Oficios librados por organismos oficiales de todo el país.
Todo oficio librado a la Inspección General de Justicia deberá cumplir con los recaudos y requisitos dispuestos por el artículo 6.5, del Anexo “A”, de la Resolución General IGJ Nº 7/2015.
¿A quién está dirigido?
Juzgados (excepto los que deben enviar por DEOX o NYPE), Ministerio Público, Ministerio Público Fiscal (fiscalías), organismos públicos nacionales y provinciales, organismos públicos dependientes del Gobierno de la Ciudad.
Para que el oficio sea recepcionado y caratulado deberá ser enviado únicamente desde una casilla de correo oficial.
¿Qué necesito?
Oficio dirigido a la Inspección General de Justicia.
¿Cómo hago?
Enviá el oficio desde una casilla de e-mail oficial.
Los oficios judiciales diligenciados desde organismos oficiales deberán ser enviados a [email protected].
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito