Presidencia de la Nación

Las entidades que operen en el seguro de Riesgos del Trabajo deberán remitir mensualmente a la SSN, hasta el 5° día hábil posterior al cierre del mes, un reporte con las imputaciones efectuadas al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales

¿A quién está dirigido?

A las entidades que operen en el seguro de Riesgos del Trabajo.

¿Qué necesito?

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD “Información Periódica - Art. 18 del Reglamento Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales".
    Con clave fiscal. Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas.

  2. Completá la información periódica.

  3. Confirmá el trámite.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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