Los convenios internacionales son acuerdos en materia de Seguridad Social que se realizan entre dos o más Estados, estableciendo reglas recíprocas para que las personas que trabajaron en esos países puedan acceder a las prestaciones de los Estados que firmaron ese convenio.
La República Argentina celebró convenios bilaterales con Bélgica, Bolivia, Chile, Brasil, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Israel, Italia, Luxemburgo, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana y Uruguay. También suscribió el Convenio Iberoamericano de Seguridad Social, vigente desde 1980 y el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercosur con Brasil, Paraguay y Uruguay, en vigencia desde el día 1 de junio de 2005.
Desde el 1 de agosto de 2016, se encuentra en vigencia para la República Argentina el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social que incluye a Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, Republica Dominicana y Uruguay.
¿A quién está dirigido?
A las personas que trabajan o han trabajado en relación de dependencia o de forma autónoma en alguno de esos países con los que Argentina tiene un Convenio Internacional vigente y han realizado los aportes respectivos a los sistemas de la Seguridad Social.
Se puede acceder a estas prestaciones:
- Jubilación.
- Prestación por edad avanzada.
- Retiro por invalidez.
- Pensión por fallecimiento de un trabajador en actividad.
- Pensión por fallecimiento de un jubilado.
- Reconocimiento de servicios.
- Traslado temporario de trabajadores por Convenio Internacional.
¿Cómo hago?
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Reuní la documentación requerida según tu situación de servicio.
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Solicitá un turno en ANSES para solicitar una prestación:
- si vivís en AMBA: Unidad de Atención de Trámites con Organismos Externos (Pte. Juan D. Perón 332, CABA, 8 a 14 h.). El turno se otorga allí de forma presencial.
- si vivís en el interior del país: oficina de ANSES más cercana a tu domicilio. -
Para quienes viven en el exterior
Comunicate al (54–11) 4015 - 5825 o enviá un correo electrónico a: ResidentesExterior@anses.gob.ar.
Importante
La presentación de la documentación se realiza al momento de iniciar tu trámite ante el organismo correspondiente en el lugar de residencia o en el último país donde se hubieran registrado aportes y mantenga un acuerdo bilateral o multilateral vigente con la República Argentina. Si durante tu vida laboral trabajaste en el país en actividades de servicios comunes por un tiempo y en actividades especiales, riesgosas o insalubres en otro período, se tomarán en cuenta los requisitos de cada actividad para calcular la edad jubilatoria. Lo mismo sucederá con las condiciones específicas de cada convenio internacional al que se adhiera para tu situación en particular.
¿Cuál es el costo?
Gratuito