Presidencia de la Nación

Las unidades productivas dedicadas a la producción convencional pueden convertirse a la producción orgánica luego de dar cumplimiento a la normativa orgánica vigente y de estar bajo una entidad certificadora durante un período ininterrumpido llamado Período de conversión


¿A quién está dirigido?

Entidades certificadoras de productos orgánicos y operadores orgánicos.

¿Qué necesito?

    • Convenio entre el operador orgánico y la entidad certificadora.
    • Inspección inicial dentro de los 30 días corridos de la firma del convenio.
    • Informe y Dictamen técnico a cargo del responsable técnico de la entidad certificadora, el cual detalla la fecha de inicio de la conversión, las áreas y/o lotes de los establecimientos y las actividades involucradas.
    • Contrato de arrendamiento, aparcería, comodato u otros, en caso de no ser propietario.
    • Encuesta original.
    • Informes de inspección.
      Plan de Producción.
    • Evidencias y documentación respaldatoria.
    • Planos.
    • Comprobante de pago.

¿Cómo hago?

  1. Por medio del portal TAD se presenta la nota de pedido de reducción del período de conversión con el detalle de los cultivos, lores y producciones de origen vegetal o animal suscripta por el responsable técnico de la entidad certificadora.

    También debe contener una declaración del cumplimiento de la normativa de producción orgánica vigente y una breve descripción de los motivos y la justificación de dicha solicitud.

  2. Adjuntar toda la documentación solicitada.

Información complementaria

Normativa
Resolución Senasa N° 374/2016

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. Estado de tu Expediente
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