Si sos un Organismo de Certificación, acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) para los Reglamentos Técnicos y Metrológicos aplicables en el ámbito de la Ley N° 19.511 y necesitás reportar los certificados emitidos de Verificación Periódica, conocé cómo podés realizar la presentación.
¿A quién está dirigido?
A Organismos de Certificación que estén acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ex S.C.I N° 611/2019 – Anexo II.
¿Qué necesito?
Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior en ARCA.
Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD) y tener condición de apoderado en el sistema.
¿Cómo hago?
Iniciá el trámite a través de Trámites a Distancia (TAD) ante la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
Adjuntá los Certificados de Verificación Periódica emitidos y completá la planilla de reportes de la sección Descargas, con la información detallada a continuación:
- Identificación del solicitante.
- CUIT del solicitante.
- Número de Certificado.
- Denominación del instrumento, marca, modelo, origen y número de serie.
- Ubicación del instrumento (en caso de instrumentos de instalación fija).
- Fecha de emisión.
- Laboratorio interviniente.
- Números de certificados emitidos por el organismo de certificación interviniente.
Una vez presentada la solicitud, la Secretaría cuenta con un plazo de 5 días para dar conformidad a este reporte.
Una vez emitida la conformidad, el Organismo de Certificación podrá notificarle a la firma solicitante del certificado.
Información complementaria
Si querés conocer la normativa específica, ingresá en:
Ley de Metrología 19.511
Resolución 611/2019
Descargas
- Anexo I (313.6 Kb) Descargar archivo
- Requisitos y procedimiento Anexo II (193.3 Kb) Descargar archivo
- Instrumentos de medición reglamentados Anexo III (86.1 Kb) Descargar archivo
- Planilla reporte periódicas (15.2 Kb) Descargar archivo