Presidencia de la Nación

Transporte


Algunos productos vegetales deben utilizar obligatoriamente para su traslado el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e). En la actualidad, el uso del DTV-e es obligatorio para los siguientes productos:

  • Berries (arándano, frambuesa).
  • Cítricos (bergamota, cidra, kumquat, lima, limón, mandarina, mineola, naranja, naranja amarga, quinoto, tangelo, tangor y pomelo).
  • Frutas tropicales (carambola, chirimoya, granada, guayaba, falsa guayaba, kaki, litchi, mango, maracuyá, níspero, papaya —mamón— y pasionaria).
  • Frutales de pepita y carozo (cereza, ciruela, damasco, durazno, manzana, membrillo, nectarina —pelón— y pera).
  • Otras frutas (higo, kiwi, olivo, tuna, vid y palta —excepto var. Hass—).
  • Algunas hortalizas pesadas (ajo, batata, cebolla, papa y tubérculos indígenas).
  • Otras hortalizas (pimiento, pepino dulce, tomate de árbol —no se refiere a pepino ni a tomate común—).
  • Guinda y frutos secos (nuez, almendra, avellana, castaña, nuez de pecán), únicamente para egreso de región protegida patagónica.
  • Todo tipo de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal (plantas, plantines, injertos, yemas, estacas, barbados, tubérculos, etc., a excepción de “Semillas botánicas”).
  • Algodón (todos los productos y subproductos).

El DTV-e es un documento de tránsito vegetal electrónico que tiene valor de declaración jurada, tanto para el emisor como para el destinatario y ambos interesados lo gestionan a través del Sig-DTV.

  • Es el respaldo documental de la sanidad y la inocuidad de las cargas vegetales
  • Permite asegurar la actualización de los registros de los establecimientos de procedencia y destino de las cargas, evitar desvíos de uso de la mercadería
  • Permite indicar a los usuarios sobre las normas que regulan a los productos en función del movimiento a realizar y para fiscalizar y analizar los movimientos de los productos vegetales en todo momento.

Quien reciba la mercadería, deberá cerrar el DTV-e que la acompaña. Todo el procedimiento se realiza por autogestión ante el Senasa.

Para más información, consultá el trámite o preguntas frecuentes.

En la actualidad, el Senasa no solicita la habilitación de transportes vegetales y no existe registro alguno de transporte para el traslado de productos vegetales.


Dirección Nacional de Protección Vegetal
Dirección de Información Estratégica Fitosanitaria
Teléfono/Fax.: (+54 - 11) 4121-5000 int. 6094 / 6993
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8 a 13 y de 14 a 16.

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