VIGENCIA DEL NUEVO MARCO NORMATIVO DE IGJ
Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Tené en cuenta los detalles de los requisitos a la hora de presentar la documentación.
¿A quién está dirigido?
Asociaciones civiles, extranjeras sin fines de lucro, asociaciones civiles de segundo y tercer grado, fundaciones.
Sociedades accionarias.
Sociedades incluidas en el art. 299 Ley 19.550.
¿Qué necesito?
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Formulario de "Solicitud de convocatoria a asamblea por la Inspección General de Justicia". Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
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Escrito de presentación que deberá contener:
- Nombre y apellido y domicilio constituido del presentante, acreditando su personería (director, síndico, accionista, asociado).
- Nombre social (denominación social, razón social, etc.), sede social y, en caso de disponerse de los mismos, datos de inscripción o autorización, según corresponda, de la entidad denunciada.
- Relación circunstanciada de los hechos y las razones o motivos que fundamentan la petición.
- Acreditación de que ya fueron agotados los mecanismos legales y/o estatutarios cuya aplicación habría permitido obtener la convocatoria a la asamblea sin necesidad de solicitarla a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.
- Orden del día pretendido para la convocatoria.
- Firma del peticionante, con patrocinio letrado, en su caso.
El formulario para fundaciones se denomina "Solicitud de convocatoria a reuniones del consejo de administración por la Inspección General de Justicia".
¿Cómo hago?
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Completá el formulario y solicitá turno para Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia
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Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291
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Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
¿Cuál es el costo?
Asociaciones Civiles Categoría I, II y III: 6 módulos
Fundaciones: 10 módulos
Sociedades accionarias: 120 módulos
Sociedades incluidas en el art. 299 Ley 19.550: 120 módulos