto destacado: La cultura es todo lo que hacemos y pensamos relacionado con: -el mundo, -la vida, -la religión, -el arte. La cultura es también la suma de actividades, valores y conocimientos humanos. Fin de texto destacado. Artículo 28 Tenemos derecho a vivir en un mundo que respete los derechos y libertades de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 29 La vida en comunidad es importante para el desarrollo de las personas. Cuando vivimos en comunidad, no podemos hacer lo que se nos antoja. Debemos siempre cumplir lo que dice la ley. Tenemos que respetar los derechos y libertades de las demás personas. El respeto de los derechos y libertades de las demás personas contribuye al bienestar de todas las personas. Artículo 30 La Declaración Universal de los Derechos Humanos protege nuestros derechos fundamentales. Nadie puede usar la Declaración Universal de los Derechos Humanos para hacernos daño. Nos interesa tu opinión. Entrá para contestar algunas preguntas. Copiá y pegá este vínculo en el buscador. https://www.argentina.gob.ar/justicia/lecturafacil/envianos-tu-opinion Fin de texto.