Cuando te casás podés tramitar la Asignación por Matrimonio de ANSES. Se trata de un pago único que se puede abonar a ambas/os cónyuges, siempre que estén comprendidas/os en el Régimen de Asignaciones Familiares.
La solicitud se puede realizar desde los dos meses y hasta los dos años de celebrado el matrimonio.
¿A quién está dirigido?
- A trabajadoras/es registrados.
- A titulares de la prestación por desempleo.
- A personas que cobren a través de una una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
- A trabajadoras/es de temporada.
- A titulares de la pensión honorífica de Veteranas/os de Guerra del Atlántico Sur.
¿Qué necesito?
DNI de ambas/os.
Partida o acta de matrimonio.
Tener actualizados los datos personales y los vínculos familiares en ANSES.
Los ingresos del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
¿Cómo hago?
Acreditá tus datos personales
Revisá si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados, ingresando en mi ANSES. Si te falta presentar algo, podés acercarte a una oficina sin turno, con la documentación que acredite tus vínculos familiares (original y copia).
Reuní la documentación necesaria.
Podés realizar el trámite de dos maneras: por Internet o en forma presencial.
Por Internet
Ingresá a Atención virtual y completá los pasos que te indica el sistema.
En forma presencial
- Solicitá un turno en ANSES.
- Si es preciso, podés consultar la información del día y el lugar del turno asignado para cerciorarte o cancelarlo.
- Presentá la documentación en la oficina de ANSES el día del turno.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito