Presidencia de la Nación

Para personas extranjeras que obtuvieron residencia en el país como religiosos o religiosas de cultos reconocidos oficialmente, con personería jurídica expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto, que ingresen al país para desarrollar en forma exclusiva actividades propias de su culto.

¿A quién está dirigido?

A personas extranjeras que hayan obtenido una residencia transitoria para realizar tareas remuneradas o no, en el campo científico, profesional, técnico, religioso o artístico y deseen extender su permanencia.

¿Qué necesito?

  • Documentación Personal:

    • Acreditar Identidad mediante la presentación de Pasaporte válido y vigente (todas las nacionalidades), o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC) (solo para nacionales MERCOSUR).
      Excepcionalmente podrá presentarse Certificado de Nacionalidad emitido por autoridad Consular, el cual deberá poseer fotografía de su titular y encontrarse legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación.

    • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Solo exigible a mayores de 16 años).

    • Acreditación de Domicilio.

  • Requisitos para prorrogar la residencia obtenida para realizar tareas remuneradas o no.

    • Documentación probatoria que acredite la continuidad de la actividad.

¿Cómo hago?

  1. Iniciá tu trámite ingresando en el sistema RaDEX

  2. Registrate como usuario, completá el formulario de solicitud y aboná las tasas correspondientes.

  3. Adjuntá la documentación y datos requeridos según el tipo de residencia a la que quieras aplicar.

  4. Si cumplís con los requisitos para formalizar tu solicitud, recibirás un email con la fecha de tu cita presencial.

¿Cuál es el costo?

Vigencia


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