Presidencia de la Nación

Inscribir un traslado de domicilio de entidad civil desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a jurisdicción provincial en la Inspección General de Justicia

Alcanza a asociaciones civiles y fundaciones.

Presencial

A continuación se detallan los requisitos del trámite de Traslado del domicilio desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a jurisdicción provincial.

¿A quién está dirigido?

Las asociaciones civiles y las fundaciones radicadas en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que resuelven trasladar su domicilio a jurisdicción provincial.

¿Qué necesito?

Formulario de "Traslado del domicilio social/ cancelación jurídica". Para obtenerlo ingresá en Completar Formulario. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 emitido por escribano público o por abogado, en los casos en que el trámite sea cumplimentado mediante escritura pública o instrumento privado, respectivamente.

Original o copia certificada de la resolución del organismo competente en jurisdicción provincial, prestando conformidad al traslado del domicilio de la entidad.

Copia certificada del primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta, conteniendo la transcripción del acta de la asamblea de la asociación civil o de la reunión de Consejo de Administración de la Fundación en que fue resuelto el traslado del domicilio a jurisdicción provincial, y la reforma del artículo pertinente. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas en que obrare el texto transcripto.

Cumplidos dichos recaudos, la Inspección General de Justicia procederá a aprobar la reforma pertinente y cancelar la autorización para funcionar en esta jurisdicción, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones registrales para con este organismo que adeudare hasta la fecha del acto administrativo provincial que conformó el traslado de jurisdicción.
Concluidos los trámites de cambio de jurisdicción, se solicitará a la autoridad de control de la jurisdicción de origen o se remitirá a la nueva autoridad, según el caso, la documentación relacionada con la entidad que obre en poder del respectivo organismo de cuya jurisdicción la misma se haya trasladado.

¿Cómo hago?

1

Completa el formulario y la documentación necesaria y solicitá turno para Mesa de Entradas General.

2

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.

3

Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- La presentación se realiza con turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]

¿Cuál es el costo del trámite?

Asociaciones Civiles Categoría I, trámite común: 4 módulos
Asociaciones Civiles Categoría II, trámite común: 8 módulos
Asociaciones Civiles Categoría III, trámite común: 12 módulos
Fundaciones, trámite común: 8 módulos

Calculá el valor del trámite



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