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Recibo de haberes
En la liquidación de haberes encontrará un detalle de los rubros que la componen. Los códigos 01 al 06 son los únicos sobre los que se aplica la retención del 11% en concepto de aporte de Ley. El importe total de ese descuento se consigna en el código 151 ... -
Recomendaciones para el cobro de haberes
Cobro de haberes Verifique periódicamente los descuentos que constan en su recibo de haberes. Recuerde que Ud. es responsable de informar cualquier diferencia detectada en sus haberes, ya sea por más o por menos. Si tiene observaciones, debe dirigirse dir ... -
Cronograma de pagos 2023
Con el fin de agilizar nuestro servicio, informamos que todos los retirados y pensionistas de las FF.AA. percibirán su haber en las fechas indicadas a continuación, sin importar la letra del apellido ni el lugar de cobro. De esta forma nos aseguramos que ... -
Servicio militar voluntario
Mediante la Ley 24429, reglamentada por el Decreto 978 (06-07-95) se le otorgó al Instituto la administración de los aportes personales de los soldados del servicio militar voluntario. Información de interés Al ser dados de baja los Soldados deberán solic ... -
Personal militar en actividad por períodos determinados
Mediante el Decreto 462/03, que reglamenta el Artículo 11 de la Ley 24948 se le otorgó al Instituto la administración de los aportes personales del personal militar en actividad por períodos determinados (PMAPD). Información de interés Al ser dados de baj ... -
Deudos de beneficiarios
Ante el fallecimiento de un beneficiario, resulta muy importante comunicarlo lo más rápido posible al Instituto y enviar fotocopia del certificado de defunción en cuanto se disponga de éste. De esta manera se abreviarán y agilizarán futuros trámites para ... -
Declaración jurada
Esta declaración Jurada es un requisito que deberá cumplimentarse anualmente o cuando sea requerido por el instituto. Tiene como finalidad verificar los cambios en el estado civil de las pensionistas a fin de fiscalizar y adecuar el beneficio pensionario ... -
Legajo personal
El legajo personal del beneficiario retirado es el elemento básico para que todo trámite relacionado con este Instituto pueda realizarse con precisión y en el más corto plazo. Las previsiones que se adopten en vida facilitarán que los deudos, ocurrido el ... -
Albacea
Designación de albacea Por la experiencia recogida en casos de fallecimientos el Instituto ha comprobado la eficacia del papel que desempeñan los albaceas contribuyendo al diligenciamiento de trámites poco conocidos por los deudos. La designación de albac ... -
Salida del país
El personal militar en situación de retiro que goce de un haber de retiro, indemnizatorio o de pensión, podrá ausentarse del país o residir en el extranjero sin afectación de su beneficio, siempre que dé cumplimiento a las normas vigentes en su Fuerza res ... -
Supervivencia
Convenio IAF-RENAPER El acuerdo firmado entre el IAF y Renaper permite acreditar de forma simple y segura la supervivencia y elimina la necesidad de realizar el trámite para aquellos beneficiarios y beneficiarias que cobran sus haberes a través del Banco ... -
Seguros
Seguro de vida obligatorio El seguro de vida obligatorio de todo el personal militar en actividad puede mantenerse en su haber de retiro bajo el código de descuento 177. El instituto tiene en resguardo la información sobre los beneficiarios de este seguro ... -
Impuesto a las ganancias
Se trata de un impuesto nacional que recae sobre los haberes o rentas obtenidos durante el año calendario. El mismo se calcula mediante la aplicación de una alícuota progresiva sobre la ganancia neta (ingresos menos gastos deducibles) obtenida durante el ... -
Pago de ayuda escolar
Aviso Importante: Pago de ayuda escolar La ayuda escolar anual es una asignación de pago único que se abona automáticamente por cada hijo en edad escolar que haya presentado el certificado escolar hasta el 31 de diciembre y se encuentren dentro de los 4 a ... -
Documentación respaldatoria para la percepción de asignaciones familiares
Asignación prenatal Comunicar a partir del tercer y hasta el sexto mes de gestación, presentando certificado médico, donde deberá constar fecha probable de parto. Si es acreditado con posterioridad al sexto mes cumplido de gestación se abonara solo los me ...