El Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijos.
Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.
¿A quién está dirigido?
A mujeres con hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
En el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado se computa:
- 1 año de aportes por hijo.
- 2 años de aportes por hijo adoptado.
- De forma adicional: 1 año por hijo con discapacidad y 2 años en caso de que hayas sido beneficiario de la Asignación Universal por Hijo por al menos 12 meses.
- Además, se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos.
¿Qué necesito?
DNI.
Partidas de nacimiento de tus hijos.
Si tenés hijos con discapacidad: Certificado de Discapacidad (CUD).
Si tus hijos son adoptados: Sentencia de adopción.
¿Cómo hago?
Revisá que tus hijos se encuentren registrados en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a “Información Personal” > “Datos personales y familiares”.
Reuní la documentación requerida.
Solicitá un turno en una oficina de ANSES.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Información complementaria
Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con la moratoria vigente (Ley 24.476) y con el Plan de Pagos de Deuda Previsional.