Presidencia de la Nación

Inscribite en el Registro para fabricantes de Bienes de Capital

Registrate y accedé a una reducción mensual de las contribuciones patronales y a un bono anual de crédito fiscal.

En linea

Si sos fabricante de bienes de capital, inscribite en el Registro y accedé a estos beneficios:

  • Reducción en las contribuciones patronales:

    • Si tu empresa es una PyME, podés reducir las contribuciones patronales vigentes del total de la nómina en un 90%.

    • Si es una gran empresa, podés reducir el 70% de las contribuciones de los empleados afectados a la fabricación de bienes de capital y los servicios directamente vinculados a su diseño, ingeniería, instalación y montaje.

  • Bono anual de crédito fiscal. El monto se va calcular de acuerdo a los siguientes conceptos: impuesto a las ganancias, inversiones efectuadas en Investigación y desarrollo y reintegros de exportación por productos de bienes de capital. Podés solicitarlo entre el 1° de abril y el 31 de julio de cada año si te encontrás inscripto en el Registro al 31 de diciembre del año anterior. Solicitar el bono


¿A quién está dirigido?

Personas Jurídicas fabricantes de Bienes de Capital radicadas en territorio nacional.

¿Qué necesito?

Tener CUIT y Clave Fiscal (nivel 3 o superior).

Fabricar bienes de capital comprendidos en este listado.

El establecimiento industrial debe estar radicado en el territorio nacional.

Acreditar que como mínimo el 60% de la facturación total de tu empresa durante los últimos 12 meses anteriores a tu solicitud de inscripción o, en su defecto, del promedio de los últimos 36 meses anteriores a tu solicitud de inscripción corresponde a la venta de los bienes comprendidos en este anexo, fabricados por cuenta propia en el Territorio Nacional, así como a la prestación de los servicios directamente vinculados al diseño, ingeniería, instalación y montaje de los mismos.

Si sos una micro, pequeña o mediana empresa, contar con Certificado PyME.

Si no estás inscripta como PYME, el gasto anual en sueldos y contribuciones patronales correspondiente a los empleados afectados a la fabricación de los bienes debe ser superior al 15% de la facturación total, con excepción en algunos sectores que será del 7%.

Contar con un mínimo de 5 empleados dedicados a la fabricación de bienes de capital.

Estar exento de sanciones en el REPSAL.

Encontrarse en el normal cumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.

No tener deudas gremiales.

¿Cómo hago?

1

Descargá las plantillas modelo que están en el área de descargas de esta página y completá la información requerida. Recordá guardar el archivo según las indicaciones que se encuentran en el tutorial. Tené especial atención a esto porque de eso dependerá la celeridad en la prosecución del trámite.

También vas a encontrar los modelos de Certificación Contables y del Ingeniero sugeridas desde el Registro. Sin embargo el profesional, sobre la base de su criterio, va a determinar el contenido y la redacción de las mismas. Recordá, en el caso de las Certificaciones Contables, adjuntar como anexos el detalle de las planillas certificadas firmadas por el Contador.

Mirá el tutorial para cargar la planilla de Nómina de Empleados
Mirá el tutorial para cargar la planilla de comprobantes

2

Entrá al Verificador de Datos y cargá el archivo.

3

Si la información que cargaste es correcta, el sistema te va a devolver un código validador.

4

Ingresa en TAD con tu CUIT y Clave fiscal.

5

Completá el formulario y adjuntá las planillas y documentación solicitada. Se va a generar el expediente de inscripción al Registro. Podés consultar el Tutorial que se encuentra en la sección de descargas para completar la documentación.

6

Una vez que finalice la evaluación y se firme el acto administrativo correspondiente, vas a recibir una notificación por TAD. A su vez, se va a notificar a la AFIP la inscripción de la empresa al Registro.

Para aquellas empresas que no hayan percibido beneficio en el marco del Decreto N° 379/01 en los últimos tres años y/o no se encuentren inscriptas como MiPyMEs, contarán con un proceso de verificación y control previo a la evaluación, con lo cual deberán abonar en concepto de pago de tasa el 0,1% del monto de facturación de los últimos 12 meses en relación a la venta de los bienes de capital. La misma se realizará por el sistema e-recauda.

Contacto:

4349-3505/3600
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia




Descargas

Tutorial Decreto N°209/2022 (8.1 Mb)

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Planilla de comprobantes (96.6 Kb)

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Planilla nómina de empleados (224.8 Kb)

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Planilla de gastos y contribuciones laborales (117.7 Kb)

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Modelo certificación - nómina de empleados (133.2 Kb)

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Modelo certificación - planilla de comprobantes (20.5 Kb)

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Modelo certificación - sueldos y contribuciones (28.1 Kb)

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Modelo certificación - ingeniero (19.4 Kb)

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Instructivo e-recauda (2.0 Mb)

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Preguntas frecuentes (396.9 Kb)

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