Las entidades que operen en el seguro de Riesgos del Trabajo deberán remitir mensualmente a la SSN, hasta el 5° día hábil posterior al cierre del mes, un reporte con las imputaciones efectuadas al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales
¿A quién está dirigido?
A las entidades que operen en el seguro de Riesgos del Trabajo.
¿Cómo hago?
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Ingresá a TAD “Información Periódica - Art. 18 del Reglamento Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales".
Con clave fiscal. Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas. -
Completá la información periódica.
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Confirmá el trámite.
¿Cuál es el costo?
Gratuito