Presidencia de la Nación

Inscribirme en InTur 4

Te orientamos para que puedas inscribirte en el Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores.

Gratuito En linea producción

El Programa INTUR 4, creado bajo Resolución 220/2023 está destinado a micro y pequeños prestadores turísticos que requieran acceder a aportes no reintegrables para realizar un proyecto de inversión asociado a esta temática.

Para aquellos prestadores turísticos que no tengan empleados, se otorgará hasta $2.000.000 y la proporción del aporte será de hasta el 80% del total de la inversión. Mientras que para los que cuenten con 1 a 50 empleados, se otorgará hasta $3.000.000 y la proporción del aporte será de hasta el 70%.

Inscripción

La convocatoria para el programa InTur 4 está finalizada.

¿A quién está dirigido?

A prestadores de todas las actividades turísticas con hasta 50 empleados/as, que cuenten con un proyecto de inversión.

¿Qué necesito?

Tener un proyecto de inversión. Descargá el instructivo con toda la información que necesitas para presentarlo.

Presentar la documentación obligatoria, según seas Persona Humana o Jurídica. Descargá el instructivo con el detalle de la información que tenés que presentar.

¿Cómo hago?

1

Descargá el formulario de proyecto de inversión para prestadores sin empleados o con hasta 50 empleados y completalo con la información correspondiente.

2

Hacé clic en el botón Iniciar Trámite en TAD y seguí los pasos que te indica la web.

3

Completá la información, adjuntá el proyecto de inversión y toda la documentación del prestador/a que te solicita el trámite.

4

Cuando termines de cargar todo, generá el expediente, haciendo clic en el botón Confirmar tramite. Guardá el número de expediente que se te brinda, para referenciar el trámite.

5

El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación va a evaluar tu proyecto de inversión. El resultado de la postulación será notificado vía TAD y al correo electrónico brindado al momento de realizar la inscripción. Si tu postulación resulta seleccionada, se te realizará la transferencia a la cuenta declarada en el trámite de inscripción.

¿Cómo realizo la rendición obligatoria una vez recibido el beneficio?

Tanto el beneficio como la contrapartida declarada deben rendirse ante el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación dentro de los 90 días contados a partir de la efectiva recepción de fondos.

Deberás asistir a una capacitación virtual donde te indicarán cómo realizar la rendición obligatoria y tomar en cuenta estas consideraciones generales:

  • Se reconocerán compras realizadas desde la fecha de la acreditación de los fondos en la cuenta bancaria.
  • La Factura debe ser emitida al CUIT del beneficiario/a.
  • La rendición de fondos debe ser por el monto total del proyecto de inversión aprobado.
  • Facturas o recibos tipo B o C. En caso de presentarse Facturas tipo A, se tomará el valor neto.
  • Los comprobantes deben tener la descripción de los bienes adquiridos, que deben coincidir con los aprobados en el proyecto.
  • No se considerarán los importes correspondientes a gastos de instalación/traslados.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito




Descargas

Instructivo documentación obligatoria (893.2 Kb)

  Descargar archivo

Modelo Aval (16.1 Kb)

  Descargar archivo

Formulario Proyecto de Inversión - Prestador sin empleados (134.9 Kb)

  Descargar archivo

Formulario Proyecto de Inversión - Prestador con empleados (134.8 Kb)

  Descargar archivo

Instructivo presentación proyecto de inversión (891.5 Kb)

  Descargar archivo
Scroll hacia arriba