Caravanas
La Coordinación de Productos Farmacológicos Veterinarios y Alimentos para Animales (CPFVyAA), dependiente de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos (DNAPVyA), inscribe a los proveedores de caravanas que hayan sido certificados previamente por el INTI y según la vigencia de esa certificación les permite o impide operar con el sistema de obtención de rangos.
Nucleando así a aquellas empresas proveedoras de caravanas, de acuerdo con lo establecido por la RS 754/2006.
En el año 2006 a través de la Resolución SAGPyA 103 se creó el sistema nacional de identificación de bovinos, reglamentada por la Resolución SENASA 754/2006.
Dicho sistema consiste en identificar a los animales con una caravana tarjeta en la oreja izquierda y una botón - botón en la oreja derecha.
La identificación de animales de abasto, ofrece garantías acerca de las condiciones sanitarias mejorando el rastreo epidemiológico ante la posible aparición de una enfermedad del ganado.
Más tarde las Resoluciones SENASA 876/2006 y 1281/2008 ampliaron la identificación a ovinos y equinos respectivamente.
El Artículo 7° de la Resolución SENASA 754/2006 establece que: Las personas físicas, o jurídicas inscriptas en el Registro de Fabricantes, Importadores e Impresores de Dispositivos de Identificación Animal, solicitarán a la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios de Senasa la autorización para imprimir las caravanas, y el procedimiento para la obtención de rangos de numeración.
A partir de ello, la Dirección de Productos Veterinarios, administra el Registro de Fabricantes, Importadores e Impresores de Dispositivos de identificación Animal.
En este sentido y con el objeto de garantizar la evaluación de los materiales que se utilicen en la fabricación de los elementos de identificación para la trazabilidad animal, la Dirección Nacional de Agroquímicos Productos Veterinarios y Alimentos firmó la Disposición 1325/2006 que establece todas las personas físicas o jurídicas que deseen registrarse en el citado registro, deberán presentar un certificado de calidad de caravanas emitido por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
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