VIGENCIA DEL NUEVO MARCO NORMATIVO DE IGJ
Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Podés solicitar los siguientes certificados:
- certificado de vigencia
- certificado de domicilio
- certificado de medidas cautelares
- certificado de vigencia por cambio de jurisdicción
- certificado de vigencia y pleno cumplimiento (CEVIP)
¿Qué necesito?
Usuario TAD ingresando desde Mi Argentina o AFIP nivel 2 o superior
Tener a mano el Correlativo de la Entidad y el nombre completo
Nombre del organismo al cual vas a presentar el certificado.
Tené en cuenta antes de solicitar estos certificados:
La entidad debe estar al día con las obligaciones ante IGJ.
CEVIP: No haber superado el período de Vigencia / Pago de Tasas / Presentación de Balances / Declaración Jurada Res. IGJ 01/2010.
VIGENCIA POR CAMBIO DE JURISDICCIÓN: No haber superado el período de Vigencia / Presentación de Balances / No pesar sobre la entidad medidas cautelares o concursales.
¿Cómo hago?
Presentación a través de TAD
Completá el formulario con los datos que irá requiriendo el sistema. Una vez completado, podrás realizar el pago.
La totalidad del trámite se resuelve de manera electrónica.
Tanto la información solicitada, como las notificaciones y las observaciones que puedan surgir, serán enviadas a tu casilla de correo registrada en TAD.
Estos trámites pueden ser realizados mediante procedimiento urgente (únicamente para las sociedades comerciales con número correlativo mayor a 1.000.000).
Para el certificados de entidades civiles, no se contempla el timbrado urgente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Asociaciones civiles Categoría I: 4 módulos
Asociaciones civiles Categoría II: 8 módulos
Asociaciones civiles Categoría III: 12 módulos
Fundaciones: 8 módulos
Calculá el valor del trámite