La Resolución Senasa 1416/2024 establece las condiciones de habilitación de establecimientos destinados a la alimentación animal.
La gestión del trámite se realiza vía SigTramites, pero podés escribirnos a [email protected], detallando los modos de producción y la ubicación de tu predio, y te indicamos los referentes regionales con quienes coordinarán la visita de inspección y las verificaciones documentales. Una vez que realices y se apruebe el trámite de habilitación desde la plataforma Sigtramites, según el Manual de Uso, se remitirá un mail confirmando tu gestión con el número de autorización. El Centro Regional visitará tu establecimiento y verificará las condiciones higiénico sanitarias, conforme lo dispuesto en el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura presentado, finalizando así el proceso.
Registro obligatorio de domicilio electrónico
Para realizar este trámite necesitás declarar tu domicilio electrónico. Los usuarios externos que utilicen servicios o se encuentren inscriptos en registros del SENASA deberán constituirlo mediante el sistema SIGTrámites. Accedé a toda la información en el micrositio oficial.
¿A quién está dirigido?
A todo aquel que quiera habilitar un establecimiento elaborador de alimento para animales.
¿Qué necesito?
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Pago del arancel, código IC007
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Manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).
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Análisis de agua.
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Respaldo Municipal (inicio de tramite/provisoria/definitiva).
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La documentación será analizará por las áreas técnicas y al aprobarse, se coordinará con el Centro Regional una visita de inspección.
¿Cómo hago?
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Para dar de alta un establecimiento elaborador (o depósito) de alimentos para animales, debés comunicarte con la Regional correspondiente a ese establecimiento y/o con el mail de la Coordinación General de Piensos y Granarios: [email protected].
Tu establecimiento se autorizará cuando generes el Sigtramite 183, desde la Plataforma SigTrámites y puedan verificarse los requisitos de aprobación (trámite generado a nombre de la persona jurídica o física responsable de los cupones de pago y toda la documentación respaldatoria citada). -
Al aprobarse el trámite, te será enviado un correo electrónico confirmando tu gestión con tu número de autorización.
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El Centro Regional visitará tu establecimiento y verificará las condiciones higiénico sanitarias del mismo en relación al cumplimiento del Manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) presentado, finalizando el proceso.
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Por cualquier duda podés comunicarte con [email protected]
Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Vegetal
Coordinación General de Piensos y Granarios
Paseo Colón 367 - 5º piso Frente, C1063, CABA.
Teléfonos: (+54 - 11) 4121-5000, interno 6002
Mail: [email protected].
Para consultas orientativas sobre este trámite, podés comunicarte con el ámbito de atención y asistencia primaria del Senasa, desde: [email protected]
Información complementaria
Normativa:
Resolución Senasa 1416/2024 Aprueba la norma para la habilitación de establecimientos destinados a la alimentación animal de la República Argentina.
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. Estado de tu Expediente
Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. Encuesta de Satisfacción Senasa.