Presidencia de la Nación

Aprobación, inscripción y libre circulación de productos enológicos

Acorde la Ley General de Vinos Nº 14.878, los productos y elementos de uso enológico relacionados a la industria vitivinícola deben encontrarse aprobados por el INV.

En linea

El trámite de inscripción, control y aprobación de los mismos, le permite a los y las inscriptos/as fabricar, importar y/o distribuir productos y elementos de uso enológico y su posterior comercialización.

¿A quién está dirigido?

A toda persona física o jurídica que desea fabricar, importar, y/o distribuir productos y/o elementos de uso enológico

El trámite puede realizarlo la persona titular o su representante debidamente acreditado.

¿Qué necesito?

Estar inscripto/a ante el INV bajo las figuras de importador, fabricante y/o distribuidor.

Completá el Formulario 1401

Copia digital -escanner o foto en buena calidad y legible- de la ficha técnica del producto.

Copia digital de la ficha de composición.

Copia digital de la ficha de seguridad.

Copia digital del análisis físico-químico del producto.

Copia digital de nota de responsabilidad en la cual la empresa declara que el producto no contiene ninguna sustancia nociva que perjudique la salud humana.

Copia digital de la presentación de la muestra del producto en la dependencia más cercana del INV en el mismo envase comercial, debidamente etiquetado con el N° de expediente generado por TAD, tipo de producto, marca y razón social de la empresa.

Si el producto es importado se debe presentar copia digital de certificado de aprobación e inscripción del producto en el país origen.

Según el producto a aprobar, consulte por favor con el Departamento de Estudios Enológicos y Sensoriales del INV.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a la plataforma TAD

2

Completá el formulario de inscripción Nº 1401

3

Adjuntá la documentación complementaria.

4

Aboná el arancel correspondiente

Contacto:

Sabrina Rabel

Departamento de Estudios Enológicos y Sensoriales
Control y Aprobación de Productos Enológicos

¿Cuál es el costo del trámite?

Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP

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