El trámite Incluye tres vías de tenencia:
- Adquisición (compra a UCOM)
- Transferencia (entre legítimos usuarios)
- Tenencia por Introducción (Introducción definitiva de armas)
Todos los trámites deben cumplir con los requisitos obligatorios establecidos en la Resolución RENAR 37/2025.
¿Qué necesito?
-
Identificación del material (tipo, marca, modelo, calibre, N° de serie si fuera conocido y CUIM si lo tuviere).
-
Declaración jurada Anexo I de la Resolución 37/2025.
-
Acreditación de uso deportivo conforme Art. 2. de la Resolución 37/2025.
-
DDJJ Sector de guarda tipo G2 acreditación mediante fotografías de las condiciones del seguridad del mismo.
-
Fotografías del material (fotografías que incluyan vistas generales de ambos laterales y de cada uno de los marcajes y numeración correspondientes a marca, modelo, calibre y número de serie).
-
Otros Elementos Probatorios que considere
-
Certificado de Antecedentes Penales. Su fecha de emisión no debe superar los sesenta (60) días corridos al momento que presentes los papeles.
-
Para transferencias: Conformidad del vendedor Anexo II
-
Para introducción definitiva de armas: Nota que explique los motivos por los que se solicita la introducción definitiva (Disp. 883/11)con fecha probable o cierta de viaje, y aduana interviniente.
¿Cómo hago?
-
Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de RENAR que prefieras.
-
Retirá la documentación emitida por el RENAR en la delegación en la que iniciaste el trámite.
En caso de que el trámite tenga alguna observación:
- Recibirán la notificación de la observación por Mi Renar
- Luego, deberán cumplimentar la misma adjuntando la documentación requerida mediante TAD Presentaciones ANMAC - Generar un Nuevo Trámite de Adjunta Documentación, poniendo en el Asunto lo siguiente: “Armas del Decreto 397/25 – Expediente N° (llenar el número de expediente original presentado)”
- Enviar un mail a operaciones@anmac.gob.ar cuando hayan cumplimentado las observaciones vía TAD.
¿Cuál es el costo?
$30000.00
Tenencia y TCC
$40000.00
Solicitud de introducción definitiva
Vigencia
La tenencia es definitiva (siempre y cuando esté vigente la credencial de legítimo usuario).
Descargas
- Anexo I Decreto 397/2025 (pdf,665.6 Kb) Descargar archivo
- Anexo II Decreto 397/2025 (pdf,565.3 Kb) Descargar archivo