Requisitos para presentar el trámite de reforma de estatuto de la casa matriz (arts. 118 y 123 Ley 19.550) en la Inspección General de Justicia.
¿Qué necesito?
Formulario de "Reforma de estatutos de la casa matriz". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
Copia del acta de la matriz que resuelve la reforma, certificada notarialmente o por el Registro pertinente de la jurisdicción de origen, según corresponda.
Instrumento original emanado del Registro pertinente que dé cuenta de la inscripción de la reforma.
La copia del acta y el instrumento del Registro mencionados en los ítems anteriores deberán presentarse debidamente legalizados/apostillados, según corresponda a la jurisdicción de origen. Si los instrumentos provienen de jurisdicciones en los que no se utiliza el idioma castellano, deberán acompañarse con la pertinente traducción efectuada por Traductor Público Nacional con su firma legalizada por el Colegio de Traductores, con la correspondiente legalización del Colegio de su matrícula, acompañando copias simples y protocolares (fotocopia de margen ancho de 8 cm) de las mismas.
Si provienen de jurisdicciones de habla castellana deben ser presentados con copias simples y protocolares.
Si los instrumentos a inscribir se presentan transcriptos en Escritura Pública, la misma deberá contener además la transcripción de la legalización (en cualquiera de sus formas), con detalle del Traductor interviniente y la legalización de su firma efectuada por el Colegio de Traductores. Deberá presentarse con copias simples y protocolares.
Rogatoria del representante legal inscripto con su firma y personería certificada notarialmente.
Dictamen profesional adecuado que deberá contener:
- Denominación social.
- Actos a inscribir.
- Antecedentes registrales (1º y última inscripción).
- Representantes inscriptos y datos de su registración.
- Detalle de la documental acompañada.
- Tracto registral.
- Vigencia de la casa matriz.
- Dejar constancia, bajo responsabilidad de su firmante, de las presentaciones del régimen informativo anual correspondientes a la totalidad de los períodos, e identificar al representante inscripto indicando los datos de su inscripción.
- Firma y sello del dictaminante, certificada por el Colegio de su matrícula. Deberá presentarse acompañado con copia protocolar.
- Los dictámenes complementarios deberán acompañarse también con copia protocolar.
Comprobante de pago original de la tasa retributiva de servicios.
Declaración jurada de Beneficiario Final, con la firma de al menos uno de los representantes designados y firma y sello del profesional dictaminante. Ante la manifestación de la inexistencia de beneficiario final, deberá acreditarse documentadamente: a) que la sociedad cabeza de grupo tiene la totalidad de sus acciones admitidas a la oferta pública; o, b) que la titularidad de las acciones presenta un grado de dispersión tal entre las personas humanas en cabeza de las cuales se halla finalmente reunido el capital accionario que ninguna de ellas alcanza la titularidad del porcentaje mínimo contemplado por el inciso 6° del artículo 510 de la RG IGJ 7/2015.
Si se tratase de dos o más cambios de denominación deberán acompañarse tantos juegos de copias protocolares y formularios de reforma como cambios a inscribir.
Para las inscripciones de las reformas de las sociedades inscriptas en los términos del art. 118 de la ley 19.550, además deberá acreditarse:
Publicación extraída de la página Web del Boletín Oficial con firma y sello del profesional dictaminante.
¿Cómo hago?
Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]
¿Cuál es el costo del trámite?
Trámite común: 80 módulos