Si sos Legítimo Usuario vigente de amas de Uso Civil Condicional, podes solicitar la autorización para la tenencia y uso de un supresor y/o una mira en tu arma de fuego.
Para eso, tenés que presentarte en la delegación RENAR que prefieras con el Certificado de Legítimo Usuario, el certificado de socio de un club de tiro autorizado o tu licencia de caza vigente, declarar el dispositivo y acreditar que es compatible con tu arma registrada.
¿Qué necesito?
-
Tener previamente usuario y contraseña de MiArgentina con validación biométrica.
-
Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego.
-
Certificado de socio de una entidad de tiro autorizada e inscripta ante el RENAR o contar con una licencia o permiso de caza vigente, expedido por la autoridad nacional o provincial competente, para actividad cinegética en un predio habilitado e inscripto ante el RENAR.
¿Cómo hago?
-
Pedí turno para el trámite ingresando a la plataforma MiRENAR con tu usuario y contraseña de MiArgentina o gestiona el turno en la sede del RENAR que elijas.
-
Acreditar tu vínculo con la actividad. Presenta en la sede elegida, físicamente:
• Certificación de socio de una entidad de tiro autorizada e inscripta ante el RENAR, o
• Licencia o permiso de caza vigente, expedido por la autoridad nacional o provincial competente, para actividad cinegética en un predio habilitado e inscripto ante el RENAR. -
Declarar el dispositivo y el arma compatible. Declara ante el RENAR el supresor/moderador de sonido o mira nocturna que querés registrar, y acredita la compatibilidad con el arma de fuego registrada a tu nombre.
-
Completar el formulario y pagar el arancel. Completa el Anexo I y abona el arancel en la misma sede. Podes descargarlo y llevarlo completo.
-
¿Cómo y cuándo sabes si te otorgaron la tenencia? El RENAR evalúa la solicitud -incluida la compatibilidad técnica y funcional razonable entre el dispositivo y las armas de tu legajo registral- y te notifica el resultado a través del correo electrónico que hayas constituido en Mi RENAR (por favor verifica en carpeta de SPAM).
¿Cuál es el costo?
El precio del Trámite son 20 Unidades RENAR.
Puedes consultora el valor de la Unidad RENAR ingresando a MiRENAR
Información complementaria
Aclaración: en caso de solicitar una mira nocturna para actividades cinegéticas, su utilización estará sujeta a la normativa vigente en la jurisdicción correspondiente y requerirá contar con el permiso de caza otorgado por la autoridad competente.