Solicitud de reconocimiento enfermedad profesional coronavirus COVID-19: trámite destinado a evaluar la naturaleza laboral de la enfermedad coronavirus COVID-19.
¿A quién está dirigido?
A los ciudadanos que deseen determinar si la enfermedad Coronavirus COVID-19 es de carácter profesional.
Podrás iniciar el trámite si:
- Se diagnosticó Coronavirus COVID-19.
- Se denunció la enfermedad a la ART/EA.
- La ART/EA otorgó el alta médica.
¿Qué necesito?
- Copia de DNI / Copia Acta de Defunción en supuestos de fallecimiento.
- Copia de Alta Médica otorgada por la ART/EA.
- Historia clínica de la enfermedad COVID-19, para el supuesto que hayas recibido atención médica en tu obra social o en prestadores públicos o privados.
- Un escrito que deberá contener:
a. la descripción del puesto de trabajo, funciones, actividades o tareas habituales desarrolladas, y jornadas trabajadas durante el aislamiento social.
b. Fundamento de relación de causalidad de la enfermedad denuncia COVID-19.
Opción de Competencia Territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional
En el caso de que haya optado por el domicilio del DNI: Opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada por el trabajador.
En el caso de que haya optado por el domicilio del empleador, deberá completar el Formulario Res. SRT 11/18 o en su defecto Constancia del trabajador Res. SRT 698/17.
- Es necesario que cuentes con un letrado patrocinante y aportes:
a. Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador o derechohabiente, en supuestos de fallecimiento).
b. Matrícula del letrado patrocinante y copia del DNI del letrado patrocinante.
- Completar la declaración Jurada del empleador en los términos del artículo 1° de la Resolución SRT 10/2021 Link Anexo I.
¿Cómo hago?
Reuní la documentación.
Iniciá el expediente de alguna de las siguientes formas:
- De manera presencial en la comisión médica. Para ello, deberás sacar un turno en la sede de tu elección.
- De manera virtual a través de la página de AFIP e-Servicios. Conocé el procedimiento.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 30 días
El trámite puede llevar hasta 30 días.
IMPORTANTE: tener en cuenta que en aquellos supuestos de fallecimiento del trabajador diagnosticado con Coronavirus COVID-19, la ART/EA/MUTUAL estarán en condiciones de iniciar el trámite, una vez que los supuestos derechohabientes acrediten la documentación requerida, conforme lo establecido en la Res. SRT 10/2021.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito